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Guillermo Domenech y Graciela Bianchi, en el Palacio Legislativo (archivo, setiembre de 2020).

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

Organización impulsora de proyecto de tenencia compartida pidió “contrarrestar” los efectos de la ley de violencia basada en género

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Intersocial Feminista y Comité por los Derechos del Niño advirtieron sobre escenario de “desprotección” de niñas y niños ante dos proyectos en discusión.

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Leído por Abril Mederos
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La Comisión de Legislación y Constitución de la Cámara de Senadores recibió el martes a delegaciones de organizaciones sociales y especialistas para analizar los proyectos de ley del Partido Nacional (PN) y Cabildo Abierto (CA) que pretenden modificar la legislación en torno a la tenencia de los hijos. La organización Todo por Nuestros Hijos, impulsora de un anteproyecto, pidió profundizar el alcance de los proyectos para “contrarrestar” los efectos de la Ley 19.580, de violencia basada en género, a la que calificaron de “inconstitucional”, mientras que la Intersocial Feminista y el Comité por los Derechos del Niño catalogaron a las iniciativas como “regresivas” y “adultocéntricas”.

Carlos Freira, abogado de Todo por Nuestros Hijos, aseguró que el proyecto presentado por los senadores nacionalistas Carmen Asiaín, Graciela Bianchi y Sergio Abreu -actual secretario general de la Asociación Latinoamericana de Integración- fue redactado originalmente por abogados de la organización y tomado por el actual presidente Luis Lacalle Pou cuando se desempeñaba como senador. El espíritu de la iniciativa, explicó, según consta en la versión taquigráfica de la sesión, es que tras la separación de los progenitores la custodia de los hijos sea compartida, y que el proceso judicial sea “breve” como sucede, ejemplificó, “en un proceso laboral”.

Para Freira, el proyecto de CA “no cambia la situación actual” porque, en su opinión, “no establece en forma preceptiva la custodia compartida” ya que hay una “pequeña contradicción” en la redacción. Señaló que si bien el artículo 1° establece que la custodia siempre será compartida, en el 2° se indica que cuando hay oposición, “que siempre la hay –lamentablemente la mayor parte de las parejas, estén casadas o no, o vivan en concubinato, cuando se separan tienen algún tipo de conflicto que termina perjudicando a los menores–”, la tenencia la resolverá el juez de Familia. “Si la tenencia la va a resolver el juez de Familia, no se puede hablar de un proyecto de ley de custodia compartida obligatoria, que es nuestro norte”, apuntó.

Freira aseguró que “en los hechos” más de “90% de las custodias son monoparentales y, por lo general, siempre terminan en manos de la madre del menor”, lo cual la organización entiende como “machista” porque “no permite que las mujeres el día de hoy puedan dejar de criar a sus chicos para dedicarse a otras actividades”.

En tanto, respecto del proyecto del PN, cuestionó que se habilite la posibilidad de que durante el proceso de tenencia se presenten medidas cautelares, algo que “acaba repercutiendo en el vínculo o la relación paterno-filial”, aseveró, y resaltó que cuando se redactó el proyecto de ley original “había leyes que no habían sido promulgadas o sancionadas, como la Ley 19.580”, la cual, a su juicio, “es una ley claramente inconstitucional porque viola diferentes principios, como el de igualdad e inocencia”.

Freira afirmó que cuando se decreta una medida cautelar por una denuncia -“que los datos de la realidad dicen que son falsas”- se “termina con la desvinculación por un período prolongado de la relación paterno-filial y todos los efectos que ello después conlleva”. Por tanto, la organización “sugiere” que “se busquen medidas para contrarrestar lo que hoy en día está sucediendo”. Algunas de ellas, propuso, “pueden ser la prohibición de otorgar por esos 90 días que va a durar el proceso alguna medida cautelar o que directamente la mencionada medida no afecte tampoco a los demás familiares de la persona que ha sido denunciada”.

Escenario de desprotección

La Intersocial Feminista y el Comité por los Derechos del Niño coincidieron en una visión negativa de las iniciativas. Las organizaciones consideraron que las innovaciones en materia legal que se proponen son innecesarias porque la corresponsabilidad en la crianza ya está establecida en la legislación vigente, y que una modificación de este tipo dejaría en un escenario de desprotección a los niños, niñas y adolescentes víctimas de maltrato o violencia sexual por parte de sus progenitores.

Según datos que aportó el Comité por los Derechos del Niño con base en estudios de prevalencia, alrededor de 380.000 niños, niñas y adolescentes en Uruguay “estarían expuestos a violencias en entornos familiares”. A su vez, la delegación recordó que el último informe del Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia identificó a “4.991 niños, niñas y adolescentes que viven situaciones de violencia, la mayoría en entornos familiares por parte de alguno de sus progenitores, padre o madre”. En ese sentido, Gastón Cortés, integrante del Comité, señaló que “las modificaciones previstas en ambos proyectos de ley limitan el derecho a ser protegido de toda forma de violencia”.

Por su parte, Valeria Caggiano, de la Intersocial Feminista, criticó la “forma malintencionada” en que los proyectos hacen uso del concepto de corresponsabilidad en los cuidados, un tema que “preocupa profundamente” en el movimiento feminista, señaló. Caggiano manifestó que para la organización estas iniciativas no “aportan” en esa medida, “ya que no sería una cuestión de legislación lo que estaría pendiente para que se cumpliera, sino una reforma y una manera de establecer algunos mecanismos de protección a las personas”. Asimismo, sostuvo que “el centro tiene que ser la solución del conflicto y no la celeridad con la que se da respuesta”, como se está proponiendo.

“Desde nuestro punto de vista, estos proyectos de ley van a desproteger a los niños, niñas y adolescentes que sufren violencia doméstica, dejándolos desamparados y, en algunas situaciones, en manos del maltratador o abusador sexual en caso de que coincida con que es el padre biológico”, afirmó Soledad González, también integrante de la Intersocial Feminista. González consideró “muy importante” preservar “el bien superior del niño, aun en casos en que no hay una sentencia firme penal contra el agresor, pero sí hay información suficiente, fehaciente y brindada por profesionales de la materia que constatan los delitos a los que fueron sometidos”. González explicó que las medidas cautelares son una forma de brindar protección a las víctimas ante el agresor.

Por otra parte, la Intersocial Feminista consideró que implementar la tenencia compartida “impuesta, obligatoria, en base a una ley general que olvida atender el caso particular y el estudiar caso a caso”, puede abrir “la puerta a esos padres que no tienen intenciones de cumplir con el pago de la pensión alimenticia”, dado que “la tenencia compartida evita el tener que proporcionar una pensión alimenticia porque, en teoría, ese padre o madre va a estar 50% del tiempo con ese niño”. En ese sentido, González preguntó: “¿Quién va a obligar a ese padre que no paga la pensión a que de verdad esté ese 50% del tiempo con ese niño? ¿Qué garantía hay?”.

Al respecto, Cortés explicó que la bibliografía internacional con respecto a las situaciones de violencia que viven niños, niñas y adolescentes plantea que “crecer y desarrollarse en un ambiente violento genera condiciones de dificultad para el desarrollo emocional, psíquico y educativo”, por lo que “crear una condición que permita que en ámbitos donde se estima que hay una situación de violencia el niño permanezca vinculado al agresor o la agresora, –según quién sea la parte– compromete realmente las posibilidades de desarrollo de esos niños, que no son pocos”.

Asimismo, señaló que otra cuestión que surge de los proyectos y preocupa al comité “es la limitación o la vulneración del derecho a ser oído”, en la medida en que el proyecto nacionalista “plantea que el derecho a ser oído en una instancia judicial de alguna manera se va a limitar en la medida en que sea su manifestación de voluntad reflexiva y autónoma”.

El interés superior del niño

El juez Eduardo Cavalli, del Tribunal de Apelaciones en materia familiar, destacó elementos positivos en ambos proyectos y también planteó algunas preocupaciones. El magistrado coincidió con la organización promotora del proyecto blanco en que la ley de violencia basada en género “ha colocado a la mujer en una situación de consideración preferencial en las resoluciones judiciales” y afirmó que “hoy se adoptan decisiones que tienen que ver con la tenencia o con las visitas a partir de llamadas telefónicas”, lo que lleva a que “por ejemplo, a partir de una llamada telefónica, sin una instrucción mínima, se procede al desalojo del varón de la casa”, aseguró.

Cavalli sostuvo que “obviamente todo niño que está presenciando una agresión física o psicológica hacia su madre debe ser considerado una víctima”, pero consideró que hay decisiones que “se toman con carencias probatorias, a partir de simples denuncias”. “Me parece que es una grave violación a los derechos humanos de cualquier niño, niña o adolescente que se prohíba el contacto con uno de los progenitores simplemente a partir de una llamada telefónica a través de la cual el tribunal toma conocimiento de la situación”, reflexionó.

Por otra parte, pidió a los legisladores “tomar en consideración como primer asunto” que “toda decisión sobre tenencia y visitas” debe ser “fruto de la consideración de los niños, niñas y adolescentes afectados, considerando que su interés es superior”. “Los padres, cualquiera sea su sexo, tienen idénticas responsabilidades y deberes en la crianza de los hijos”, añadió, y “saludó” que en los proyectos “se haga hincapié en esto y que comience la transformación cultural que necesita el país en cuanto a que mujeres y varones nos debemos involucrar, en pie de igualdad, en la responsabilidad y en los deberes vinculados a la crianza de los hijos”.

Cavalli también destacó que se empiece “a regular la abogacía de los niños, niñas y adolescentes” y aseguró que “hoy por hoy el sistema sigue siendo precario”, pero manifestó su preocupación por la fijación de plazos máximos de duración de cada juicio. “A veces, el hecho de querer poner un plazo máximo termina haciendo que, si bien la sentencia podrá dictarse, sí, en ese plazo de 90 días, la calidad de ese juicio no sea ni remotamente la que pueda obtenerse con plazos más largos, incluso perjudicando a la parte que quiera comprobar determinada cosa porque, quizás, no den los tiempos para la prueba”, explicó.

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