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Trabajadores rurales en el departamento de Artigas (archivo, setiembre de 2006).

Foto: Sandro Pereyra

Ley de reforma jubilatoria no explicita qué trabajos habilitan a jubilarse a los 60

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La agencia reguladora creada por la norma será la encargada de evaluar qué tipos de tareas dentro de la actividad rural y de la construcción se consideran “particularmente exigentes”, así como de contemplar eventualmente nuevas actividades.

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Leído por Mathías Buela.
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Aunque el punto más discutido de la reforma de seguridad social que aprobó la Cámara de Senadores el jueves pasado es el aumento de la edad jubilatoria a 65 años, la iniciativa también contempla casos que quedarían exentos del aumento. El artículo 37 de la reforma contempla una “causal jubilatoria anticipada por desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes” para personas con “un mínimo de 60 años de edad y 30 años de servicios computables”.

El artículo también plantea que “para configurar causal anticipada por el desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes se requerirá que al menos 20 años computables correspondan a servicios cumplidos en los puestos de trabajo amparados y que en los últimos diez años computables cuente con al menos cinco años en la industria o el sector de actividad del que se trate”.

Como ejemplo de puestos de trabajo “con alto grado de esfuerzo físico”, el artículo hace referencia a “la industria de la construcción” y “la actividad rural”. También contempla que “otros sectores”, que cumplan con determinados requisitos y que tengan “condiciones de trabajo y medio ambiente de trabajo particularmente exigentes”, podrán solicitar la inclusión de puestos de trabajo dentro de la causal jubilatoria anticipada. Para eso, el Poder Ejecutivo “requerirá los informes técnicos pertinentes a la Agencia Reguladora de la Seguridad Social”.

Pese a que el artículo menciona específicamente a “la industria de la construcción” y “la actividad rural”, no significa que todos los trabajos vinculados a ese sector “estén exceptuados”, explicó a la diaria Juan Martín Rodríguez, diputado del Partido Nacional. Como ejemplo, planteó que en una empresa constructora, el trabajo de un albañil “calza dentro de la excepción que resalta el artículo”, pero no es así en el caso de “un contador, abogado, el telefonista o cadete de la empresa”.

Según el diputado, como la construcción y la actividad rural son mencionados en el artículo, la agencia “va a tener que sentarse desde el día uno a analizar tarea por tarea, si calza o no calza”. Por otro lado, Gustavo Olmos, diputado del Frente Amplio, señaló a la diaria que desde su fuerza política consideran que hay otros sectores que deberían estar incluidos en el artículo, “por ejemplo, las trabajadoras domésticas, los trabajadores de la industria frigorífica, que trabajan con temperaturas bajo cero, o los trabajadores del transporte. Pero eso no fue acompañado por el gobierno”. Agregó que se presentó en el Senado un sustitutivo del artículo que los incluía, “pero no fue votado”.

En el caso de estos sectores que no fueron mencionados y consideren que cumplen con las condiciones para entrar dentro de la excepción, el artículo contempla que pueden solicitar al Poder Ejecutivo que se los incluya dentro de la excepción. Ante ese escenario, el Poder Ejecutivo requerirá el análisis de la agencia, que “deberá evaluar si las tareas que realizan se ajustan a los parámetros que oportunamente se han establecido en la ley”, explicó Rodríguez.

En ese sentido, Olmos puso como ejemplo a las trabajadoras domésticas, que “podrían presentarse al Ejecutivo y decir “nosotros tenemos un trabajo que es particularmente exigente y por lo tanto solicitamos ser incluidos en la causal jubilatoria anticipada”. De acuerdo al artículo, la agencia tiene un año de plazo para expedirse y puede pedir una prórroga de seis meses “por razones fundadas”.

Además, el texto plantea que “la causal anticipada por el desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes no será compatible con el cómputo de servicios bonificados”. Sobre esto, Rodríguez explicó que “si hay una tarea que hoy está bonificada 3x2, 4x3 o 7x5 años de cómputo de trabajo, esos sectores no pueden acogerse a la excepción”.

En cuanto a la “caracterización” de los puestos de trabajo que serán evaluados para entrar dentro de la excepción, el artículo 38 dice que “se ponderará especialmente el contexto tecnológico en que se hubiere desempeñado la tarea en el pasado y al observado en el momento de practicar el peritaje, sin perjuicio de las consideraciones de siniestralidad y penosidad observada, así como su incidencia específica en la morbilidad y esperanza de vida saludable de las personas comprendidas”.

“No se tomó en cuenta las reales necesidades de los trabajadores”

Julio Méndez, integrante de la Unión Nacional de Asalariados, Trabajadores Rurales y Afines (Unatra) señaló a la diaria que aunque se dijo que la reforma jubilatoria no iba a afectar a los trabajadores rurales, “no queda claro” qué trabajadores entrarían dentro de la excepción. En ese sentido, apuntó que a medida que pasan los años, los trabajadores del sector “no pueden trabajar por los problemas en la columna”. “Se está produciendo un desgaste, no va a haber mucha juventud que se dedique al trabajo rural, ya está pasando el día de hoy”, añadió.

Recordó que hace años reclaman que se baje la edad jubilatoria de los trabajadores rurales a causa de las exigencias físicas. “Esta ley no fue pensada, fue simplemente una reforma fiscal para arreglar números, pero no se tomó en cuenta las reales necesidades de los trabajadores”. Además, señaló que dicen que “la reforma de seguridad social es necesaria y por eso la gente tiene que trabajar más”, pero “en el sector rural los patrones aportan muchísimo menos que en el sector privado normal”; “en el sector común es un 17% y en el rural no llega al 7%”, indicó.

Méndez también se refirió a la situación de los trabajadores zafrales del sector, que “hoy no están accediendo a seguro de paro, dado a que el sistema productivo ha reducido los jornales” y planteó que con la reforma “va a ser muchísimo más difícil todavía”: “Nosotros defendemos la teoría de que somos trabajadores de segunda porque el acceso al seguro de paro es distinto de un trabajador rural con respecto a los otros trabajadores. Un trabajador rural tiene que tener 220 jornales, en comparación a los 150 que tiene un trabajador de industria y comercio, por ejemplo”.

Además, insistió en que en las zafras, como “la de naranja y manzana”, un trabajador no junta más de 110 y 120 jornales. “Para poder llegar a los años de jubilación ya es difícil hoy, con este nuevo sistema se va a complicar muchísimo más. Hoy el acceso al causal jubilatorio de los trabajadores no supera el 40%, va a ser muchísimo menos”, denunció.

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