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(Archivo, julio de 2025).

Foto: Rodrigo Viera Amaral

Deudores en UR podrán acceder a beneficios de créditos de la ANV y el BHU por decreto del Poder Ejecutivo

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La medida alcanza a unas 6.000 personas con deudas personales o familiares.

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El Poder Ejecutivo autorizó, por medio de un decreto, que los deudores en unidades reajustables (UR) del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) y de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) puedan acceder a los beneficios establecidos en las modificaciones de la Ley 20.237, votadas en febrero de este año. Estos beneficios son la extinción del crédito y la reducción de la tasa de interés al 0% y al 2,5%, dependiendo de la antigüedad del crédito.

El decreto, con fecha del 11 de noviembre, alcanzará a alrededor de 6.000 personas, con deuda personal o de un grupo familiar. En diálogo con la diaria, el vicepresidente de la ANV, Gustavo Machado, aclaró que “la ley ya había impactado a unas 18.000 personas que eran deudoras en UR del BHU y de la ANV, y había quedado pendiente un grupo, [porque] no se tenía información o no estaba al día con los tributos departamentales o nacionales”.

“Lo que cambia este decreto, a partir de la modificación de la propia ley, es que las personas tienen que acreditar en la ANC directamente estar al día con los tributos departamentales y nacionales de la vivienda para poder tener los beneficios de la ley”, expresó Machado.

Machado declaró que el decreto resuelve dificultades que presentaba el proyecto aprobado en febrero. “Se tomó un criterio amplio; por ejemplo, se entiende que estar al día es no tener deuda o tener un convenio por esas deudas, como una forma en que no estaba previsto y para poder hacer la gestión en la ANV”, agregó.

Las modificaciones aprobadas en febrero, y que este decreto recoge, modifican “la relación de cuánto se había pago, porque en realidad había una restricción de que se tenía que haber pago el 65% del capital prestado y ahora cambia esa relación a un 35%”, dijo Machado. A su vez, agregó, modificó que es necesario “acreditar los impuestos nacionales y departamentales”.

“El incumplimiento del deudor se produce cuando este acumula más de tres cuotas vencidas impagas a partir de la promulgación de la ley”, “o cuando omite otorgar la cancelación de la hipoteca o la escritura en cumplimiento de la promesa de compraventa en el plazo previsto”, dice el decreto.

Para poder acreditar que se está al día y saber si se está en condiciones de acceder a cualquiera de los beneficios como deudor en UR, se puede obtener esta información a partir de este jueves –y hasta junio del próximo año– agendándose al teléfono de la ANV, al 17217 o en la página web de la ANV, con una constancia emitida por la intendencia departamental correspondiente y la constancia de que se está al día con el Impuesto de Primaria, y se recibirá un asesoramiento personalizado para cada situación.

Además, desde este jueves estará disponible la nueva clasificación de cada crédito para quienes ingresen con su usuario gub.uy en la página web de la ANV. Con la aprobación del decreto se clasificarán nuevamente los créditos en UR.

Leé más sobre esto: Plan UR: Deudores aguardan reglamentación de las modificaciones que se hicieron a la ley para acceder a beneficios de créditos con la ANV y BHU

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