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Jorge Basso, ministro de Salud Pública (archivo 2015)

Foto: Nicolás Celaya

En 2018 el MSP gastó 28% de todo su presupuesto en medicamentos pedidos por vía judicial

2 minutos de lectura
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Los beneficiarios fueron unos 300 pacientes a los que no se les hace ningún seguimiento para corroborar eficacia del fármaco.

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El Ministerio de Salud Pública (MSP) gastó más de un cuarto de su presupuesto en la compra de medicamentos de alto precio para 267 pacientes, que presentaron recursos judiciales. “Lo que se gasta en judicialización hoy es 28% del total de los gastos de funcionamiento del ministerio, esto es un tema que nos preocupa”, informó ayer el ministro de esa cartera, Jorge Basso. La directora del Fondo Nacional de Recursos (FNR), Alicia Ferreira, explicó a la diaria que esa desproporción se debe a dos motivos: “Uno es que el MSP no tiene presupuesto para comprar medicamentos, porque desde que se separaron los servicios de salud, el ministerio sólo regula. Lo segundo es que los laboratorios le venden a precios altísimos; el MSP compra en promedio 50% más caro de lo que puede comprar el FNR cuando negocia”.

El número de juicios aumenta desde 2011 en forma sistemática; en lo que va de 2019 se presentaron 68 casos de amparo. El año pasado el MSP afrontó 333 solicitudes de medicamentos por medio de juicios de amparo; de ese total, 20% tuvo un fallo favorable para el MSP, pero en el 80% restante, el MSP tuvo que comprar el fármaco. En Uruguay 19% de los medicamentos de alto costo se obtienen mediante mecanismos judiciales. “El sostenido incremento de la judicialización es un tema de inequidad que preocupa”, comentó Basso, y agregó que este sistema sólo beneficia a aquellos que pueden costear el juicio y determina que sea un juez quien tome la decisión sobre un fármaco. De todas formas, el ministro destacó que “todos los medicamentos que curan son cubiertos por el FNR”, y que los que se demandan judicialmente son opciones alternativas al tratamiento cuya eficacia muchas veces no está comprobada.

A pesar del costo que significa para el Estado la compra de estos medicamentos, no se hace un seguimiento sobre su eficacia a la hora de prolongar o mejorar las condiciones de vida. Ferreira detalló que “no se hace porque hay mucha variabilidad en los medicamentos que se entregan por amparo y los casos son pocos”. Además, enfatizó que si se les hiciera seguimiento “no tendría ninguna validez científica, no serviría para nada, porque son pocos y está muy sesgado”. Cuando se hace investigación científica se siguen otros procedimientos validados que garantizan los resultados.

¿Qué pasos sigue el MSP cuando pierde?

Sandra Doldán, directora de servicios jurídicos del MSP, detalló el procedimiento al que se enfrenta la cartera cuando pierde el juicio y debe comprar medicamentos de alto costo. En el caso de que esté registrado en el país por algún laboratorio, la compra es directa y el paciente no demora más de 72 horas en obtener el medicamento. El trámite es otro si el fármaco no está registrado.

“El proceso comienza con la documentación, y queremos ser bien específicos: no es documentación arbitraria y no hace que el paciente tenga que estar peregrinando para conseguirla. Lo único que se pide, además de la fotocopia de la cédula, es la receta médica, y la pueden traer el paciente, su abogado –que es por lo general quien sigue el proceso– o cualquier otra persona. Habitualmente el paciente viene el mismo día de la sentencia o al otro día con la receta, no es una gran exigencia”, comentó la abogada.

Luego de tener la receta se sucede una serie de pasos que tardan en promedio entre siete y 12 días, y como son medicamentos que llegan desde el exterior, las 72 horas de la sentencia judicial no aplican, porque se entiende que la demora se debe a “razones de fuerza mayor”. Lo primero que se hace es tratar de ubicar la medicación en algún laboratorio del mundo y ver si tiene algún representante en Uruguay. Este paso es fundamental, porque el MSP no puede ingresar medicamentos al país; debe haber un laboratorio que se haga responsable de la calidad y de la trazabilidad del producto. La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado tiene que incluir el medicamento en su catálogo para que el MSP esté autorizado a comprarlo de forma directa. Cuando se hace la compra, el MSP entiende que cumplió con la sentencia.

El laboratorio es el responsable de coordinar la entrega del medicamento al prestador de salud, y luego es este el que debe avisar al paciente que ya está disponible. Si esto no sucede, no estaría dentro de las competencias del MSP saberlo, aclaró Doldán.

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