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Archivo, junio de 2025.

Foto: Gianni Schiaffarino

MSP respaldó al presidente de ASSE: informe jurídico estableció que puede continuar con su trabajo en otros prestadores de salud

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La cartera concluyó que lo incompatible sería que Álvaro Danza asumiera un cargo que dependiera directa o indirectamente de ASSE, algo que no abarca la atención de pacientes en otros centros asistenciales.

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Leído por Patricia Lima
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Tras el informe periodístico de Así nos va que este lunes reveló que Álvaro Danza, el presidente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), atiende por lo menos durante cinco horas semanales a pacientes en policlínicas de la Asociación Española y de Médica Uruguaya, el Ministerio de Salud Pública (MSP) difundió un informe de sus Servicios Jurídicos que establece que el jerarca puede seguir desempeñando esas tareas, ya que “no está inmerso en ninguna de las prohibiciones o limitantes” establecidas por la Ley 18.161, que creó ASSE. El artículo 9 de esa norma establece que los miembros del directorio del organismo no pueden “ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con ASSE”.

En el informe, la periodista Patricia Madrid detalló que desde 2018 a la fecha, según el CV que le proporcionó Danza, en la Asociación Española trabaja cuatro horas semanales como consultante de medicina interna y de enfermedades autoinmunes sistémicas y 14 horas semanales dirigiendo diversas líneas de investigación; también informó que tenía un cargo de jefe del departamento de medicina, en el que trabajaba 24 horas semanales, pero, según el programa, a esas horas renunció. En Médica Uruguaya, desde el 2000 a la fecha trabaja una hora por semana como internista y también como consultante de enfermedades autoinmunes sistémicas. Además, figura como responsable de dos equipos de investigación, lo que suma diez horas semanales más en ese prestador.

Además, la periodista mencionó que el presidente de ASSE no incluyó en su currículum, publicado en la página web del organismo, referencias a su labor en el sector privado de la salud, aunque sí lo hizo en el que envió al Parlamento cuando se votó la venia. Este último no es público, ya que se reserva una vez que se vota la venia.

Este lunes, el Partido Colorado y algunos dirigentes del Partido Nacional exigieron la renuncia de Danza.

En el informe de los Servicios Jurídicos del MSP, al que accedió la diaria, se detalla que Danza realiza “labores técnicas profesionales en otros prestadores de salud”, pero “sin participar de los órganos de dirección o control de esas instituciones, limitándose a mantener esas situaciones desde antes de asumir el cargo de presidente de ASSE”.

El ministerio considera que las tareas son “absolutamente técnicas asistenciales”, en el marco de su experticia, capacidad y conocimiento, “que en nada tiene relación con su labor en ASSE”. Para el MSP, Danza “puede seguir desempeñando, conjuntamente con la presidencia de ASSE, la labor asistencial en los prestadores de salud que desempeñaba con anterioridad a su designación”.

La ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, respaldó a Danza y aclaró, en diálogo con El Observador, que el jerarca se desempeña dos martes al mes en la Asociación Española, dos miércoles al mes en Médica Uruguaya y un sábado al mes en Mercedes. En la Asociación Española y en Mercedes trabaja como médico consultante, en “libre ejercicio”, según la ministra, mientras que el de Médica Uruguaya “es el único trabajo dependiente que tiene”.

Según la ministra, Danza dedica “horas y horas” a su labor en ASSE, mientras que sus otras tareas requieren un tiempo “reducido”.

¿Qué especifican las normativas?

La Ley 18.161, en el artículo 9, establece que los miembros del directorio de ASSE “no podrán ser nombrados para cargos, ni aun honorarios, que directa o indirectamente dependan” del ente. La inhibición dura hasta un año después de haber cesado en sus funciones, “cualquiera sea el motivo del cese, y se extiende a todo otro cometido, profesional o no, aunque no tenga carácter permanente ni remunerado”. En tanto, los miembros del directorio “tampoco podrán ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con ASSE”. Estas prohibiciones e incompatibilidades no rigen para las funciones docentes desempeñadas honorariamente en institutos de enseñanza superior, añade.

Por otra parte, el artículo 200 de la Constitución dice que “los miembros de los directorios o directores generales de los entes autónomos o de los servicios descentralizados no podrán ser nombrados para cargos, ni aun honorarios, que directa o indirectamente dependan del instituto del que forman parte”. “Tampoco podrán los miembros de los directorios o directores generales de los entes autónomos o de los servicios descentralizados ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con la institución a la que pertenecen”. Estas disposiciones no incluyen roles docentes.

En diciembre de 2024, cuando se le propuso ocupar la presidencia de ASSE, Danza consultó al estudio jurídico Delpiazzo Abogados sobre dos puntos: si podía continuar cobrando remuneración como docente, a lo que el estudio respondió que sí, según un informe al que accedió la diaria. También consultó si, ejerciendo el cargo de presidente de ASSE, podía desempeñarse como “consultante de medicina interna de instituciones privadas”, a lo que el estudio jurídico respondió que la tarea del médico consultante es para los catedráticos a los que “se acude en casos de pacientes complejos que no pueden ser resueltos por los médicos que se encuentran brindándole asistencia” y, por lo tanto, “no se advierte que ni directa ni indirectamente pueda existir una relación con ASSE, ni mucho menos un conflicto de interés”.

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