Trabajo Ingresá
Trabajo

Violencia y acoso en el trabajo: Senado aprobó Convenio Internacional adoptado por la OIT

1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El Senado aprobó el martes el Convenio Internacional del Trabajo sobre la violencia y el acoso, adoptado en la 108ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que se realizó este año. El texto del convenio establece que violencia y acoso en el mundo del trabajo son “un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”, en tanto “violencia y acoso por razón de género designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual”.

El convenio se aplica a la violencia y el acoso que ocurre en el lugar de trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del trabajo, y entre otras recomendaciones establece que todo miembro “deberá adoptar una legislación y políticas que garanticen el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, incluyendo a las trabajadoras, así como a los trabajadores y otras personas pertenecientes a uno o a varios grupos vulnerables, o a grupos en situación de vulnerabilidad que están afectados de manera desproporcionada por la violencia y el acoso en el mundo del trabajo”. También expresa que los miembros deberán adoptar una legislación que exija “a los empleadores” tomar medidas apropiadas y acordes con su grado de control “para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género, en particular”.

¿Te interesa el trabajo?
Suscribite y recibí el newsletter de Trabajo en tu email.
Suscribite
¿Te interesa el trabajo?
Recibí el newsletter de Trabajo en tu email.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura