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Archivo, diciembre de 2022

Foto: Alessandro Maradei

Sector de Tiendas firmó convenio colectivo por Consejos de Salarios

3 minutos de lectura
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El acuerdo es por 30 meses, tiene alcance nacional y es retroactivo al pasado 1º de julio.

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La Coordinadora de Sindicatos de Tiendas -representada por la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (Fuecys)- y la Cámara de Importadores de Calzado y Textil (Cicaltex), bajo la representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCyS), firmaron un convenio colectivo por 30 meses el pasado miércoles, en el marco de las negociaciones por la décima ronda de los Consejos de Salarios (sugrupo Nº1 del grupo 10-“Comercio en general”).

Viviana Blanco, integrante de la Coordinadora de Sindicatos de Tiendas, explicó a la diaria que las negociaciones se iniciaron en las últimas semanas de julio pasado, y que en junio de este año venció el convenio que estaba vigente. “Estuvimos varios meses con las negociaciones trancadas. Hace dos semanas atrás se realizó una asamblea, y la decisión unánime fue de no firmar el convenio”, dado que todo se encaminaba para que el Poder Ejecutivo presentara los lineamientos que irían posteriormente a votación, que no marcaban recuperación salarial real.

En ese sentido, comentó que para lo complejidad que expusieron las negociaciones, desde la Coordinadora se destaca el resultado de las mismas. Las negociaciones en todo momento fueron con la Dirección Nacional de Trabajo (Dinatra) como intermediario, y nunca hubo instancias que fueran bipartitas.

Sin ingresar en detalles, manifestó que los trabajadores tenían la decisión de no firmar el convenio porque la propuesta de la cámara empresarial “era muy baja” respecto a las solicitudes e intereses de los sindicatos. Dijo, además, que una vez comunicada la decisión de no firmar, los empresarios pasaron a ofrecer un acuerdo por tres años, pero los trabajadores propusieron dos años y medio, lo cual fue aceptado, y a partir de allí las partes comenzaron a acercar las posiciones. Para las partes, el gobierno iba a proponer un convenio de 24 meses, al igual que muchos otros sectores.

Dentro de la categoría tiendas se incluye a las tiendas de venta de ropa, mercerías, casas de moda, peleterías, perfumerías, joyerías, relojerías, lencerías, casa de venta de artículos de cuero, zapaterías, marroquinerías, casas de venta de artículos deportivos y boutiques, entre otros comercios.

Al pasado mes de julio, y en un relevamiento efectuado por la Coordinadora de Sindicatos, unas 10 mil personas trabajaban en el sector en Montevideo, mientras que 4.000 aproximadamente lo hacían en el interior del país. De esas cifras, tanto en la capital como en los restantes departamentos, la mayoría son mujeres.

El acuerdo

El convenio entre las partes tiene como fecha de vigencia desde el 1º de julio pasado al 31 de diciembre del 2025. Dentro de ese periodo se darán cinco ajustes: 1º de julio pasado, 1º de enero y 1º de julio del 2024, 1º de enero y 1º de julio del 2025 respectivamente. Las pautas acordadas tienen carácter nacional, y abarca a todo el personal dependiente de las empresas que componen el sector Tiendas. El primer ajuste, que es retroactivo, es de 3,57% (compuesto por un 2,7% de IPC proyectado para el semestre y un 0.87% de recuperación salarial).

Para el próximo 1º de enero, el ajuste es de 4,4%, también por concepto de IPC proyectado para el semestre. En tanto, para el 1º de julio del año que viene, se incrementa en un 3,03%, integrado por un 1,3% por el IPC proyectado y un 1,73% de recuperación salarial.

Otros puntos convertidos en cláusulas que permitieron alcanzar un acuerdo, fue que la cámara empresarial permitió que los trabajadores tengan 48 horas libres y pagas al año (a dividir como el trabajador necesite) para cuidados de hijos menores a cargo e hijos de hasta 25 años en situación de enfermedad o motivos de salud que requieran internación -domiciliaria o en centro asistencial-. Dentro de esa cantidad de horas, hay ocho horas que son también para cuidados de madres o padres enfermos o internados en instituciones públicas, privadas o domicilio. Esto último es considerado un avance, ya que antes solo se permitía para hijos a cargo y que fueran menores de 18 años.

Como parte del convenio, los trabajadores aceptaron además que durante el mismo se comprometen a “no realizar planteos de naturaleza salarial alguna, ni desarrollar acciones gremiales en tal sentido, a excepción de las medidas resueltas en carácter general por la central de trabajadores (PIT-CNT) o de Fuecys.

Hay además un punto referente a salud mental, el cual expresa que “las partes acuerdan exhortar a la difusión y el estricto cumplimiento de la ley N.º 19.529 sobre salud mental y su decreto reglamentario”.

El acuerdo tiene un punto en particular, el que expresa que “las partes convienen continuar trabajando en el establecimiento de medidas destinadas a mejorar y hacer más compatibles las condiciones de vida y empleo para las trabajadores y los trabajadores”.

Por su parte, las empresas también aceptaron que se comprometen a “continuar promoviendo la equidad de genero en la relación laboral, conforme a la legislación vigente”. En tanto, en otra de las cláusulas, se estipula la protección para trabajadoras que sean vÍctimas de violencia de genero, y se aclara que las ausencias al empleo por este motivo no significará la pérdida del presentismo, por estar comprendido el tema bajo el concepto de “licencia especial”.

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