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Venta de tapabocas en el centro de Montevideo (archivo, junio de 2020).

Intendencia de Montevideo exhorta al uso de tapabocas pero no controlará que se cumpla

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Se pide a los pasajeros y trabajadores del transporte colectivo y a quienes atiendan al público que usen la mascarilla, aunque si no lo hacen, “no configuran falta alguna y por tanto no se prevén sanciones ni apercibimientos”

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Tal como lo había anunciado, el presidente Luis Lacalle Pou firmó el martes un decreto que deja sin efecto el estado de emergencia nacional sanitaria, a raíz de los primeros casos de covid-19 en marzo de 2020.

Los 14 ministros del gobierno junto con el presidente firmaron la nueva normativa en la que se explicita que el Ministerio de Salud Pública (MSP) “ha constatado la disminución sostenida del número de contagiados por el virus SARS-CoV2, en todas sus variantes y que ello, sumado al alto porcentaje de vacunación de la población uruguaya, son circunstancias que fundamentan” el levantamiento de la emergencia sanitaria.

Ahora el MSP ya no tiene potestad para imponer determinadas conductas, pero emitió un comunicado en el que hace varias recomendaciones para tratar con la enfermedad que sigue circulando en el país.

Con el decreto ya firmado, el MSP tampoco tiene autoridad sobre los gobiernos departamentales, por lo que las disposiciones sanitarias vuelven a estar a cargo de las intendencias. En el caso de la de Montevideo, encabezada por Carolina Cosse, se emitió un comunicado en el que se exhorta a la población a seguir tomando algunas medidas de precaución, pero se aclara que ya no serán obligatorias y que la Intendencia de Montevideo (IM) no estará fiscalizando su cumplimiento.

Entre esas medidas, está el uso de tapabocas. La IM “exhorta a la población a continuar utilizándolo en espacios cerrados” tales como “ómnibus, taxis y otros medios de transporte de pasajeras/os” y agrega que “esta exhortación se extiende al personal del transporte”. Asimismo, se mantiene la recomendación de ventilar las unidades.

En relación a los tapabocas, la IM también exhorta su uso en personal de comercios, supermercados y locales donde se atienda al público. El gobierno departamental deja en claro que “el no cumplimiento de estas exhortaciones no configuran falta alguna y por tanto no se prevén sanciones ni apercibimientos” y agrega que “quedarán también sin efecto las previsiones sobre las distancias de mobiliario e interpersonal”.

Las nuevas disposiciones establecen que los locales cerrados ya no tienen un límite de aforo y no tienen por qué controlar la vacunación en espacios cerrados destinados al baile o a otros espectáculos públicos.

En el caso de los locales gastronómicos, la IM “exhorta a mantener la colocación de mamparas, la sanitización permanente, el alcohol en gel a disposición del público, la distancia interpersonal y el servicio asistido para los locales con sistema de autoservicio, buffet y similares”, aunque de todas formas desde la intendencia se aclara que “estas acciones no son obligatorias ni se prevén sanciones para quienes no las realicen”.

Hasta ahora los bares, restaurantes y similares tenían las 2.00 como hora de cierre obligatoria, algo que cae con este nuevo decreto, al igual que se elimina el horario de finalización de espectáculos a la 5.00. En este sentido, la IM recuerda que cada comercio “debe ceñirse a su categoría y a su respectivo permiso”.

Finalmente, la IM informó que “algunas de las exigencias para la actividad deportiva en clubes y gimnasios, tales como la frecuencia de las clases y la distancia interpersonal, también serán eliminadas. Además se liberará el uso de duchas y vestuarios”.

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