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Edificio en obra en Pocitos (archivo, junio de 2020).

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Lacalle Pou amplió decreto de exoneraciones fiscales para proyectos de construcción

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“Se han efectuado planteos por parte del sector de la construcción sobre la necesidad de ampliar el elenco de inversiones elegibles”, se señala en el decreto.

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El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, firmó un decreto sobre exoneraciones fiscales que modifica a la baja el límite de promoción de inversiones. El Decreto 138/020 señalaba que “en la actualidad la economía uruguaya sufre el impacto del descenso de la actividad económica a nivel mundial producto de una crisis sanitaria” y que “en el contexto de la coyuntura actual se presentan dificultades para conservar el nivel de empleo existente”. Por lo tanto, “en este marco es particularmente importante dinamizar actividades intensivas en empleo y que se generen externalidades positivas hacia otros sectores de la economía”.

En el decreto se considera que “los proyectos de gran dimensión económica de construcción para la venta o arrendamiento de inmuebles con destino a oficinas o vivienda, y de urbanización cumplen con esa doble condición y tienen un impacto significativo sobre el valor agregado de la economía”.

Aquel decreto establecía la exoneración de diversos impuestos –incluyendo el IVA– relacionados a la “importación de equipos, máquinas y materiales destinados a la obra civil y de los bienes muebles destinados a las áreas de uso común”, así como de diversos montos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. Estos beneficios eran para los proyectos de “gran dimensión económica”, que se establecían como los que “tengan un valor en obra civil y bienes muebles destinados a las áreas de uso común superior a 60 millones de Unidades Indexadas (UI)”.

En el reciente decreto se señala que “se han efectuado planteos por parte del sector de la construcción sobre la necesidad de ampliar el elenco de inversiones elegibles”, por lo tanto, se baja de 60 a 20 millones de UI el valor de lo que se considera “proyectos de gran dimensión económica”.

En el decreto se agrega que, en los casos de inversiones menores a 60 millones, “el proyecto en su totalidad debe contar con al menos un 5% del área destinada al uso común”, y “en el resto de los casos debe contar con al menos un 10%”.

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