Este miércoles 12 de noviembre, de 8.00 a 19.00, se realizan las elecciones universitarias. Se trata de una instancia electoral obligatoria (con la excepción de las personas mayores de 75 años inclusive) cuyo objetivo es elegir representación de docentes, egresados, estudiantes y sus respectivos suplentes en sus órganos directivos, ya que es un organismo autónomo que se rige por un sistema de cogobierno.
En este caso, se elegirán representantes de todos los órdenes para la Asamblea General del Claustro (AGC) y la Asamblea del Claustro de cada facultad en todos los servicios e institutos asimilados. En lo que respecta al Consejo, se elegirá en todos los órdenes en la Facultad de Artes y la Facultad de Información y Comunicación, se elegirá egresados y estudiantes en la Facultad de Ciencias Sociales y se elegirá solamente estudiantes en la Facultad de Agronomía, la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, la Facultad de Ciencias, la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, la Facultad de Enfermería, la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, la Facultad de Ingeniería, la Facultad de Medicina, la Facultad de Odontología, la Facultad de Psicología, la Facultad de Química y la Facultad de Veterinaria.
La Corte Electoral informó que con este fin habrá tres hojas de votación que contendrán las listas de candidatos para integrar cada uno de los tres órganos.
En línea con lo anterior, estarán habilitados para votar todos los estudiantes, docentes y egresados que se encuentren incluidos en el padrón de habilitados que disponibilizó la Corte Electoral a través de un buscador en su página web. La búsqueda se puede hacer por cédula sin dígito verificador o por nombre y apellido.
Deberán hacerlo, a su vez, en todos los servicios que se encuentren habilitados y en el orden que le compete en cada uno de ellos. Lo anterior, en conjunto con el departamento, localidad, circuito y dirección del local donde corresponde votar en cada una de las facultades o institutos asimilados se indica en la misma herramienta digital o en la grilla de planes circuitales que publicó el ente.
Las personas con discapacidad que deban votar en un circuito que no sea accesible pueden votar en otro en carácter de observado simple. En lo que respecta al interior del país, si se está habilitado en una localidad pero físicamente en otra donde también funcionan circuitos, es posible votar también en calidad de observado simple con la salvedad de que sea dentro del departamento que le corresponde votar.
En el mismo sentido, quienes se encuentren en una localidad donde no existan circuitos pero que pertenezca al departamento donde funciona el suyo podrán votar por correspondencia, pero deberán hacerlo este 11 de noviembre en calidad de “observado por identidad” a través de una dependencia de la Administración Nacional de Correos a la que deberán concurrir con las hojas de su preferencia.
“No se admitirán votos observados por encontrarse fuera del departamento y no está permitido el llamado voto interdepartamental”, alertó la Corte Electoral.
¿Cómo voto y qué pasa si me olvidé?
Una vez en el circuito, la cédula de identidad es el único documento válido para votar y el sufragio se realizará por orden de llegada. Al finalizar el trámite, los miembros de la Comisión Receptora de Votos entregarán una constancia de voto a cada elector o, para las personas que voten por correspondencia, se habilitará su descarga en la página web de la Corte Electoral luego del escrutinio final.
Las personas no videntes o físicamente inhabilitadas pueden solicitar que otra, ya sea de su confianza como miembro de la Comisión Receptora de Votos (presidente, secretario y vocal), los acompañe al cuarto secreto.
De acuerdo con la información que divulgó la Corte, las personas habilitadas que no voten y tampoco lo justifiquen deberán pagar una multa de 9.000 pesos si pertenecen al orden docente o de egresados y no podrán rendir exámenes durante dos períodos consecutivos si pertenecen al orden estudiantil.
Sin embargo, podrán justificarlo por “padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor”. En el último punto, explicaron, también se comprende el hecho de “encontrarse fuera del departamento en el que le corresponde votar”.
Las justificaciones se realizan a través de la web de la Corte Electoral con un plazo de 60 días que va hasta el 12 de enero de 2026 inclusive o de 60 días posterior al ingreso al país si se estaba en el extranjero. Requiere, a su vez, alguna clase de prueba documental como certificado médico para los casos de enfermedad; certificado expedido por la Dirección Nacional de Migración, pasaporte o pasajes para quienes estaban fuera de Uruguay; o declaración jurada para las razones de fuerza mayor.