Educación Ingresá
Educación

(Archivo).

Foto: Mara Quintero

Tribunal de Apelaciones confirmó vulneración de libertad de expresión y sindical a docente de San José sancionada en 2022

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

De acuerdo a la sentencia, se confirmó que ANEP debe pagar a la docente por daños y perjuicios, aunque redujo el monto establecido por la Justicia en primera instancia.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El primer caso de persecución sindical denunciado en el gobierno pasado por la Federación Nacional de Profesores de Educación Secundaria (Fenapes) fue el de 15 profesores del Liceo 1 de San José que fueron sumariados y separados del cargo a pocos días del inicio de clases de 2021.

Se trató de una denuncia por proselitismo que había sido archivada en 2019 por el gobierno anterior y que la entonces directora general de Educación Secundaria, Jenifer Cherro, resolvió desarchivar a partir de un planteo que a pocos días de jubilarse le hizo Miriam Arnejo, directora del centro educativo y compañera de Cherro en un grupo que en 2013 había reclamado por la mejora en las condiciones laborales de los directores liceales.

El hecho en cuestión fueron algunas imágenes que los profesores se habían tomado dentro y fuera del liceo en contra de la iniciativa “vivir sin miedo”, que impulsada por el nacionalista Jorge Larrañaga fue plebiscitada en las elecciones nacionales de 2019. Con el sumario concluido, Secundaria sancionó sólo a seis de los 15 profesores, que fueron los que se tomaron las imágenes dentro del centro educativo, pese a que este se encontraba sin estudiantes en ese momento.

El caso fue planteado por Fenapes ante la Organización Internacional del Trabajo, que luego de analizar el caso recomendó al Estado uruguayo a establecer un equilibrio entre la neutralidad que deben mantener los docentes con su derecho a expresarse.

Con el cambio de gobierno, la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) definió revocar las sanciones, que dejaron de estar en el legajo de los docentes, ya que ello afecta el orden en el que quedan ubicados en los escalafones para elegir horas. De todas formas, en paralelo, los profesores sancionados realizaron distintas demandas por daños y perjuicios, que la Justicia falló a favor de los profesores y por las que condenó a la ANEP a pagar un monto como compensación.

En una de las demandas, el juez Alejandro Martínez de las Heras estableció en primera instancia que la ANEP debía pagar 18.000 dólares a la docente, resolución que fue apelada por el organismo. Según informó El País, el Tribunal Apelaciones Civil de 1er Turno le dio parte de la razón a la docente, aunque, en función de lo que pidió ANEP, definió que el organismo finalmente debe pagarle 10.000 dólares.

De acuerdo al fallo del tribunal, al que accedió la diaria, la ANEP reconoció su responsabilidad y únicamente apeló haber cometido daño moral contra la docente, motivo por el que solicitó que se redujera el monto a pagar. Para ello, planteó que en otras sentencias la Justicia había dispuesto el pago de cifras de entre 7.000 y 8.000 dólares, por lo que los 18.000 dólares no estaban adecuadamente fundamentados.

El tribunal de apelaciones recordó que en primera instancia el monto a pagar por daño moral se fundamentó en función de los siguientes parámetros: “edad de la actora al momento de ocurrencia de los hechos, situación funcional, antigüedad en el ejercicio de la docencia como profesora de biología, situación familiar, afectación del derecho a la libertad de expresión y ejercicio de la libertad sindical, naturaleza de las medidas cautelares, el tiempo que estuvo alejada del ejercicio de la función docente, la lesión a bienes jurídicos fundamentales como el honor, la dignidad, reputación, estabilidad laboral, inseguridad económica, estrés, humillación pública, repercusión mediática de los hechos, afectación a la vida profesional y personal, lesión a la imagen pública y la particular antijuridicidad evidenciada en la conducta de la accionada”.

Si bien el órgano entendió que en el caso de la docente es pertinente elevar el monto a pagar por daño moral en relación a otras sentencias, valoró “excesiva” la cifra establecida por De las Heras. En particular, argumentó que la ANEP no es la principal responsable por la repercusión del caso en medios de comunicación y redes sociales, más allá de declaraciones públicas que hayan hecho las entonces autoridades del ente.

Del otro lado, recordó que el informe primario del instructor del sumario que actuó para Secundaria recomendó que no se aplicaran medidas cautelares como la separación del cargo y retención de haberes, lo que fue desoído por la resolución que terminó tomando Cherro. Además, al igual que el juez, el tribunal entendió que lo actuado por ANEP “atacó bienes sensibles, como la libertad de expresión y libertad sindical”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa la educación?
Suscribite y recibí la newsletter de Educación en tu email.
Suscribite
¿Te interesa la educación?
Recibí la newsletter de Educación en tu email todos los jueves.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura