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Movilización en defensa de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el 10 de octubre de 2021.

Foto: Natalia Rovira

Uruguay, pionero en el aborto legal, es también un “caso paradigmático” de cómo la “letra chica” de la ley puede dificultar el acceso a la práctica

4 minutos de lectura
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Así lo señala un reciente informe del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro, que analiza y compara las regulaciones en 16 países de América Latina.

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En los últimos 20 años, muchos países latinoamericanos cambiaron sus regulaciones sobre el aborto, en la mayoría de los casos para despenalizarlo o legalizarlo en distintos niveles. Sin embargo, en algunos países tener aborto legal no significa que el acceso a la práctica esté libre de obstáculos: hay normativas que, a la vez que habilitan el derecho, también imponen requisitos y protocolos que representan barreras tangibles para las personas gestantes que quieren abortar. Y, pese a que Uruguay fue pionero en América Latina en legalizar el acceso al aborto voluntario en las primeras semanas de embarazo, es uno de los casos “paradigmáticos” de leyes que incluyen esta “letra chica”. Esta es una de las tantas cosas que señala Leyes y sombras. Regulación del aborto en Latinoamérica, un informe del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (Clacai) que fue presentado la semana pasada en el marco de la conferencia “Persistir en el cambio: el aborto es nuestro derecho”, que reunió a más de 400 expertas en Panamá.

El documento, que es el primero en analizar y comparar las leyes, regulaciones y fallos judiciales sobre aborto en 16 países de América Latina, asegura que si bien el acceso a este derecho en la región es “muy desigual”, un elemento en común es que “en ningún país de la región el acceso al aborto voluntario es completamente a libre demanda o está completamente exento de penalización”. En ese sentido, asegura que “si en algo se parecen todos estos ambientes jurídicos, es en que ninguno reconoce la voluntad de las personas gestantes de manera plena tal como recomiendan las directrices de la Organización Mundial de la Salud, los movimientos de mujeres y feministas, y al margen de los prejuicios de los grupos conservadores y religiosos”.

Los países que fueron analizados, además de Uruguay, son Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y República Dominicana. Además, debido a que en México los estados presentan regulaciones diferentes por ser un país federal, también se estudió la situación de Ciudad de México, Coahuila, Colima y Querétaro. En el texto se aclara que la selección se basó en la “factibilidad en el acceso a los documentos necesarios” y en “contar con una organización responsable del relevamiento”. La organización de nuestro país que estuvo involucrada fue Mujer y Salud en Uruguay (MYSU). La recolección de información se llevó adelante entre junio y diciembre de 2022.

El informe recoge los modelos regulatorios y las herramientas que existen para regular el acceso al aborto en los distintos países; analiza qué elementos son claves para una adecuada disponibilidad del aborto y qué requisitos existen en cada país para acceder a la práctica; y dedica un capítulo a los países donde la prohibición del aborto es total. De hecho, el documento destaca que en el mundo son menos de diez los países que prohíben por completo el acceso al aborto, y cuatro de ellos están en América Latina: El Salvador, Honduras, República Dominicana y Nicaragua.

Uruguay: la “letra chica” de un país pionero

El informe del Clacai aclara que los modelos regulatorios de los países latinoamericanos pueden categorizarse en tres grupos: los que penalizan todos los abortos, los que permiten algunos abortos por determinadas causales y los sistemas mixtos, que, además de admitir el aborto por causales, tienen legalizado el aborto voluntario hasta determinada edad gestacional. Uruguay es uno de los tres países de la región -junto con Argentina y Colombia- que tiene un sistema mixto, ya que el aborto es legal hasta las 12 semanas de embarazo y hasta las 14 en caso de violación.

Pero el documento destaca que, mientras Argentina y Colombia “no imponen barreras al acceso a las prácticas desde el modelo regulatorio”, en el caso de Uruguay, “aunque fue pionero en el avance hacia este modelo regulatorio basado en derechos y en el acceso a las prácticas”, a la vez “impuso restricciones que hoy son desaconsejadas”, como la limitación de 14 semanas de gestación para la causal violación.

Respecto de las herramientas para la regulación, el texto resalta que en todos los países estudiados hay condiciones en las que el aborto está penalizado y, a excepción de Perú, en todos los casos la pena es privativa de la libertad. En Uruguay, concretamente, el aborto es penalizado con una pena de tres a nueve meses de prisión cuando se realiza fuera de los plazos legales, según establece el artículo 325 del Código Penal.

Sin embargo, el informe menciona que hay otros elementos regulatorios que favorecen o dificultan el acceso al aborto, como una regulación penal únicamente, un fallo judicial, regulaciones administrativas, normas administrativas que favorecen el acceso a los abortos legales, normas administrativas que imponen restricciones al acceso a los servicios, o una ley nacional o local sobre el aborto electivo. Este último es el caso de Uruguay, que promulgó la ley en 2012 y se convirtió así en el primer país latinoamericano en tener una legislación al respecto.

El informe asegura que “se trató, junto con la de Ciudad de México, de una ley pionera, que abrió paso a la discusión sobre el aborto a demanda en Latinoamérica”. Pero, al mismo tiempo, “también estableció restricciones al acceso que hoy en día resultan desaconsejadas, tanto por la evidencia sanitaria como por los organismos de derechos humanos”. Una de esas restricciones es que la ley reconoce el derecho al aborto sólo a ciudadanas uruguayas y personas que puedan acreditar más de un año de residencia en el país. Otros obstáculos son las consultas obligatorias con un equipo multidisciplinario, el período de cinco días de reflexión para el acceso al aborto voluntario y la restricción del “aborto autogestionado”. El estudio afirma que otro de los requisitos normativos “altamente restrictivos” es tener que presentar la denuncia en caso de solicitar un aborto por violación.

Así, dice el texto, “el caso de Uruguay muestra que la existencia de una ley no implica necesariamente una superación del desafío, puesto que esta sólo tiene un impacto material en el mundo a partir de que otras herramientas regulatorias entran en juego para implementarla”.

La mayoría de estos obstáculos, junto con otros, han sido señalados en los últimos años por organizaciones sociales -como MYSU- y especialistas en la temática, que aseguran que, 11 años después de la aprobación de la ley, y en un contexto en el que la legalización del aborto avanza en América Latina con legislaciones más amplias y menos restrictivas, la normativa uruguaya quedó vetusta.

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