Justicia Ingresá
Justicia

El Gucci luego de un recital en el Teatro de Verano (archivo, noviembre de 2015).

Foto: Mauricio Kühne

Tribunal de Apelaciones falló a favor de Martínez, Di Candia y Goyeneche ante demanda de El Gucci

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

El cantante, que demandó por 330.000 dólares a los dirigentes frenteamplistas, no podrá volver a apelar la sentencia.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Este audio es una característica exclusiva de la suscripción digital.
Escuchá este artículo

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Leído por Mathías Buela.
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El Tribunal de Apelaciones Civil de 2º turno emitió una sentencia definitiva favorable a los exintendentes de Montevideo Daniel Martínez y Christian Di Candia y la directora de Relaciones Internacionales y Cooperación de la comuna, Fabiana Goyeneche, ante la demanda de Gustavo Serafini, conocido como El Gucci. Según indica la sentencia a la que accedió la diaria, ante la apelación del cantante, el tribunal, por unanimidad, confirmó lo dictado el 30 de noviembre de 2021 por la jueza de primera instancia en lo Civil de 4º turno, Ana María Bello.

La historia se remonta al año 2019, cuando en medio de la campaña electoral rumbo a las elecciones nacionales -en las que Martínez fue candidato a presidente-, El Gucci fue invitado a participar en la lista de la Agrupación Baluarte Progresista, del Frente Amplio (FA). Pocos días después, a sugerencia de Martínez, la invitación quedó sin efecto ya que comenzaron a circular en redes sociales denuncias contra el cantante por acoso y violencia hacia mujeres, y tanto Di Candia como Goyeneche se pronunciaron en contra de la inclusión del cantante en una lista de la coalición de izquierda para ser candidato a senador o diputado.

El denunciante señaló que aquellas expresiones lo expusieron “al escarnio público” y que “su imagen” se vio desprestigiada, lo que se vio traducido en “pérdida de trabajos”. Por este motivo reclamó “indemnización por daño moral” por 70.000 dólares a Martínez, 60.000 a Goyeneche y 50.000 a Di Candia. También reclamó 150.000 dólares por “lucro cesante por descenso en número de espectáculos, contrataciones, etcétera”.

El tribunal entendió que “es cierto” que la decisión de pedirle que no integrara la lista “puede dañar el honor” del cantante, pero esto está “dentro de las reglas de juego de la política” y “no fue una decisión abusiva ni excediendo el derecho que tenía Martínez en su calidad de presidenciable”.

En cuanto a Di Candia y Goyeneche, el tribunal consideró que “ninguno de los demandados afirmó” que El Gucci “hubiese cometido los hechos denunciados en las redes sociales, ni emitieron juicios de valor”, sino que “simplemente, en uso de un derecho que les correspondía, en un proceder que hasta impresiona como razonable, ejercieron su derecho a la libertad de expresión y opinión, sin que se constate ejercicio abusivo de tales derechos”.

En definitiva, el tribunal consideró que “existieron circunstancias, acontecimientos, que llevaron al ingeniero Martínez y sus colaboradores a replantearse la oferta” de incluir al cantante en una lista del FA, y “a los otros codemandados a considerar inconveniente la inclusión del Gucci” en filas de la coalición de izquierda, “todo lo cual ingresa dentro del derecho” de ellos. Además, consideró que esto era parte del “riesgo asumido o que debió conocer” el denunciante al ingresar en política partidaria. Pero más allá de esa conclusión, el tribunal entendió que el denunciante “tampoco probó los supuestos daños sufridos”.

Al tratarse de una sentencia de segunda instancia que coincide con la primera, el cantante ya no tiene la opción de volver a apelar. Consultado por la diaria, Di Candia manifestó que “lo importante” de este dictamen es que “la Justicia ratifica lo que dijimos desde el inicio, que una opinión política en un régimen de libertad democrática jamás puede ser judicializada buscando algún tipo de responsabilidad civil”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa la justicia?
Suscribite y recibí el newsletter de Justicia en tu email.
Suscribite
¿Te interesa la justicia?
Recibí el newsletter de Justicia en tu email.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura