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Juzgado de Juan Carlos Gomez, luego de la audiencia por la imputación del transfemicidio de Fanny Aguiar.

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Un hombre fue condenado a 24 años de cárcel por el transfemicidio de Fanny Aguiar

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Es la primera vez que una persona es condenada por el delito de transfemicidio.

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La jueza penal de 40° turno, María Laura Sunhary, condenó a 24 años de penitenciaría a la expareja de Fanny Aguiar una mujer travesti-trans de 37 años, que fue asesinada en noviembre de 2018. Sunhary decidió absolver al otro imputado, amigo de la expareja, por considerar que no había elementos de prueba para considerarlo responsable del asesinato.

La fiscalía había pedido una condena de 28 años de penitenciaría por homicidio muy especialmente agravado para la expareja de la víctima, y de 30 años para el acompañante, que tenía antecedentes penales. Los dos están en prisión preventiva desde noviembre de 2018. El hombre que resultó absuelto será liberado, aunque podría volver a prisión en caso de que un tribunal de apelaciones o la Suprema Corte de Justicia revierta el fallo de primera instancia.

Aguiar fue asesinada el 15 de noviembre de 2018 cuando el ahora condenado y su acompañante llegaron en un taxi al apartamento de la víctima y la esperaron en la puerta. Cuando llegó subieron los tres y tras una discusión la víctima fue apuñalada en la espalda, cabeza, cuello y venas yugulares que le provocaron la muerte. El acompañante de la expareja intentó huir del apartamento en el mismo taxi que había llegado, pero el conductor se negó a llevarlo al ver que tenía sangre. La expareja fue detenida por la Policía saliendo del edificio con una garrafa de 13 kilos y un morral con dinero y tarjetas de débito y crédito de la víctima.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, Sunhary descartó que se tratara de un crimen de odio, que el homicidio tuviera por motivación la aversión por la identidad de género de la víctima. “La víctima fue Aguiar porque era su pareja”, señaló la jueza quien agregó que el condenado “tenía una relación basada en estereotipos heterosexuales, en los que la víctima ocupaba un lugar de proveedora y que el desenlace se produjo a partir del momento en que se negó a proveer”.

“Nos encontramos así frente a una clara cosificación y subordinación de la víctima, desde el momento en que negarle dinero al acusado le costó la vida (...) Estos elementos entiendo que nos sitúan en el marco de una pareja abusiva, solo preocupada por su bienestar personal y no incluye los elementos de solidaridad propios a una relación de pareja en un plano de igualdad”, agregó Sunhary en su sentencia.

La jueza planteó que la brutalidad con la que fue asesinada la víctima, que recibió 50 puñaladas, la violencia que se encontró en la escena del hecho y la actitud del transfemicida -que se bañó, se cambió de ropa y tomó pertenencias de la víctima- “habla a las claras del valor que le daba a la vida de Aguiar; nos habla a las claras del desprecio que en definitiva sentía por la víctima”.

“El hecho de que la mayoría de las puñaladas fueran dirigidas al rostro de la Sra. Aguiar nos habla también de una voluntad de destrucción de una identidad individual”, agregó la magistrada.

En cuanto a la absolución del acompañante del condenado, Sunhary planteó que si bien se reunieron los elementos objetivos para determinar prisión preventiva tras su imputación “una vez analizada la prueba incorporada en esta causa a mi juicio no se ha alcanzado la plena prueba por el delito que se lo acusa”.

Sunhary señaló que según lo que revelan las cámaras de seguridad, el hombre ”como máximo permaneció cinco minutos” en el apartamento de la víctima y si bien se encontró su ADN en el teclado de la puerta de entrada al edificio, no se encontró en el apartamento correspondencia alguna en el ADN que lo vinculara en ninguna de las muestras que fueron levantadas por policía científica. Tampoco se le encontró ningún elemento en los allanamientos que se realizaron en su búsqueda que lo vincularan al homicidio en cuestión”, mientras que el médico forense no pudo determinar si todas las puñaladas fueron inferidas por la misma persona.

En diálogo con la diaria el fiscal especializado en Delitos Sexuales de segundo turno, Raúl Iglesias, informó que apelará la sentencia tanto la absolución como la pena definida en la sentencia de condena para el autor.

“Voy a apelar para que se le computen cuatro años más”, señaló Iglesias en referencia al autor del transfemicidio, mientras que en el caso de la persona que fue absuelta reconoció cierta debilidad en la prueba presentada.

“La jueza en la sentencia dice que no aportamos prueba suficiente, y en parte tiene razón, sabía que iba a ser un punto discutido. Vamos a apelar porque entendemos que es culpable como coautor, que sí tuvo una participación activa, no se limitó a entrar al apartamento y sacar una naranja como dijo, si no ¿cómo se explica que estaba cortado?”, cuestionó.

“Ahora con lo que tenemos, con argumentos, doctrina, jurisprudencia, esperamos lograr que el tribunal de apelaciones entienda que él participó de alguna manera”, señaló y agregó que en caso de que el fallo de segunda instancia confirme la absolución, irá a casación.

Una sentencia histórica

La activista transfeminista Josefina González dijo a la diaria que hay “un antes y un después” de la tipificación de transfemicidio, subsumida en la figura del femicidio. “Para nosotras es importantísimo, no solo desde lo que puede generar a nivel institucional jurídico, porque marca jurisprudencia y eso genera un cambio a nivel de narrativas, sino también desde el punto de vista social y cultural”.

“Este fallo no solo simboliza a todas nuestras muertas, sino también que ejerce justicia social, va cambiando el paradigma en el que nos veníamos manejando como sociedad, que las identidades travestis son identidades periféricas, cloacales, que no han tenido voz, que no han tenido familia. Hemos sido asesinadas históricamente y nadie nos había reclamado, nadie había pedido Justicia por nosotras”, agregó.

González valoró que la denuncia la haya realizado la familia de la víctima: “El movimiento social siempre va a acompañar, pero que la familia empiece un proceso habla de que también tenemos familias. Venimos de la no voz, de no ser nadie a que el Estado y las personas operarias de lo jurídico hablen de identidad de género y citen el derecho internacional”.

En esa línea, destacó la actitud de la jueza Sunhary durante el juicio y dijo que su forma de expresarse en la audiencia “habla de una persona que se interesó en estudiar, en averiguar y argumentó el porqué de las figuras y el porqué de la tipificación. Me fui con sentimientos encontrados, pero con mucha alegría de que esta jueza fue una funcionaria con mayúscula”.

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