Justicia Ingresá
Justicia

Carmelo. (archivo, enero de 2023)

Foto: Ignacio Dotti

Edila electa por el FA de Colonia fue condenada a cuatro años de cárcel por intento de homicidio

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

El Tribunal de Apelaciones coincidió con la Fiscalía en que existió premeditación.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El Tribunal de Apelaciones en lo penal de 1° turno condenó a la edila Ana María Díaz, electa por el Frente Amplio en Colonia, a cuatro años de penitenciaría al encontrarla responsable de un delito de homicidio en grado de tentativa.

El 12 de noviembre de 2021 el juez letrado de Carmelo, José Vera, dispuso su imputación por el delito de homicidio en grado de tentativa, pero, al culminar el proceso en primera instancia, el juez Marcelo Silva, finalmente, la condenó a 24 meses de prisión por un delito de lesiones graves.

Esa sentencia fue recurrida por la fiscal del caso, María Eugenia Rodríguez, quien planteó que correspondía la tipificación de homicidio en grado de tentativa y una condena a seis años de penitenciaría porque existe prueba suficiente de que la condenada tenía intención de matar a la víctima, una mujer de 27 años que es su sobrina política.

Cuando presentó el recurso, la Fiscalía planteó la relevancia del buen vínculo que tenía la agresora con la víctima. “Ese excelente relacionamiento debe ser tenido en cuenta para establecer una coherencia con el sentimiento de traición experimentado por la condenada al tomar conocimiento de una presunta relación entre su esposo y su 'sobrina' que determinó la ocurrencia de los hechos delictivos”, señaló la fiscal Rodríguez.

La Fiscalía recordó parte de las declaraciones de la condenada durante el juicio oral como forma de probar el dolo y la motivación de la agresión. “Lo que hice el 5 de noviembre fue querer ver ese dolor, esa traición que tuve que no podía creer que ella que era mi amiga, mi confidente, que sabía mis problemas [...] me sentí traicionada, burlada por la familia de ella, por ellos... Se estaban riendo de los dos en nuestra propia cara”, expresó la victimaria.

En la sentencia del tribunal, a la que accedió la diaria, los ministros destacan la premeditación del hecho, señalando el plan montado por la agresora para descubrir la infidelidad de su esposo, luego de que él le transmitiera que quería separarse, para lo que cita los hechos probados por la investigación penal.

“La imputada venía sospechando que su marido le era infiel con la expareja de su sobrino. Le dice a su esposo que tenía que trabajar en la Junta Departamental en Colonia, ello implicaría que estaría ausente por varias horas. Elabora este plan con minucia y pide colaboración a una amiga [...] pasándola a buscar a su domicilio con la intención de que [su esposo] la vería irse”, señala la sentencia.

En el documento se señala que tras constatar que estaban juntos, la agresora fue a buscar a la expareja de su sobrina y cuando entraron juntos a la casa, cometió la agresión. Luego de que el esposo de la condenada y la expareja de la víctima cargaran a la agredida en un auto para llevarla a un centro asistencial, “el cuchillo desaparece misteriosamente”.

El tribunal, integrado por Graciela Eustacchio, Sergio Torres y Alberto Reyes, sostuvo que el caso se inscribe en los agravantes previstos por el artículo 311 del Código Penal, lo que eleva la pena del delito de homicidio, pero advierte que “sin desconocer que el tema puede ser opinable”, entiende que la pena requerida por la Fiscalía “respeta los parámetros legales”, pero resulta “demasiado severa”. Por otra parte, consideró la primariedad absoluta de la condenada.

Tras los hechos por los que fue condenada, la edila presentó su renuncia al Partido Socialista y al Frente Amplio, que en ambos casos fueron aceptadas, pero decidió mantener su lugar en el legislativo departamental.

En mayo de 2022, tras cumplir seis meses de prisión preventiva, Díaz volvió a la Junta Departamental como independiente, lo que provocó que el Frente Amplio le reclamara la banca por entender que pertenece a la fuerza política.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa la justicia?
Suscribite y recibí la newsletter de Justicia en tu email.
Suscribite
¿Te interesa la justicia?
Recibí la newsletter de Justicia en tu email todos los lunes.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura