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Ricardo Perciballe, el 28 de mayo, en Fiscalía.

Foto: Ernesto Ryan

El fiscal Ricardo Perciballe pedirá la reapertura del caso de Amelia Sanjurjo

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En octubre de 1987 el fiscal militar José Sambucetti informó que no estaba probada “la participación de los militares en la denunciada desaparición, aun dando a esta por cierta”.

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Leído por Andrés Alba.
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El fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, pedirá a la Justicia la reapertura de la causa judicial sobre la desaparición de la militante del Partido Comunista Amelia Sanjurjo, ocurrida el 2 de noviembre de 1977, cuyos restos fueron identificados este martes.

La primera denuncia por su desaparición fue realizada por el integrante del Servicio de Paz y Justicia Adrián Manera el 31 de diciembre de 1985. La causa cuenta con el testimonio de Carlos Aguilera, quien vivía con Sanjurjo en Colón y fue detenido en el operativo realizado por tres militares vestidos de particular, algunos con acento brasileño, que le preguntaban por Sanjurjo, y con el testimonio de su hermana, Carmen, quien ante la Comisión Investigadora Parlamentaria sobre situación de personas desaparecidas declaró que, tras conocer que había sido detenida, concurrió con su padre a la casa donde encontró que los militares habían destrozado las cosas. “Suponemos que faltaba dinero porque mi hermana era bastante metódica e iba guardando”, comentó. Tras algunos días en que la buscaron con su padre, le informaron telefónicamente del fallecimiento, sin identificarse.

También está el testimonio de Leonor Albagli, quien también fue detenida en el operativo en la casa de Sanjurjo y trasladada al centro clandestino de detención La Tablada, dependiente del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), donde escuchó a Sanjurjo durante la tortura.

El caso fue tomado por el juez en lo penal de 4° turno, Severino Baldi, quien en junio de 1986 solicita información al Ministerio de Defensa, y luego de una contienda de competencias con la Justicia militar, finalmente el caso es remitido al Poder Ejecutivo, para cumplir con el artículo 3° de la ley de caducidad que establece que el juez debe consultar al Poder Ejecutivo si el caso está comprendido en el amparo de la ley, que determinó la caducidad de la pretensión punitiva del Estado para los crímenes de la dictadura.

El 27 de julio de 1987 el gobierno de Julio María Sanguinetti determina el amparo de la ley de caducidad para el caso y la Justicia lo archiva el 19 de agosto. El Ejecutivo también pidió un informe al Ministerio de Defensa, al cual el Servicio de Paz y Justicia se negó a brindar información, debido a que ya la habían brindado en otros ámbitos oficiales, como el Poder Judicial, el Poder Legislativo y organismos internacionales, habida cuenta del tipo de informes que venían recibiendo desde los fiscales militares, en otras causas, por lo que entendieron que los fiscales militares no les ofrecían “las mínimas garantías de imparcialidad e independencia”.

El 14 de octubre de 1987 se conocieron las conclusiones del fiscal militar José Sambucetti a partir de lo que había investigado sobre el caso Sanjurjo: “No ha sido posible establecer, con certeza, las circunstancias que rodearon la desaparición denunciada de Amelia Sanjurjo Casal, ni sus autores. Los pocos indicios reunidos, aunque apuntan en ese sentido, no permiten concluir, de ninguna manera, que haya quedado probada la participación de militares en la denunciada desaparición, aun dando a esta por cierta”.

Según supo la diaria, el escrito que presentará en los próximos días el fiscal Perciballe para solicitar la reapertura de la causa e identificar a los responsables será por el homicidio de Sanjurjo, pero la Fiscalía analiza en otras etapas del proceso la posibilidad de aplicar el homicidio en concurso formal con la desaparición forzada, dado que se cometieron ambos delitos. Hasta ahora, en la jurisprudencia uruguaya hay dos sentencias por desaparición forzada, pero ninguna que integre los delitos de homicidio y desaparición forzada, algo sobre lo que sí hay jurisprudencia a nivel internacional.

La identificación de los restos

A partir de julio, cuando se confirmó que no había suficiente material genético para determinar que los restos encontrados en junio en el Batallón 14 pertenecían a Sanjurjo, se formó una mesa de trabajo integrada por el Equipo Argentino de Antropología Forense de Argentina (EAAF), el Grupo de Investigación de Antropología Forense de Uruguay (GIAF), la Institución Nacional de Derechos Humanos y Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, que estudió diferentes estrategias para obtener el material necesario para identificar los restos.

Hasta ese momento, el laboratorio del EAAF sólo contaba con la información genética de la hermana de Sanjurjo, dado que no tenía posibilidades de ubicar los restos ni del padre ni de la madre de Sanjurjo, por lo que comenzó a buscar a familiares indirectos de la militante desaparecida.

En diciembre de 2023 la Institución Nacional de Derechos Humanos logró ubicar a seis familiares indirectos, cuatro en España e Italia y dos en Uruguay. Se enviaron a través de los consulados los materiales para tomar las muestras de sangre, que luego fueron remitidas directamente al laboratorio en Córdoba y se realizaron dos exhumaciones para extraer restos óseos que también fueron enviados.

“Fue necesario revisar archivos, hacer genealogías, conseguir partidas de nacimiento y de defunción, acudir a cementerios, abrir nichos, panteones, abrir ataúdes, abrir urnas, confirmar los contenidos, hacer análisis y recién ahí conseguir muestras para poder ser enviadas a Córdoba”, detalló este martes la coordinadora del GIAF Alicia Lusiardo en conferencia de prensa.

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