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Raúl Viñas y Carlos Roselló, previo a la audiencia del viernes 21.

Foto: Mara Quintero

Hidrógeno verde: el Estado negó acceso al anexo del contrato con HIF, aduciendo que contiene información financiera

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El juez Pablo Gandini definirá el miércoles si lo obliga a publicar la información.

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Leído por Andrés Alba.
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Este lunes finalizó la audiencia en el juicio de acceso a la información pública para acceder a la información sobre el contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y la empresa de capitales chilenos Highly Innovative Fuels Global (HIF Global) para la instalación de una planta de hidrógeno verde en Paysandú, según informaron a la diaria fuentes judiciales.

El juez en lo Contencioso Administrativo de tercer turno, Pablo Gandini, definirá el miércoles si da lugar al pedido realizado por el ambientalista y precandidato a la presidencia por el Partido Verde Animalista, Raúl Viñas, que reclama acceder al contrato firmado en febrero y su anexo o si acepta los argumentos dados por los abogados del Ministerio de Industria, Energía y Minería, que señalaron que el anexo contiene información confidencial.

Durante la audiencia de este lunes, los representantes del Estado reiteraron su disposición a exhibir el contrato, pero rechazaron la posibilidad de que un técnico del Poder Ejecutivo accediera al contenido del anexo para cerciorarse de que no existe en ese documento información de carácter ambiental, cuya publicidad está estipulada en el Acuerdo de Escazú –sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe–, que fue ratificado por el Parlamento uruguayo en julio de 2019.

En diálogo con la diaria, Viñas planteó que existe “un ocultamiento de la información” por parte del gobierno. “Dice que la información es económico-financiera, pero no permiten que nadie la vea”, señaló y opinó que el Estado “hace mal” al firmar contratos que incluyen cláusulas de confidencialidad que van en contra de tratados internacionales firmados por el país.

Viñas señaló que el Poder Ejecutivo, a través del decreto de protección y promoción de inversiones de 2008, “se autootorgó una facultad que no le da la ley, por la que puede firmar contratos de inversión”, en referencia al Decreto 477/2008, que obliga a las empresas que prevén inversiones mayores a 7.000 millones de unidades indexadas a presentar el proyecto ante la Presidencia de la República.

Una vez emitida la sentencia, las partes tienen tres días para apelar, y en ese caso la contienda será dirimida por un tribunal de apelaciones en lo civil en un plazo de cuatro días a partir de que es notificado.

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