Justicia Ingresá
Justicia

Guillermo Besozzi, la noche de las elecciones departamentales, en Mercedes (archivo, mayo de 2025).

Foto: Rodrigo Peduzzi

Justicia postergó definición sobre medidas cautelares del intendente electo Guillermo Besozzi

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

La jueza Ximena Menchaca postergó la resolución sobre el eventual levantamiento de las medidas de restricción al ingreso a dependencias del gobierno departamental.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Podrán escuchar este artículo quienes estén registrados.
Escuchá este artículo

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Leído por Andrés Alba.
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

La jueza departamental de Soriano, Ximena Menchaca, postergó la definición sobre las medidas cautelares que impiden al intendente electo Guillermo Besozzi ingresar a dependencias de la Intendencia, según informó a la diaria el abogado del intendente electo Pablo Vera.

Besozzi llegó sobre las cuatro y media de la tarde al juzgado, donde lo esperaba una veintena de militantes que se concentraron para manifestarle su apoyo.

“Fiscalía me quiere proscribir a toda costa”, expresó el intendente electo en rueda de prensa, a la salida de la audiencia, y señaló que la fiscal no argumentó adecuadamente las razones por las que se opone al levantamiento de la medida e insistió con la inhabilitación de la Corte Electoral. “El 11 voy a asumir y voy a ejercer”, expresó. El acto de asunción está previsto para realizarse en la rambla de Mercedes.

Los abogados de Besozzi, representados por Vera y Nelson Rosa, señalaron que impedir el ingreso de Besozzi a la Intendencia podría implicar un delito electoral, considerando que la ciudadanía lo votó para que ejerciera dentro de las dependencias de la Intendencia. Además, señalaron que impedir su ingreso a los edificios del gobierno departamental significaría un obstáculo en el ejercicio de sus derechos como ciudadano electo por la ciudadanía y las responsabilidades atribuidas a su cargo en los artículos 270 y 274 al 294 de la Constitución.

Otro punto señalado por la defensa del intendente fue que la medida cautelar dispuesta no es proporcional a la pretensión de preservar una investigación que ya tiene cuatro años, al tiempo que llamaron a priorizar el respeto al sistema electoral.

Besozzi fue imputado el 13 de marzo por un delito de peculado, tráfico de influencias, concusión, cohecho, omisión de denunciar delitos, abuso de funciones y cohecho calificado, en el marco de una causa iniciada en mayo de 2021, a raíz de un incendio intencional en la oficina del primer piso del teatro 28 de Febrero, donde funcionaba la sede de la Asociación de Empleados y Obreros Municipales de Soriano. Por esta causa fueron imputadas más de 20 personas vinculadas a la Intendencia por delitos de liberación de cheques sin fondos, peculado, estafa, apropiación indebida, receptación, hurto, cohecho y falsificación de documentos.

Besozzi estuvo en prisión domiciliaria total entre el 13 de marzo y el 5 de mayo y desde esa fecha se mantiene sujeto a un régimen de prisión domiciliaria nocturna entre las 0.00 y las 7.00 con entrega de pasaporte, cierre de fronteras y la prohibición de acercarse a dependencias del gobierno departamental.

Si bien la Justicia podría haber inhabilitado la ciudadanía de Besozzi en función del artículo 266.6 del Código de Proceso Penal, que prevé la suspensión de la ciudadanía cuando la formalización del proceso “se produzca en causa en la que pueda recaer pena de penitenciaría”, la jueza Menchaca mantuvo el criterio habitual de sólo notificar los casos de condena a la Corte Electoral, que es el organismo responsable de concretar la suspensión de la ciudadanía.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa la justicia?
Suscribite y recibí la newsletter de Justicia en tu email.
Suscribite
¿Te interesa la justicia?
Recibí la newsletter de Justicia en tu email todos los lunes.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura