Mundo Ingresá
Mundo

El exjefe paramilitar colombiano del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia, Carlos Mario Macaco Jiménez, participa en el Encuentro por la Verdad para la no Repetición, organizado por el gobierno en Bogotá, el 17 de agosto de 2023.

Foto: Juan Pablo Pino, AFP

La ley de “paz total” de Petro está en manos de la Corte Constitucional

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

La Procuraduría General de la Nación cuestionó la norma, uno de los principales proyectos del gobierno colombiano.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Este audio es una característica exclusiva de la suscripción digital.
Escuchá este artículo

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Leído por Mathías Buela.
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

En una audiencia pública se enfrentaron esta semana argumentos a favor y en contra de la llamada ley de “paz total” de Gustavo Petro, la 2.272, cuestionada por dirigentes opositores, la Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación. Unos y otros fueron escuchados por la Corte Constitucional, que tramita las demandas contra esta norma, que es una de las iniciativas clave del gobierno colombiano.

Para la Procuraduría General de la Nación, cuya titular es Margarita Cabello, la ley no distingue lo suficiente entre grupos de carácter político y organizaciones criminales armadas que no tienen ese carácter, y puede favorecer la impunidad de grupos delictivos. Asimismo, según Cabello, no están claras las condiciones que debe cumplir una persona para ser reconocida como vocero de paz de una organización armada, un papel que en algunos casos podría implicar su excarcelación para participar en los diálogos.

La procuradora señaló, además, que el Ministerio Público no está de acuerdo con que se otorguen beneficios a disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) después de que no se plegaron al acuerdo de paz de 2016 entre el gobierno y esa guerrilla.

A su vez, la vicefiscal general de la Nación, Martha Mancera, dijo que en el marco de la política de paz total, la Fiscalía ha “enfrentado diversos retos de interpretación jurídica” ante la solicitud de que se suspendan órdenes de captura que afectan a representantes de grupos armados. La funcionaria agregó que la Fiscalía puede suspender esas órdenes para integrantes de organizaciones con carácter político, pero que en los otros casos la decisión debería quedar en manos de la justicia ordinaria, informaron el diario colombiano El Espectador y el portal Infobae.

En nombre del gobierno, defendieron la ley el alto comisionado para la Paz, Danilo Rueda, y el ministro de Justicia, Néstor Osuna. En referencia a las disidencias de las FARC, Rueda dijo que “el hecho de que unas personas se desmovilicen y luego se rearmen no impide que el Estado intente un nuevo ciclo de paz para enfrentar un nuevo ciclo de la guerra”.

Osuna también manifestó que el gobierno se propone llevar adelante procesos con todos los grupos armados del país, con o sin naturaleza política. Reiteró que en el caso de las organizaciones con perfil político se busca una negociación, mientras que con las otras está previsto el sometimiento a la Justicia. Además, recordó que cuando en 2005 se hicieron acuerdos con los paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia, esos pactos se aplicaron a pesar de que la Corte Constitucional negó que ese grupo tuviera carácter político.

Por su parte, Rueda manifestó que la ley de paz total “no nace por un capricho político”, sino como consecuencia de los aprendizajes que dejaron otros procesos, como la desmovilización de los paramilitares en 2005 y los acuerdos con las FARC de 2016, que lograron reducir los conflictos con esos grupos armados. Argumentó también que el presidente tiene potestades para suscribir acuerdos con grupos irregulares y que “la Constitución no exige que exista el carácter político para iniciar conversaciones con vocación de paz”.

Uno de los integrantes del tribunal, Antonio José Lizarazo, manifestó sus dudas acerca de que las estructuras criminales que están iniciando diálogos con representantes del Ejecutivo sepan que “se tienen que someter a la Justicia penal ordinaria” y no tengan expectativas de “avanzar a un acuerdo de paz con tratamiento político”.

Según informó el diario El Colombiano, la Corte Constitucional tiene a su consideración ocho demandas contra la ley de paz total, en su mayoría iniciadas por la oposición. En la sesión de esta semana, los integrantes del tribunal unieron cinco de esas demandas para tratarlas en forma conjunta, y después de escuchar los argumentos de las dos partes deberán pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa el acontecer internacional?
None
Suscribite
¿Te interesa el acontecer internacional?
Recibí la newsletter Mundo en tu email todos los domingos.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura