En una audiencia pública se enfrentaron esta semana argumentos a favor y en contra de la llamada ley de “paz total” de Gustavo Petro, la 2.272, cuestionada por dirigentes opositores, la Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación. Unos y otros fueron escuchados por la Corte Constitucional, que tramita las demandas contra esta norma, que es una de las iniciativas clave del gobierno colombiano.

Para la Procuraduría General de la Nación, cuya titular es Margarita Cabello, la ley no distingue lo suficiente entre grupos de carácter político y organizaciones criminales armadas que no tienen ese carácter, y puede favorecer la impunidad de grupos delictivos. Asimismo, según Cabello, no están claras las condiciones que debe cumplir una persona para ser reconocida como vocero de paz de una organización armada, un papel que en algunos casos podría implicar su excarcelación para participar en los diálogos.

La procuradora señaló, además, que el Ministerio Público no está de acuerdo con que se otorguen beneficios a disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) después de que no se plegaron al acuerdo de paz de 2016 entre el gobierno y esa guerrilla.

A su vez, la vicefiscal general de la Nación, Martha Mancera, dijo que en el marco de la política de paz total, la Fiscalía ha “enfrentado diversos retos de interpretación jurídica” ante la solicitud de que se suspendan órdenes de captura que afectan a representantes de grupos armados. La funcionaria agregó que la Fiscalía puede suspender esas órdenes para integrantes de organizaciones con carácter político, pero que en los otros casos la decisión debería quedar en manos de la justicia ordinaria, informaron el diario colombiano El Espectador y el portal Infobae.

En nombre del gobierno, defendieron la ley el alto comisionado para la Paz, Danilo Rueda, y el ministro de Justicia, Néstor Osuna. En referencia a las disidencias de las FARC, Rueda dijo que “el hecho de que unas personas se desmovilicen y luego se rearmen no impide que el Estado intente un nuevo ciclo de paz para enfrentar un nuevo ciclo de la guerra”.

Osuna también manifestó que el gobierno se propone llevar adelante procesos con todos los grupos armados del país, con o sin naturaleza política. Reiteró que en el caso de las organizaciones con perfil político se busca una negociación, mientras que con las otras está previsto el sometimiento a la Justicia. Además, recordó que cuando en 2005 se hicieron acuerdos con los paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia, esos pactos se aplicaron a pesar de que la Corte Constitucional negó que ese grupo tuviera carácter político.

Por su parte, Rueda manifestó que la ley de paz total “no nace por un capricho político”, sino como consecuencia de los aprendizajes que dejaron otros procesos, como la desmovilización de los paramilitares en 2005 y los acuerdos con las FARC de 2016, que lograron reducir los conflictos con esos grupos armados. Argumentó también que el presidente tiene potestades para suscribir acuerdos con grupos irregulares y que “la Constitución no exige que exista el carácter político para iniciar conversaciones con vocación de paz”.

Uno de los integrantes del tribunal, Antonio José Lizarazo, manifestó sus dudas acerca de que las estructuras criminales que están iniciando diálogos con representantes del Ejecutivo sepan que “se tienen que someter a la Justicia penal ordinaria” y no tengan expectativas de “avanzar a un acuerdo de paz con tratamiento político”.

Según informó el diario El Colombiano, la Corte Constitucional tiene a su consideración ocho demandas contra la ley de paz total, en su mayoría iniciadas por la oposición. En la sesión de esta semana, los integrantes del tribunal unieron cinco de esas demandas para tratarlas en forma conjunta, y después de escuchar los argumentos de las dos partes deberán pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.