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La reforma de la Ley Orgánica Militar. El deshonor del pasado reciente

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Días atrás, el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de reforma de la Ley Orgánica Militar. La norma actual fue aprobada por decreto-ley de la dictadura, el 14.157, del 21 de febrero de 1974, con las firmas de Martín R Echegoyen, presidente del Consejo de Estado, del dictador Juan María Bordabery y de Walter Ravenna. El 30 de noviembre de 1984, al final de la etapa de oscurantismo, se sancionaba la Ley Orgánica del Ejército, 15.688, ratificada por el Consejo de Estado que presidía Hamlet Reyes y suscrita conjuntamente con el dictador Gregorio Álvarez y los ministros Justo M Alonso, Alejandro Végh Villegas y Felisberto Ginzo Gil. Todos los civiles, sin excepción, eran blancos y colorados.

Durante muchos años, el discurso político –esencialmente conservador– instaló la idea de que el quiebre institucional tuvo como protagonista a una dictadura militar. Pero, como ha señalado el investigador Jaime Yaffé, “es recién en los últimos años que la investigación académica ha comenzado a llamar la atención sobre el hecho de que esa referencia a la ‘dictadura militar’ conduce a un error muy importante en la apreciación de la naturaleza del régimen autoritario, puesto que el elenco gobernante del mismo estaba constituido no sólo por militares, sino también por un gran número de civiles que participaban en los máximos niveles de gobierno y de la administración pública. Los propios integrantes de la elite dictatorial se referían al régimen como un proceso ‘cívico-militar’”.1

La inexistente obediencia debida, justificación de la barbarie

En un pasaje de la exposición de motivos que acompañó la elevación del proyecto del Código Penal Militar al Ministerio de Defensa Nacional en 1936 se establece: “Sin perjuicio de reconocer que la obediencia es más estricta en el orden militar que en el orden civil, permite contemplar ciertas situaciones en que el delito puede tener su origen en la ignorancia del soldado. En teoría, dice Alimena [se refiere a Bernardino Alimena, jurista italiano], no puede ponerse en duda el derecho y aun el deber que tiene el soldado de desacatar una orden que implica la ejecución de un delito, pero en la práctica no se podrá negar la justificación a un soldado, el cual no estando seguro de la legitimidad de una orden, la cumple porque se siente atemorizado de las consecuencias del desacato”.2

A raíz de la muerte por torturas de Luis Carlos Batalla, obrero de la construcción y militante del Partido Demócrata Cristiano, el 25 de mayo de 1972 en el Batallón de Infantería N° 10 de Treinta y Tres, el doctor Daniel Sosa Díaz interpeló al general Enrique Magnani, quien, ante la comprobación de las torturas, debió renunciar a su cargo de ministro de Defensa Nacional. En su intervención, el diputado frenteamplista citó un pasaje del libro El arte de mandar, del capitán André Gavet: “Nunca encuentra la humanidad más ocasiones de manifestarse como en la guerra, hasta tal punto que constituye ella de uno de los elementos del honor militar. Los actos inhumanos cometidos fuera del campo mismo del combate han sido considerados siempre como deshonrosos”.

En la referida sesión, la Cámara de Representantes emitió una trascendente declaración en la que reconocía la existencia de torturas y exigía una investigación a fondo. En un pasaje indicaba: “Ante los hechos lamentables que motivaron el llamado a Sala, de los que surge la comprobación de la muerte de un ciudadano por los malos tratamientos que le fueron aplicados durante su detención, reclama una máxima celeridad de los procedimientos y el público señalamiento de los culpables y de las penas que se les apliquen”. La moción se aprobó por 40 votos en 79, con el apoyo de los 18 diputados del Frente Amplio y 22 del Partido Nacional. Votaron en contra la bancada del Partido Colorado y algunos legisladores del Partido Nacional.

“Con relación a la obediencia debida, algunos subalternos y oficiales quizás se hayan sentido obligados a cumplir al pie de la letra las órdenes de sus superiores. Pero el primer acto de la obediencia debida debió ser el respeto a la Constitución y las leyes”, comentó el general retirado Edison Arrarte, uno de los militares leales al Juramento de Fidelidad, que se opuso y denunció la tortura a que era sometido un detenido cuando, en 1972, prestaba servicio en el Batallón de Infantería Nº 7, en el departamento de Salto. Precisamente, el entonces capitán Arrarte y cientos de oficiales y personal subalterno militar pagaron con pérdida de grado, cárcel, tortura y exilio su firme posición antigolpista.

“Ley Brito”, alineada con la Doctrina de la Seguridad Nacional

En febrero de 1986 se inició en el Parlamento la discusión sobre el cometido de las Fuerzas Armadas y se planteó derogar la Doctrina de la Seguridad Nacional. Consultado el general Víctor Licandro, afirmó: “Entendemos que debe redactarse una nueva Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas. Cuando el Poder Ejecutivo presentó un proyecto al Parlamento para cambiar algunos artículos, en el mensaje que acompañaba la iniciativa marcaba con precisión: “La actual Ley Orgánica obedece a una filosofía que es diferente de los principios republicanos democráticos que han imperado siempre en nuestra nación”. Quiere decir que reconoció que esa ley no estaba encuadrada en el contexto de una filosofía democrática republicana.

Continuó Licandro: “El 2 de marzo de 1990, el ministro de Defensa Nacional, doctor Mariano Brito, se reunió con los generales, almirantes y brigadieres generales. En su discurso señaló una filosofía y un comportamiento de futuro que fue materializado por la Ley de Presupuesto y por la Rendición de Cuentas. [...] En los anexos, el gobierno que tenía como mando superior a los doctores Luis Alberto Lacalle y Mariano Brito volvió a incluir aspectos que el legislador había anulado en marzo de 1986, tales como ‘Las Fuerzas Armadas darán la seguridad exterior e interior’. Eso, filosóficamente, es para apuntalar la Doctrina de la Seguridad Nacional, cuya esencia es brindar un marco de seguridad interior que impulse la aplicación de las doctrinas económicas neoliberales”. Otra vez, varios pasos atrás y menos democracia.

Un par de consideraciones finales. El novel proyecto para reformar la Ley Orgánica Militar de la dictadura, presentado por el ministro de Defensa Nacional, Jorge Menéndez, debe constituir necesariamente un avance sustancial hacia la consolidación democrática. En una de sus exposiciones sobre el tema militar, el general retirado Juan Antonio Rodríguez expresó: “La Defensa Nacional, tal como se ha encarado en el país, por lo menos desde mediados del siglo pasado, no ha sido nacional ni antiimperialista, al haberse subordinado a la estrategia de seguridad de Estados Unidos. No ha sido popular, ni progresista, ni democrática, ni antioligárquica, en tanto el elemento militar de la defensa se ha empleado siempre como elemento de presión o, directamente, de represión contra las aspiraciones populares y como protección de los intereses de los sectores dominantes”.

No se trata de eliminar el Ejército, sino de cambiar la filosofía de la defensa.

Miguel Aguirre Bayley es escritor.


  1. Jaime Yaffé (2012), La dictadura uruguaya (1973-1985): nuevas perspectivas de investigación e interpretación historiográfica

  2. Ministerio de Defensa Nacional (1943), Código Penal Militar; p. XXXV. 

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