Una resolución del Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo de Primer Turno ordenó a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) que los carteles que invitan a votar contra la reforma constitucional conocida como “Para vivir sin miedo” sean retirados de las fachadas de los centros educativos. La decisión judicial responde a un recurso de amparo presentado por el diputado nacionalista Pablo Abdala, quien invocó el artículo 17 de la Ley de Educación, Nº 18.437 (relativo al principio de laicidad), para sustentar su reclamo.
Lo primero que habría que señalar es que lo que se está sometiendo a consulta popular es nada menos que una reforma de la Constitución; nada de política partidaria se debate en esa instancia, y, por lo tanto, no hay tampoco elementos de política partidaria cuando se la defiende o se la rechaza. Es más: debería ser obligatorio que un asunto como este fuera debatido en la institución. A fin de cuentas, lo que se busca aprobar –insisto: modificaciones en la Constitución de la República– afectará a los jóvenes de hoy mucho más que a los ya creciditos políticos que impulsan la movida.
Por otro lado, el artículo de la Ley de Educación al que hace referencia el fallo dice textualmente: “El principio de laicidad asegurará el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública, mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias”. Nada en ese texto permite inferir que se esté violando la laicidad cuando un gremio estudiantil, en cumplimiento de una resolución de asamblea, cuelga un cartel en el que se expresa la posición de los estudiantes organizados del centro. Al contrario, del artículo parece desprenderse la pertinencia de que asuntos de interés público sean debatidos, asumiendo como necesaria la confrontación de ideas. Leamos con más seriedad la ley, y no la hagamos decir cosas que no dice.
El espacio público, además, es el ámbito por excelencia de ejercicio de la ciudadanía. ¿Qué lugar más indicado, entonces, que la puerta del liceo para experimentar la interpelación como sujeto de reflexión, de discusión y de acción política? El gremio es la organización que los estudiantes se dan para tratar entre iguales los asuntos que los afectan en su vínculo con la institución educativa, pero también los que los afectan fuera de ella. Al contrario de lo que algunos parecen soñar, el centro de estudiantes no es un club de ciencias ni una peña cultural, aunque pueda incluir actividades científicas y culturales. Nadie puede sorprenderse de que los estudiantes organizados tengan preocupaciones sociales o políticas, y parece estúpido (por decir lo menos) considerar que deben mantenerse al margen de la participación política.
Es rastrera y pasmosa, entonces, la mezquindad de irle con el cuento a la Justicia, y parejamente pasmosa la actitud de la Justicia al tomar partido en una rencilla que tanto podía haberse tramitado ante el defensor del Vecino como en una interpelación a tal o cual ministro o en las Cartas de los Lectores de Búsqueda.
La resolución del juez Gabriel Ohanian, titular del Juzgado, conmina a la ANEP a retirar los carteles en 48 horas “bajo apercibimiento de astreinte”", lo que significa que la demora en el cumplimiento de la orden tendrá un costo monetario para la institución. Y este punto, mis amigos, es bien interesante, porque, ¿qué puede hacer la ANEP si los estudiantes vuelven una y otra vez a colgar los carteles? ¿Qué herramientas tiene para impedirlo? ¿Va a llevar ante la Justicia penal a los infractores? El dinero que eventualmente debería desembolsar la ANEP si no pudiera cumplir con la orden, ¿no se suma al tan preocupante costo del Estado que inquieta desde hace años al Partido Nacional?
Por último, quisiera detenerme en la siguiente apreciación del magistrado Ohanian: “Las pancartas colocadas en el frente de los centros mencionados violentan la neutralidad, constituyen una manifestación proselitista y ocupando la fachada de edificios públicos parecen expresar que esa es la posición de las autoridades educativas, es decir, se oficializa el contenido del cartel violentando la libertad de conciencia de los alumnos, profesores, trabajadores, transeúntes, del actor o cualquier individuo que válidamente pueda tener una opinión divergente, o bien, ninguna opinión”. Francamente, es insostenible que un cartel firmado por el gremio pueda ser confundido con un mensaje de las autoridades educativas, a menos que se parta de la base de que la ciudadanía está constituida por analfabetos políticos (si no por analfabetos a secas) dueños, además, de una sensibilidad tan exacerbada y voluble como para sentirse violentados por una posición que no comparten.
Todo el episodio, en suma, merece ser considerado un ejemplo redondo del absurdo político en el que estamos sumergidos, con legisladores que recurren al Poder Judicial para dar batallas políticas, con jueces que consideran a la ciudadanía incapaz de interpretar lo que dice un cartel y con instituciones que quedan embretadas entre lo que se les ordena y lo que efectivamente pueden ejecutar. Eso sí, por suerte, también con jóvenes dispuestos a mirar un poco más allá de lo que se les muestra y a llamar a la participación frente a un asunto que podría cambiarles radicalmente la vida.