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Foto: Ramiro Alonso

Van de la mano: un modelo neoliberal y un Estado autoritario para implementarlo

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El borrador del proyecto de ley de urgente consideración (LUC), dado a conocer el 20 enero por el presidente electo Luis Lacalle Pou, más allá de los cambios que pueda recibir en el Parlamento, en su integralidad, en su concepto, refleja de forma fehaciente el proyecto de gobierno del presidente electo y sus aliados.

Esquemáticamente, y dejando de lado algunas partes del proyecto, este puede clasificarse en dos grandes grupos de artículos. Por una parte, aquellos que pretenden generar un marco normativo para profundizar e implementar un modelo económico neoliberal, y por otra, aquellos que impulsarían la creación de un Estado autoritario. Van de la mano: el segundo facilita la realización del primero.

El Estado neoliberal

El artículo de la LUC más directo en este sentido liberaliza la importación de petróleo crudo y sus derivados. Es claro que quienes entrarían a competir en este mercado serían empresas multinacionales (por ejemplo, Petrobras de Brasil, o Axion de Argentina). Estas tienen un mayor poder de mercado que ANCAP, y por lo tanto deja al ente estatal en una situación de desventaja, con una estructura de costos fija creada para abastecer a todo el mercado, que lo llevaría rápidamente a una asociación con una multinacional, o directamente a su privatización.

Uno más indirecto, pero que está vinculado a los programas de la coalición de gobierno, es el artículo que posibilita que operadores privados puedan proveer datos (internet) por cable, y por tanto aparezcan importantes operadores privados en un mercado que hasta ahora lo ha provisto sólo Antel. En los hechos, este artículo permitiría a operadores que venden datos vender servicios de televisión y viceversa. Además de actores nacionales, podrían entrar a este mercado empresas multinacionales, como Movistar y Claro.

Como se puede apreciar, estas medidas dan un enorme poder a empresas multinacionales en sectores en que hoy el poder lo tienen las empresas estatales y grupos económicos nacionales.

Junto con estas medidas se da mayor poder de autonomía a las agencias reguladoras de los sectores de la energía (URSEA) y las telecomunicaciones (URSEC); una señal clara de mayor “neutralidad” a la hora de establecer normas o discernir problemas de competencia entre las empresas multinacionales y las empresas estatales o nacionales.

Además, en el proyecto de la LUC se propone conceptualmente una tendencia mercantilizadora de la educación. Llama particularmente la atención el artículo que elimina la prohibición de Uruguay de firmar tratados internacionales que consideren a la educación un bien lucrativo o de mercado. Se estaría dando vía libre para firmar acuerdos comerciales que consideren a la educación como un servicio privado, y, como tal, comercializable.

En este mismo sentido, a escala nacional, también hay artículos que introducen una mayor participación de los actores privados en los organismos de decisión, así como modificaciones en este sentido a nivel simbólico. Por ejemplo, hacen desaparecer la definición de “público” del sistema nacional de educación.

Vinculado a la concepción de los derechos que impulsa este tipo de modelo económico, se elimina de la ley de creación del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) toda referencia a la pobreza y la emergencia social, además de retroceder en derechos de las personas mayores, discapacitados y niños.

En cuanto a la inclusión financiera, deja librado a los empleadores el mecanismo de pago de sueldos; así quedan en desventaja los trabajadores más vulnerables (no cumplir el laudo, pagar en negro y no realizar aportes), además de permitir transacciones en efectivo, lo cual posibilita la evasión y el blanqueo de dinero.

Algo más específico, pero igualmente vinculado a esta concepción: una serie de artículos regulan el desalojo de viviendas de alquiler, eliminando derechos de los inquilinos y haciendo expedito el desalojo.

Estas medidas dan un enorme poder a empresas multinacionales en sectores en que hoy el poder lo tienen las empresas estatales y grupos económicos nacionales.

Por último, para cumplir con su promesa de reducir el gasto del Estado en 900 millones de dólares, desarrollan una gran cantidad de artículos que se proponen reducir el tamaño del Estado, y de su gasto. Empezando por la regla fiscal, que impondrá por un plazo de cinco años un límite al gasto en la Ley General de Presupuesto, que luego, independientemente de las condiciones del país, no se podrá cambiar.

En este sentido también van los artículos de la disminución de ingresos de funcionarios según vacantes, el estudio de racionalización del Estado, y los artículos relacionados con la reasignación de los funcionarios públicos.

En realidad, la consecuencia de los modelos neoliberales, de reducir al mínimo la intervención del Estado, implica una menor regulación, una mayor liberalización de los mercados, incluido el mercado de trabajo, donde la variable principal es el valor del trabajo, es decir, el salario. Uno de los objetivos fundamentales de los modelos neoliberales, y así se ha observado en los países vecinos donde se han aplicado, es el recorte de las políticas sociales y la disminución del salario real, y por consiguiente la concentración de los ingresos y de la riqueza.

El Estado autoritario

Para imponer un modelo que permita reducir conquistas sociales, entre otras la del aumento del salario, se necesita de un Estado autoritario.

En primer lugar, y en este mismo sentido, el proyecto de la LUC propone que “el Poder Ejecutivo podrá imponer restricciones (...)” al derecho de huelga.

En segundo lugar, y de forma más categórica, el proyecto de la LUC plantea literalmente la prohibición del derecho a manifestarse en espacios públicos, y su inmediata represión: “Declárase ilegítimos los piquetes realizados en espacios públicos o privados que afecten la libre circulación de personas, bienes o servicios (...)”; a continuación habilita el uso de la fuerza para su disolución, y por último permite la detención de sujetos que estén envueltos en estos “piquetes” y que cometan hechos “de apariencia delictiva”.

Luego de estos dos artículos, claramente restrictivos de derechos consagrados en la Constitución de la República, se propone una serie de artículos que blindan a la Policía para posibilitar el abuso de autoridad y violar derechos fundamentales, como las garantías del debido proceso y libertades individuales.

El primero de ellos es el de agravio a la autoridad: un individuo podrá ser castigado con hasta tres años de penitenciaría por el hecho de “agraviar, ofender o menospreciar” a un policía, por lo que quedará discrecionalmente en manos de la Policía reportar dichas acciones. Algo parecido surge con el artículo que define una condena de hasta tres años de penitenciaría por “resistencia al arresto”; algo que obviamente puede ocurrir, pero claramente también puede ser utilizado como mecanismos de abuso de poder de la autoridad. También en este capítulo de Seguridad se da potestades a la Policía a solicitar identificación a cualquier ciudadano; esto modifica la normativa vigente, por la cual la Policía puede solicitar la identificación en el marco de procedimientos que tienen por objeto la detención de personas requeridas por la Justicia. También, en varios artículos, se da potestades a la Policía para indagar y buscar pruebas, ampliando el plazo en que debe de comunicar dicha detención al fiscal, hasta el extremo del artículo 61, por el cual la Policía, para el esclarecimiento de un delito, “(...) podrá interrogar autónomamente al imputado a los efectos de constatar su identidad y para realizar averiguaciones, investigar, obtener pruebas y aclarar el presunto delito imputado. Atento a lo que resulte de las averiguaciones, investigación y las declaraciones del imputado, se procederá a ponerlo a disposición para que declare ante el fiscal”. Sin límite de tiempo, sin llamar a un abogado o al fiscal; ¿a través de qué mecanismo constitucional van a obtener la información?; ¿y si la persona se niega a declarar? ¿Será que están promoviendo que la Policía utilice métodos que se aplicaron en la dictadura?

Finalmente, el proyecto define la legítima defensa y la presunción de inocencia, respectivamente, tanto para los efectivos policiales como de las Fuerzas Armadas, dándoles el marco normativo necesario para que se puedan aplicar, con respaldo legal y hasta el extremo, todos los artículos anteriores con total impunidad.

Este proyecto de LUC no sólo da potestades a la Policía para que pueda haber situaciones de abuso, sino que lo respalda conceptualmente. En su artículo 151 elimina de la currícula de la formación militar y policial la obligatoriedad de estudiar derechos humanos.

El proyecto también modifica la Ley de Inteligencia, al pasar el Sistema Nacional de Inteligencia del Estado de una Coordinación a una Dirección; propone que el director del sistema pase a formar parte del Consejo de Defensa Nacional, y explicita que el presidente de la República y el ministro de Defensa definen la política estratégica de inteligencia. En pocas palabras, la propuesta vigente, que considera la política de inteligencia como aquella que articula la información estratégica de todos los ámbitos, queda supeditada fundamentalmente a la defensa, una defensa que toma papel protagónico en la defensa interior, una inteligencia que es preparada nuevamente para investigar posibles “enemigos internos”.

Este modelo autoritario también se refleja en el proyecto de la LUC al interior del Estado. En este sentido, dirige políticas específicas hacia los funcionarios públicos. Por ejemplo, en la educación da mayores atribuciones al Ministerio de Educación y Cultura y menor autonomía a los organismos de la enseñanza. A su vez, posibilita en el Codicen que las resoluciones se aprueben por tres quintos, o sea, sólo alcanza con los votos de los directores designados por el Poder Ejecutivo (con venia parlamentaria), cuando actualmente se necesitan cuatro quintos. Se eliminan los consejos colectivos de los organismos de la enseñanza y se cambian por directores generales. Es decir, se concentra el poder de decisión en toda la pirámide. Para impedir la libertad de enseñanza consagrada en la Constitución, se elimina también la libertad de cátedra.

En cuanto a los funcionarios en general, aumenta la movilidad de los del Estado central a los servicios descentralizados y viceversa. Se prevé una reestructura del Mides, en donde se podrá disminuir la jerarquía a los actuales funcionarios (léase disminuir la capacidad de decisión técnica de funcionarios que no sean afines ideológicamente al gobierno). A los efectos de un mayor control de los funcionarios, se pondrá delegados de la Oficina Nacional del Servicio Civil en todas las dependencias públicas.

Modificaciones al proyecto

Si la mirada a este proyecto se realiza por capítulos, las organizaciones vinculadas encontrarán fundadas razones para impulsar cambios a la propuesta de redacción de los artículos de la LUC que los afectan específicamente. También, una vez aprobado el proyecto de ley en el Parlamento, podrían impulsar su derogación. La perspectiva integral o conceptual permite visualizar que, si bien sería importante introducir cambios en este proyecto, en realidad todas las organizaciones sociales y políticas que tienen reparos sobre este proyecto deberían delinear una estrategia conjunta para derogar todos los artículos que afecten de manera grave las conquistas en libertades y derechos que ha logrado el Uruguay a lo largo de su historia.

Gustavo Buquet es economista y doctor en Comunicación.

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