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Ilustración: Ramiro Alonso

Política de salud penitenciaria: aportes a la política criminal

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El pasado 13 de diciembre se llevó a cabo un conversatorio en el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) denominado “Política criminal y sistema penitenciario: conversaciones para una transformación necesaria”, organizado por la Unidad Académica de Extensión e Investigaciones del Centro de Formación Penitenciaria. El evento, que contó con participación de representantes de varias disciplinas (Ciencias Sociales, Derecho, Psicología y Salud, entre otras) como también de autoridades y personal penitenciario, permitió mostrar algunas importantes aristas que inciden en la política criminal desde diferentes disciplinas. Estas líneas no pretenden ser un artículo de prensa ni un resumen de la actividad, sino destacar algunos puntos que surgieron del evento en cuanto a pensar cómo una política de salud que se enfoque en la población privada de libertad puede contribuir de manera significativa en la política criminal.

Un grupo importante de la población reconoce la seguridad como un problema genuino y también reclama que en nuestro país no hay políticas de seguridad; sin embargo, si se analiza un poco más en detalle, se puede observar una respuesta estatal de todos los poderes frente a este tema —y desde hace muchos años y períodos de gobierno—, en la que han predominado acciones más basadas en lo político que en lo técnico: endurecimiento de las penas, más policías, más cárceles y —como consecuencia— más personas privadas de libertad. Se encarcela mucho y mal, generando un importante daño social a las personas y sus familias, pero también se genera daño emocional y de salud no sólo durante el encarcelamiento: la posibilidad de padecer una enfermedad mental y cometer suicidios aumentan mucho debido al encierro e incluso sus riesgos se extienden más allá de la liberación.1 También aumentan las posibilidades de adquirir enfermedades transmisibles (tuberculosis, VIH, escabiosis, etc.), sin considerar el consumo problemático de sustancias o los riesgos de lesión o de sufrir una muerte debido a un episodio violento.

Pero el impacto de no controlar estos procesos también tienen consecuencias en la población general dado que este grupo poblacional —en su mayoría jóvenes que provienen de medios socioeconómicos desfavorables y con alta carga de enfermedad previa y conductas de riesgo—, se reintegran a la vida en comunidad una vez liberados.2 Se habla de 16 mil personas privadas de libertad pero todos los años ingresan y egresan del sistema otras 20 mil y —por consiguiente— los procesos de enfermedad no controlados en las cárceles cobran especial relevancia en el momento de la liberación, dado que las personas retornan a la comunidad oficiando como población puente desde el punto de vista epidemiológico. Estos procesos también ocurren con las personas de la comunidad que ingresan regularmente a los centros penitenciarios (funcionarios, familiares o proveedores) lo que hace necesaria una política de gestión en salud que debe también extenderse y contemplar a quienes cohabitan directa o indirectamente el hábitat penitenciario. Se utiliza la cárcel casi como la única respuesta, generando un sistema complejo y con problemas que son cada vez más estructurales. Cuando se piensa “enviamos a un delincuente a la cárcel” no estamos considerando que la evidencia muestra una importante interconexión de fenómenos que trascienden sus muros, dado que las conductas, cada vez más violentas, también egresan a la comunidad y son observables en los altos índices de reincidencia.

Un medio penitenciario que no es sano también limita e impacta en las posibilidades de ejecutar “una política de rehabilitación”: ¿es posible llevar adelante planes de tratamiento a personas con daño social, emocional o de salud en proceso y en un ambiente que tampoco es saludable no solo para ellos sino también para los funcionarios que tienen que llevarlos adelante?

Otro aspecto a mencionar son los niños afectados por estos procesos, no solamente cuando los sujetos de cuidado están privados de libertad y no tienen contacto con ellos, quedando la crianza en otros individuos o instituciones, sino además los que hoy están siendo gestados o transcurren sus infancias en privación de libertad con sus madres, de mujeres que en su mayoría no se encuentran por delitos violentos, no representan un peligro para la sociedad y cuando, por otra parte, la evidencia muestra que la gestación y crianza en ambientes como el penitenciario limitan la formación de redes neuronales saludables ya desde la gestación, condicionando aspectos como el desarrollo cognitivo, aprendizaje, menor rendimiento escolar futuro, aumento de las conductas disruptivas y violentas, y mayores posibilidades de episodios de consumo problemático de sustancias de difícil rehabilitación, además del desarrollo de enfermedades no transmisibles.

Existe un consenso general sobre la necesidad de fortalecer los sistemas de salud penitenciarios y los encargados de formular políticas sanitarias deben tener en cuenta este factor en su planificación estratégica.

Cómo puede una política de salud contribuir en la mejora de una política criminal

Es papel del Estado guiar la política sanitaria del país y llevar adelante un plan de asistencia en los servicios de las instituciones de contextos de encierro que deben estar íntimamente vinculados con los servicios asistenciales de la comunidad. Existe un consenso general a nivel mundial acerca de la necesidad de fortalecer los sistemas de salud penitenciarios, y los encargados de formular políticas sanitarias deben tener en cuenta este factor en su planificación estratégica.

Todos los actores (de salud, sociales, comunitarios) —no sólo la policía— deben formar parte de las políticas integrales e integradas que ofrezcan una alternativa a la privación de libertad. Tanto a los adolescentes infractores como a los adultos que cometen delitos se les deberían disponer, además de medidas alternativas a la privación de libertad, diagnósticos y tratamientos en salud mental, consumo problemático y abordaje de la violencia, con instituciones alternativas de internación o de medio camino que podrían perfectamente articularse con medidas sustitutivas al encarcelamiento. Ejemplos como las residencias penitenciarias desarrolladas por la Generalitat de Cataluña, donde existen diferentes niveles de vinculación (desde sólo pernoctar hasta un seguimiento de equipos multidisciplinarios), son experiencias que perfectamente podrían ser articuladas en nuestro medio.3

Otro punto de incidencia de la política de salud debería enfocarse en participar de la clasificación de los individuos, para evitar que personas con respuestas violentas fortalezcan el cotidiano penitenciario aumentando una violencia multidimensional existente: evaluar la probable inimputabilidad, el riesgo criminogénico y de convivencia, la propensión a la violencia y, fundamentalmente, el riesgo de suicidio, podrían articularse con estrategias de derivación y tratamiento oportunas, y destinar la privación de libertad como el último recurso. Estas medidas no serían solamente más adecuadas para los individuos (dado el daño que produce en ellos y en terceros, como ya se mencionó), sino que además sería hasta más efectivo para la sociedad, dado que cada privado de libertad nos cuesta aproximadamente mil dólares mensuales, y en esto hay consenso en que son mal gastados debido a la alta reincidencia.

Debería recogerse la experiencia de muchos países que cuentan con áreas específicas en los ministerios de salud y que permiten, a través de lineamientos claros, homogeneizar las estrategias de gestión y atención en salud, evitando así que estas queden sujetas al criterio de diferentes actores. El Ministerio de Salud cuenta con un espacio para abordar el tema creado en 2023, pero que debería desarrollarse más para liderar la política sanitaria de salud en contextos de encierro para adultos y adolescentes alineada al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), considerando llevar adelante un modelo integral de gestión que permita, mediante lineamientos claros, guías específicas y acciones de rectoría, garantizar condiciones de salud de calidad dirigidas a las personas privadas de libertad y al medio ambiente, generando espacios formales de mayor coordinación y comunicación entre los prestadores de salud de privación de libertad y extramuros, para garantizar la referencia, contrarreferencia y continuidad asistencial.4

Una política de salud debería articularse en un primer nivel de atención enérgico, dinámico, con gran capacidad resolutiva y que tenga como eje un modelo que promueva la promoción y prevención en salud como estrategia, organizada con todos los actores del sistema penitenciario de forma multisectorial. Actualmente la calidad asistencial en nuestro sistema es muy diferente dependiendo del tipo de prestador, y eso genera inequidad.

Dado que la evidencia muestra que los servicios de salud dependientes de las unidades policiales son más débiles para resolver los problemas sanitarios, la cobertura asistencial debería unificarse en torno a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), con una transferencia de los servicios policiales al prestador de salud público. Pero si bien para ello son necesarios recursos financieros, existen experiencias en forma escalonada de armonización de servicios mediante tecnología y teleasistencia que perfectamente podrían ser llevadas adelante en nuestro país sin grandes inversiones y que tendrían una reducción importante de costos en cuanto a traslados de personal asistencial, custodias e ingresos y traslados innecesarios a centros hospitalarios.

Estos procesos en salud, que perfectamente podrían ser aplicados a nivel nacional, requieren más de armonización de voluntades y acuerdos institucionales que de presupuesto, dado que ya hay instalada infraestructura que podría proyectarse en disminuir las brechas asistenciales, mejorando no solo la salud individual y comunitaria, sino también la seguridad, dado que una cobertura de salud adecuada se constituye en un componente significativo dentro del abordaje de una política criminal integral.

José Luis Priore es magíster en Políticas Públicas de Infancia, docente e investigador.


  1. Cunha, O., Castro Rodrigues, A., Caridade, S., Dias, A. R., Almeida, T. C., Cruz, A. R., & Peixoto, M. M. (2023). The impact of imprisonment on individuals' mental health and society reintegration: study protocol. BMC psychology, 11(1), 215. https://doi.org/10.1186/s40359-023-01252-w 

  2. https://www.prisonstudies.org/ten-country-prisons-project/prisi%C3%B3n-y-salud 

  3. https://www.fsyc.org/actualidad/el-departamento-de-justicia-de-la-generalitat-de-cataluna-abre-cuatro-nuevas-residencias-penitenciarias-para-presos-en-semilibertad/ 

  4. Salud en cárceles del Uruguay. Reflexiones y propuestas de intervención en gestión y política sanitaria. http://www.scielo.edu.uy/scielo.php?pid=S2301-03712023000101501&script=sci_abstract 

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