Ingresá

Fotografía fechada en octubre de 2004 de un logo de Google, en Frankfurt (Alemania). / Foto: Boris Roessler , Efe

Público y privado

3 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Google deberá borrar contenidos de europeos que argumenten que son damnificados por su publicación.

La Justicia europea trata de obligar a Google y a otros buscadores de internet a cumplir con las leyes regionales de protección de datos privados de los usuarios, lo que implica una derrota para la compañía estadounidense, que sostiene que es sólo una mediadora neutral y que los contenidos incluidos en páginas web son responsabilidad de terceros.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictaminó que Google debe atender la solicitud de los ciudadanos del bloque que pidan que se retire información que les compete cuando ésta ya no es relevante. El fallo se origina en una causa iniciada por el español Mario Costeja, cuyo nombre apareció publicado en el periódico La Vanguardia vinculado a unos bienes que se subastaban por una deuda con la Seguridad Social.

La noticia fue publicada en 1998 y Costeja pidió al diario, en 2009, que retirara su nombre porque el tema ya se había saldado y porque cuando buscaba su nombre en Google seguía apareciendo vinculado a este hecho. El diario se negó, con argumentos referidos a la libertad de información, y Costeja recurrió al buscador, que también se negó.

El hombre optó entonces por solicitar el amparo de la Agencia Española de Protección de Datos, que se pronunció a su favor y reclamó a Google España y Google Inc. que retirara ese contenido de su lista de resultados. La empresa recurrió la decisión ante la Justicia española, que remitió las cuestiones jurídicas al Tribunal de Justicia de la UE, para que dictaminara cómo proceder ante este caso, en el que la Agencia Española de Protección de Datos defendía los derechos de los usuarios a la protección de datos 
-incluidos en la legislación española y en la europea-.

Por su parte, Google consideraba -y el abogado general de la UE, Niilo Jääskinen, le dio la razón en su informe previo presentado al tribunal- que el buscador no puede ser responsable del tratamiento de datos, sino un mediador neutral sobre los contenidos incluidos en páginas web de terceros. Google también argumentó que esos terceros tienen la posibilidad de pedirle que excluya contenidos de sus resultados de búsqueda. El tribunal consideró que Google sí hace un tratamiento de datos y, por lo tanto, es responsable de la información que incluye en sus resultados.

El fallo de ayer sienta un precedente en lo general; no es aplicable exclusivamente al caso de Costeja -que volverá a la Justicia española-, sino a todos los casos de este tipo que se presenten. La sentencia obliga a Google a acceder al pedido de un ciudadano de que se retire cierto contenido porque considera que le agravia o invade su intimidad. También establece que en el caso de las personalidades públicas existe una excepción a este “derecho al olvido”, tal como lo han denominado en Europa, ya que se considera que los contenidos referidos a ellas son de interés general.

En España hay 200 casos -todos con varios años de antigüedad- de personas que pidieron a Google que retirara determinados contenidos porque las afectaban en su honor. Por ejemplo, se presentó el caso de una familia completa a cuyos nombres y datos personales se puede acceder mediante una búsqueda en Google porque en 1996 se les informó mediante el Boletín Oficial del Estado que su vivienda sería embargada y subastada. Con la sentencia de ayer es de prever que este contenido, por ejemplo, sea retirado de los resultados cuando se busca el nombre de alguno de los integrantes de esa familia.

Será tarea de Google dirimir en cada caso denunciado si prevalece la libertad de información o los derechos individuales de la persona, que si no está de acuerdo puede recurrir a la Justicia.

Pero la sentencia puede ser interpretada de forma más amplia aun, porque el Tribunal Europeo de Justicia fuerza a Google a obedecer las normas de protección de datos que actualmente existen en algunos países de la UE, lo que seguramente también se aplique cuando el bloque apruebe una nueva legislación en este sentido. La posibilidad de que se elaboren nuevas leyes ha tomado fuerza desde que se conocieron las prácticas de espionaje de la Agencia Nacional de Seguridad de Estados Unidos en el exterior.

Pero eliminar información en internet puede no ser tan fácil. La abogada especializada en privacidad Verónica Alarcón, directora de la empresa ePrivacidad, que brinda servicios para quienes deseen “borrarse de internet”, advirtió en declaraciones a la agencia de noticias AFP que “es muy probable que Google siga sin admitir la aplicación” de las leyes españolas a pesar de este fallo. Además alertó que deberá aplicarse por parte de los países europeos “con la escasa o nula colaboración de Estados Unidos”. La abogada consideró que las autoridades europeas deben seguir buscando un acuerdo con Estados Unidos para garantizar que los gigantes de internet, que tienen base en ese país, respeten la privacidad de los usuarios de la UE. En enero la exigencia se presentó con fuerza por parte de la UE cuando el presidente estadounidense, Barack Obama, visitó Alemania, pero desde ese entonces no se volvió a tratar el tema.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura