Ingresá

Congreso colombiano aprobó Ley de Amnistía

Menos de 1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, y el máximo líder de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), Rodrigo Londoño, celebraron ayer la aprobación en el Congreso de la Ley de Amnistía, la primera que surge del acuerdo de paz que firmaron las dos partes. El texto ya había pasado por Diputados y fue aprobado ayer en el Senado con todos los votos a favor. El Centro Democrático, el partido del ex presidente Álvaro Uribe, que es el único que se opone integralmente al acuerdo de paz, se retiró de sala, tal como había hecho en Diputados.

La ley amnistía a los guerrilleros que hayan cometido delitos políticos -como rebelión, sedición, asonada, etcétera- y conexos -como violación de habitación ajena o fugas, entre otros-. Además, permite que los integrantes de la Fuerza Pública colombiana que hayan cometido delitos se acojan al sistema de justicia transicional para obtener beneficios como el traslado a una prisión militar, la libertad transitoria o el archivo de la investigación. En ambos casos quedan excluidos quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad, y pueden perder los beneficios quienes no colaboren con la Justicia en los cinco años siguientes a haberlos recibido.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura