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Porta dos Fundos.

Juez que censuró Porta dos Fundos había absuelto a Bolsonaro cuando fue acusado por comentarios homofóbicos y racistas

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En su argumentación el magistrado había dicho que en una democracia “no se puede censurar el derecho a manifestarse”

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El juez de segunda instancia Benedicto Abicair, integrante de la 6ª Câmara Civil que determinó el miércoles la remoción del especial de Navidad del grupo humorístico Porta dos Fundos de la plataforma Netflix, fue el mismo que en el año 2011 absolvió al entonces diputado y hoy presidente brasileño, Jair Bolsonaro, luego de que este hiciera comentarios homofóbicos y racistas en la versión brasileña de Caiga Quien Caiga (CQC), según recordó la revista Fórum.

El hoy presidente, que en esos años era apenas un diputado pintoresco que se caracterizaba por sus declaraciones agresivas y por su reivindicación del golpe militar de 1964 –extremo que quería ser explotado por los conductores de CQC– participó en un espacio del programa llamado “El pueblo quiere saber”, y al ser interrogado sobre que haría si tuviese un hijo homosexual, respondió que “eso no pasa por mi cabeza, porque ellos tuvieron una buena educación. Soy un padre presente, entonces no corro ese riesgo”.

Luego los conductores le preguntaron al capitán retirado si participaría en un desfile gay, y como era de esperar Bolsonaro fue coherente con su prédica. “No iría porque no me gusta promover malas costumbres, porque además creo en Dios, tengo una familia y la familia tiene que ser preservada a cualquier costo, si no la nación simplemente se destruirá”, afirmó el hoy mandatario. Más adelante, el líder ultraderechista dio un paso más y respondiendo sobre qué actitud tomaría si uno de sus hijos se enamorara de una persona negra, afirmó que eso no era posible “porque mis hijos fueron bien educados”.

Los dichos de Bolsonaro motivaron una serie de denuncias en su contra y si bien fue encontrado culpable por la Justicia, en su voto sobre el caso el juez Abicair absolvió a Bolsonaro, bajo el argumento de que los dichos del entonces diputado tenían que ser tomados dentro del ejercicio de la “libertad de expresión” y que no debía pagar daños morales por ello.

“No se puede censurar el derecho a manifestarse dentro de una democracia, sea quien sea, guste o no, quiera o no quiera, acepte o no. Los ciudadanos tienen el derecho a expresarse, siempre que no infrinjan la ley ni la Constitución”, escribió en su alegato el juez que el miércoles ordenó retirar del aire el programa navideño de Porta dos Fundos.

Además, en su argumentación Abicair señaló que CQC era un programa humorístico, “por lo que no se puede negar que existió consentimiento recíproco de todas las partes para que cada uno se manifestara, sin censura, sobre sus pensamientos, posiciones y divergencias”.

De todas maneras, la decisión adoptada el miércoles por el juez Abicair fue dejada sin efecto ayer por el presidente del Supremo Tribunal Federal, José Antonio Dias Toffoli.

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