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Iglesia en San Pablo, Brasil.

Foto: Antonio Lacerda, Efe

Brasil: ministro del Supremo Tribunal Federal designado por Bolsonaro autorizó la realización de cultos religiosos presenciales antes de Pascua

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La medida adoptada, en medio del aumento de casos y muertes por coronavirus, fue vetada en San Pablo por Gilmar Mendes, también integrante del órgano judicial.

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Leído por Andrés Alba.
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El presidente del Supremo Tribunal Federal (STF), Luis Fux, informó que en la sesión del pleno del organismo que se realizará este miércoles, los integrantes del cuerpo –la máxima autoridad de la Justicia brasileña– dirimirán si está permitido o no, en la actual situación sanitaria del país a causa de la pandemia de coronavirus, la realización de cultos religiosos en forma presencial.

Este lunes el ministro del STF Gilmar Mendes mantuvo el veto a los cultos religiosos en el estado de San Pablo. Con su decisión el jurista negó un recurso presentado por el Partido Social Democrático que argumentaba que el decreto firmado por el gobernador paulista, João Doria (PSDB-SP), que prohibía las celebraciones con presencia de público era inconstitucional por lesionar la libertad religiosa, según informó Folha de São Paulo. El mismo medio, en base a fuentes judiciales, informó que es altamente probable que en la sesión del miércoles se imponga la posición de mantener el veto.

La polémica situación comenzó a gestarse el sábado, cuando en las vísperas de Pascua el ministro Kássio Nunes Marques, nominado para integrar el STF por el presidente Jair Bolsonaro, emitió una orden por la cual se autorizaban los cultos presenciales. Con su decisión Nunes Marques daba respuesta a un pedido de la Asociación Nacional de Juristas Evangélicos, una entidad que fue creada por la actual ministra de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos, la también evangelista Damares Alves, según recordó la revista Fórum.

De esta manera, el domingo, durante la celebración pascual, numerosos templos religiosos abrieron sus puertas y en muchos casos se llenaron de fieles. Por ser realizados en lugares cerrados y con grandes aglomeraciones de personas, las celebraciones en templos e iglesias son consideradas en todo el mundo eventos de alto riesgo de transmisión de coronavirus.

Al argumentar su decisión de prohibir los cultos presenciales en el estado de San Pablo, Mendes citó decisiones anteriores emitidas por otros ministros del STF en las que se reconocía que las restricciones a la realización de cultos, misas y otras actividades religiosas colectivas pueden ser restringidas por decreto si se considera que son esas restricciones “adecuadas y necesarias para enfrentar una emergencia de la salud pública”. En sus justificaciones, Mendes afirmó que la ley debe proteger la libertad de culto y no debe interferir en las celebraciones litúrgicas, “salvo que se imponga algún valor constitucional de mayor peso”, luego de lo cual el jurista, por si hiciera falta, recordó el dramático momento que se está viviendo en Brasil debido a la pandemia.

El ministro argumentó que el decreto del gobernador Doria “no fue emitido en el aire, sino en un país que teniendo 3% de la población mundial concentra 33% de las muertes diarias por covid-19. El mismo país cuyo número de muertes registrados durante marzo de 2021 supera la cantidad de 109 países sumados. Tenemos delante de nosotros la mayor crisis epidemiológica de los últimos 100 años, una tragedia que hay que enfrentar con la colaboración decisiva de todos los entes y organismos públicos”.

Mendes agregó en su alegato, además, que las medidas restrictivas promovidas por Doria se tomaron luego de realizar profundos análisis técnicos relativos al riesgo ambiental de contagio por covid-19, tomando en cuenta las necesidades de los sectores económicos y sociales, pero también con la necesidad de preservar la capacidad de atención de la red de servicios de salud pública.

Al contrario de la expresión de Mendes, quien se mostró de acuerdo con la decisión adoptada por Nunes Marques, fue el vicepresidente brasileño, Hamilton Mourão, quien defendió este lunes la posición del jurista. Según recogieron medios brasileños, el número dos del Ejecutivo expresó que las personas que concurren a los templos religiosos son más “disciplinadas” que aquellas que acuden a fiestas u otro tipo de actividades que, debido a las restricciones, son clandestinas.

“Las personas que frecuentan los cultos religiosos y los templos son personas más disciplinadas. Es diferente de las reuniones, de estas fiestas clandestinas que vemos que se realizan. No voy a poner en el mismo nivel a estas dos actividades que son totalmente distintas. Una es espiritual, la otra es corporal, por decirlo de alguna manera”, afirmó Mourão.

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