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Juan Castillo, Lilian Kechichian, Mario Bergara y Amanda Della Ventura, en el Senado.

Foto: Alessandro Maradei

Casa de Galicia: coalición no aprobó propuesta del FA de discutir el veto como “asunto político” en el Senado

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La moción fue acompañada por Botana, pero no alcanzó las mayorías necesarias; la propuesta pretendía discutir lo sucedido durante la sesión de la Asamblea General en la que se discutió el veto del presidente.

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Leído por Andrés Alba.
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Las repercusiones de lo sucedido en la sesión de la Asamblea General que trató el veto presidencial parcial a la ley de Casa de Galicia tuvieron un nuevo capítulo este martes cuando, luego de discutirlo en su bancada, el Frente Amplio (FA) decidió presentar una moción en el plenario del Senado para que se discutiera como asunto político la forma en que se desarrolló esa instancia, independientemente del “tema de fondo”, dado que el FA entiende que no se cumplió con lo dispuesto en la Constitución.

El argumento que esgrime es que “la Constitución dice en el artículo 138 que tiene que atenerse a [lo que disponen] los tres quintos de las dos cámaras, ya sea para vetar o para levantar el veto”, explicó a la diaria la senadora Amanda della Ventura, y aclaró que para la oposición esto “no se cumplió”, porque si bien no hubo votos suficientes para levantar el veto, tampoco los hubo para mantenerlo.

Por otro lado, Della Ventura entendió que quien presidía la Asamblea General como vicepresidenta en funciones en ese momento, la senadora del Partido Nacional (PN) Graciela Bianchi, no actuó correctamente al “mandar el mismo día al Poder Ejecutivo que no había salido el veto, porque tenía que esperar” 30 días, según lo que dispone el artículo 139 de la Constitución para los casos en que “no se tienen esas mayorías”.

Además, Bianchi remitió en su mensaje al Ejecutivo la ley con los cambios que proponía el gobierno incorporados y, de acuerdo con Della Ventura, los técnicos que consultó el FA expresaron “que esos tres artículos necesitaban una ley particular”, por lo tanto, no podían “incluirlos dentro del veto”. El FA también pensaba poner en discusión cómo “habiendo gente anotada para hablar se levantó la sesión”.

Por su parte, la senadora del PN Carmen Asiaín planteó en rueda de prensa que si bien se puede “tener una opinión que pueda ser rebatida”, eso no es “lo que dice la Constitución” ni tampoco es “el criterio que ha tenido el Parlamento en toda su trayectoria”. “Hace poco votamos el veto del Poder Ejecutivo sobre el tema de los fiscales que estaba en la Rendición de Cuentas”, pero “a nadie se le ocurrió” cuestionar el mecanismo, apuntó. De acuerdo con Asiaín, en “ninguno de los casos” de vetos desde el retorno a la democracia “se hizo esa lectura”; por eso, según la legisladora, “se pretendió plantear como asunto político, porque si fuera jurídico, sería implanteable”.

La moción no alcanzó las mayorías necesarias, con 14 votos en 29 presentes. El único senador de la coalición que votó a favor fue el nacionalista Sergio Botana, porque, como dijo durante la fundamentación de su voto, ha “trabajado en este tema desde que ha comenzado” y votó para levantar el veto en la Asamblea General.

De todas formas, Botana criticó a la oposición en el entendido de que estas acciones “se deben coordinar”. “Con la presidente de la Asamblea en su momento obviamente tuvimos diferencias en el fondo”, continuó, en referencia a Bianchi, pero ahora se debe “respetar lo que es su interpretación, y por lo tanto no puedo de modo alguno censurar lo que fue su procedimiento”.

Consultado por la diaria sobre cómo continuar, Botana entendió que ahora el tema “va a seguir en la Justicia”, dado que los extrabajadores ya anunciaron que recurrirán a esa vía, y desde el Poder Legislativo estarán “atentos” al proceso “por la responsabilidad de controles que tenemos los legisladores”.

Manini: “Claramente la Asamblea General no levantó el veto”

Cabildo Abierto (CA), el socio de la coalición que se había mostrado contrario al veto presidencial, decidió no acompañar la propuesta del FA. Según expresó el senador y líder de CA, Guido Manini Ríos, en el plenario, a pesar de entender la ley como “necesaria y conveniente”, una vez que “no se alcanzaron los tres quintos necesarios para levantar el veto”, para la bancada cabildante “el tema quedó finalizado”.

“Hicimos todo el esfuerzo en su momento”, continuó el senador, y apuntó que no tenía sentido discutir “si esas recomendaciones del Poder Ejecutivo pueden quedar con fuerza de ley”, porque “si hubiese mayoría para que esos tres artículos no quedaran vigentes”, bastaría “con que se presente una moción o un proyecto y la mayoría los dejaría sin efecto; sería tan fácil como eso y no es lo que está planteado”, afirmó. Asimismo, Manini entendió que “claramente la Asamblea General no levantó el veto del Poder Ejecutivo”.

Informe jurídico

La bancada del FA, además, analizó el lunes un informe elaborado por los constitucionalistas Luis Fleitas y Hernán Bello, al que accedió la diaria, en el que respaldan la posición del FA de que los tres quintos son necesarios tanto para levantar el veto como para mantenerlo; asimismo, señalan que en el artículo 139 se habla de 30 días pasados de la “primera convocatoria” a la Asamblea General.

De acuerdo con los juristas, “al referir la norma a una ‘primera convocatoria’, está prescribiendo la pauta de que puede haber una segunda o una tercera u otras convocatorias, dentro de los treinta días siguientes a la primera”. Esto marcaría, entonces, que “si en la primera convocatoria no hubo un pronunciamiento expreso de la Asamblea General, en ninguno de los sentidos normativamente posibles”, la Asamblea General “puede ser convocada tantas veces como se considere necesario”.

Sobre la posibilidad de que incluyan “textos sustitutivos” en los vetos, Fleitas y Bello se inclinan por “la tesis negativa”, es decir, que el Ejecutivo no puede hacer esto y en cualquier caso deberían enviarlo como una ley aparte.

De todas formas, “sin perjuicio de ello y en la eventualidad de que el Poder Ejecutivo envíe textos sustitutivos”, entienden que “al menos deben ser aprobados con la mayoría expresa requerida de tres quintos, prevista en el artículo 138 de la Constitución”, y que, de no ser así, se debe respetar el plazo de un mes para su aprobación tácita.

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