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Archivo, enero de 2024.

Foto: Ernesto Ryan

Plan UR: Deudores aguardan reglamentación de las modificaciones que se hicieron a la ley para acceder a beneficios de créditos con la ANV y BHU

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“Mientras no se firme, no se termina de aplicar el Plan UR total, porque muchísima de la gente que quedó afuera quedaría integrada o mejoraría su situación con eso”, dijo una de las integrantes de la Asociación de Deudores; el vicepresidente de la ANV adelantó que al decreto sólo le hace falta la firma de Orsi.

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El 10 de febrero de este año, a cinco días de que comience la nueva legislatura, la Cámara de Diputados votó modificaciones a la Ley 20.237, aprobada en diciembre de 2023, que establece beneficios para los deudores en unidades reajustables (UR) del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV). La ley de 2023 dio inicio al Plan UR, implementado en octubre de 2024, luego de la reglamentación de la normativa, que tiene tres beneficios: extinción del crédito y reducción de la tasa de interés al 0% y al 2,5%.

Una de las modificaciones está vinculada a que, según se estableció en la ley de 2023, los deudores tenían que estar al día con los tributos nacionales y departamentales sobre el inmueble garantía del crédito para diciembre de 2023. Sin embargo, según explicó a la diaria el vicepresidente de la ANV, Gustavo Machado, “hubo gente que regularizó después”, por lo que no quedaban comprendidos. Además, para acceder al beneficio la agencia tenía que exigir a la intendencia correspondiente que acreditara que la persona estaba al día, lo cual “se demoró mucho” porque algunos gobiernos departamentales no les notificaban o no tenían el dato.

Por tanto, el literal G del artículo 2 de la Ley 20.395 de modificación dispone que una de las condiciones para acceder a los beneficios es “acreditar [por parte de los deudores] estar al día en tributos nacionales y departamentales sobre el inmueble garantía del crédito”. En otras palabras, las personas no dependen de la respuesta de los gobiernos departamentales para acreditar el pago de los tributos, sino que pueden presentar la constancia de pago.

Mónica Álvarez, integrante de la Asociación de Deudores en UR, grupo que reclamó e impulsó la normativa aprobada en 2023, dijo a la diaria que antes de la modificación había personas que tenían “40 años pagando [la deuda], que le siguen cobrando hace meses, porque ya tendría que haber terminado de pagar, y la intendencia no te contestó, y no significa que vos no estés al día”. “Vos seguís pagando hasta que la ANV no tenga el resultado, y no es justo, porque vos ya tenés 40 años [pagando], y esas cosas ya te las va a pedir la escribana cuando vayas a escriturar”, ilustró.

Álvarez se refiere al beneficio de extinción de deuda, que tiene como condición que hayan transcurrido 40 años o más desde la asunción de la deuda, que en los diez años previos al momento de aplicación del beneficio se hayan abonado un mínimo de 110 pagos y que la suma de todos los pagos realizados no sea inferior al 35% del monto; esto último también fue una de las modificaciones realizadas al texto original, que antes establecía que el saldo del crédito debía ser igual o inferior al 65% del capital adeudado al momento de la asunción del crédito.

Otro de los cambios que se hicieron es que la ley original establecía únicamente que el crédito original no superara los 80.000 dólares al valor de la fecha de su otorgamiento. En tanto, la modificación introducida es que en ese valor no se incluyan rubros como la seña, ahorro previo, pozo y ningún otro extra “que no refiera estrictamente al préstamo otorgado a abonar en pagos mensuales, para el pago del precio del inmueble”.

De todas formas, estos cambios aún no han entrado en vigencia ya que la ley de modificación no ha sido reglamentada por el Poder Ejecutivo. “Mientras no se firme, no se termina de aplicar el Plan UR total, porque muchísima de la gente que quedó afuera [antes de los cambios] quedaría de alguna forma integrada o mejoraría su situación con eso”, apuntó Álvarez, quien dijo que aún esperan por el decreto de reglamentación. Este jueves, la asociación de deudores mantendrá una reunión con el presidente de la ANV, Claudio Fernández, por este tema.

El 24 de octubre de este año, Fernández anunció que a la brevedad el Poder Ejecutivo suscribiría un decreto “que permitirá a los deudores acreditar ante esa dependencia [la ANV] que están al día con el pago de sus tributos”. Asimismo, adelantó que los deudores contarían con asesoramiento y comunicación personalizada para facilitar que tomen decisiones sobre su situación particular.

Ese decreto anunciado por Fernández es la reglamentación necesaria para aplicar los cambios en la ley, explicó Machado. El vicepresidente de la ANV sostuvo que, si bien el Plan UR “se está aplicando en su totalidad”, el hecho de tener que esperar el decreto es porque hay gente a la que “se les decía que [su caso] estaba en estudio porque en realidad era gente que le correspondía por la antigüedad el beneficio, pero no por la condición de tener los impuestos al día”. “Como sabíamos que el decreto se iba a modificar, quedaron en suspenso esas situaciones, entonces para esa gente no se había aplicado hasta no tener el decreto en condiciones”, resaltó.

Consultado sobre cuándo se firmaría el decreto, Machado dijo que el documento ya tiene la firma del ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone, y de la ministra de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Tamara Paseyro, pero aún falta la del presidente Yamandú Orsi. A la interna de la ANV había confianza en que se hiciera este lunes en el marco del Consejo de Ministros, señaló Machado, pero desconocen si finalmente se hizo, ya que no llegó.

“Confiamos en que es en esta semana”, dijo Machado. Acerca de si una vez firmado el decreto la ley ya comienza a regir, dijo que sí, y que ya tienen todo listo para la implementación.

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