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Foto: Gianni Schiaffarino

Impuesto mínimo global a la renta y cambios para las compras desde el exterior: las modificaciones tributarias en el presupuesto

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El “impuesto mínimo complementario doméstico” se aplicará sobre los grupos multinacionales localizados en Uruguay a partir de 2027.

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Leído por Patricia Lima
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Tal como lo había anunciado semanas atrás el subsecretario del Ministerio de Economía y Finanzas, Martín Vallcorba, el gobierno incluyó en el presupuesto la creación de un impuesto mínimo global a la renta, a los efectos de gravar a las empresas multinacionales que están instaladas en Uruguay y que ya pagan un tributo similar en sus países de origen. Esto, según Vallcorba, “implica que un volumen importante de recursos que Uruguay podría recaudar decide no hacerlo y que esa plata se vaya al exterior a financiar a otros países”.

En el proyecto, el tributo lleva como nombre “impuesto mínimo complementario doméstico” y abarca las rentas “obtenidas por las entidades constitutivas de un grupo multinacional, cuando la tasa efectiva de impuestos de dicho grupo en Uruguay sea inferior al 15%”.

El documento define “grupo multinacional” como todo aquel que “incluya al menos una entidad o establecimiento permanente que no esté localizado en la jurisdicción de la entidad matriz última”.

Los contribuyentes de este nuevo impuesto serán las empresas localizadas en Uruguay que, además de integrar un grupo multinacional, hayan obtenido ingresos anuales “iguales o superiores a 750 millones de euros, en los estados contables consolidados de la entidad matriz última, en al menos dos de los cuatro ejercicios fiscales inmediatamente anteriores al ejercicio fiscal examinado”. Gabriel Oddone había indicado días atrás que con este nuevo impuesto el gobierno podría gravar eventualmente hasta un 15% a partir de 2027.

Por otra parte, el gobierno incluyó en el presupuesto un artículo vinculado a las rentas de capital. En concreto, se establece que las personas físicas que adquieran la calidad de residente fiscal en Uruguay a partir de 2026 “podrán optar por tributar el impuesto a las rentas de los no residentes, por el ejercicio fiscal en que se verifique el cambio de residencia y durante los diez ejercicios fiscales siguientes”.

“Transcurrido dicho plazo tributarán el impuesto a la renta de las personas físicas al 50% de la tasa correspondiente durante los cinco ejercicios fiscales siguientes”, dispone el artículo en cuestión.

Asimismo, con relación a las compras desde el exterior, en el marco del impacto que está teniendo la plataforma china Temu en el comercio nacional, el gobierno propuso como modificación que los importadores de mercadería podrán optar por pagar “una única prestación tributaria aplicando una alícuota del 60% sobre el valor de factura”, siempre y cuando el valor del envío no supere los 800 dólares y su peso no exceda los 20 kilogramos. Esto corresponde al régimen simplificado de importación.

En cuanto al régimen de franquicias, que actualmente permite a cualquier persona importar mercadería libre de impuestos cuando el valor total de la compra no supere los 200 dólares, con un máximo de tres compras por año, el presupuesto también establece un monto máximo de 800 dólares por año –es decir, aumenta de 600 a 800 dólares– y también dispone la aplicación de IVA para dichas compras.

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