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Sesión del Senado (archivo, julio de 2024).

Foto: Mara Quintero

Senado aprobó el proyecto de ley presentado por el gobierno para crear un baremo único nacional de discapacidad

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La normativa atiende “una reivindicación histórica” de las personas con discapacidad y se adapta “a la realidad uruguaya”, según directora del Mides.

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Leído por Mathías Buela.
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El Senado aprobó el proyecto de ley que establece la creación de un baremo único nacional de discapacidad.

La directora de Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), Karen Sass, dijo a la diaria que aunque aún falta que la propuesta pase por Diputados, la aprobación de la cámara alta es un paso importante porque la propuesta del gobierno atiende una “reivindicación histórica” de las personas con discapacidad y de sus familias.

“Hace tres años se comenzó a trabajar en la creación de un instrumento único de medición de la discapacidad porque actualmente existen más de siete”, agregó Sass. El baremo pretende adaptarse “a la realidad uruguaya” y antecede al próximo objetivo, que es el “desarrollo de una certificación única”, adelantó la directora.

La propuesta del gobierno consiste en cambiar el artículo 38 de la Ley 18.651, que establece que es el Ministerio de Salud Pública (MSP), en coordinación con el Mides, el que realiza la certificación por discapacidad, así como “su naturaleza y grado”. El nuevo proyecto propone un baremo único elaborado por el Consejo Asesor de Expertos en Instrumentos de Medición de Discapacidad y será el instrumento de referencia para todas las entidades públicas.

El consejo estará integrado por un delegado designado por el Mides –que presidirá el equipo–, uno por el MSP, uno por el Banco de Previsión Social (BPS) y dos por la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad.

A su vez, se propone que tanto el MSP como el BPS proporcionen al Mides las valoraciones que el comité haga, a los efectos de incorporarlas al Registro Nacional de Personas con Discapacidad. Por último, el Poder Ejecutivo contará con 180 días para la implementación del baremo.

La situación de discapacidad está definida por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) –aprobada por la Organización de las Naciones Unidas en 2007 y ratificada por Uruguay en 2008– y abarca a quienes “tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

En este marco, el baremo “se basa en un modelo de entendimiento del fenómeno que valora y puede contener información cualitativa y cuantitativa como, por ejemplo, un porcentaje y un grado de discapacidad, índices, entre otros”, según detalla la exposición de motivos del proyecto de ley.

En Uruguay la falta de un modelo único de medición ha dificultado el acceso a diferentes prestaciones, entre ellas, la implementación del Decreto 076 de 2021, que fija las condiciones para la habilitación del transporte gratuito a nivel nacional.

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