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Acto homenaje a las "muchachas de abril", el 21 de abril de 2023.

Foto: Camilo dos Santos

Tribunal de apelaciones confirmó procesamiento del militar retirado, Juan Rebollo, en el caso Muchachas de Abril

3 minutos de lectura
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La sentencia señala que Rebollo fue el responsable del operativo en el que acribillaron a las jóvenes.

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Leído por Mathías Buela.
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El Tribunal de Apelaciones en lo penal de 2° turno confirmó el procesamiento con prisión del militar retirado Juan Rebollo por los asesinatos de Diana Maidanic, de 22 años; Laura Raggio, de 19; y Silvia Reyes, también de 19 años, ocurridos el 21 de abril de 1974.

En la sentencia a la que accedió la diaria, el tribunal rechazó los argumentos de la defensa de Rebollo, integrada por Rosanna Gavazzo y Emilio Mikolic, quienes expresaron que no existe semiplena prueba para su procesamiento y que, “en caso de considerarse” su responsabilidad, “debe aplicarse la causa de justificación de legítima defensa”.

El Tribunal, integrado por Beatriz Larriu y Daniel Tapie, señaló que Rebollo estaba a cargo del operativo que culminó con los asesinatos de las tres mujeres, además del policía Dorval Márquez, que viajaba en bicicleta hacia su trabajo y el militar Julio César Gutiérrez, todos víctimas de las balas del Ejército Nacional.

“Claro está que Rebollo en aquel momento no era un soldado común y corriente, sino que ostentaba el cargo de Teniente Coronel y era el Jefe de Artillería N° 1 y dicha Unidad es una de las que detuvieron e interrogaron a integrantes del 26 de Marzo y del MLN, que mediante torturas aportan el domicilio de Washington Barrios”, donde ocurrió el crimen.

“Juan Modesto Rebollo, en su condición de Jefe del operativo, junto al Teniente Coronel Scala, fue quien dio las órdenes en el mismo (el que se realizó en plena noche), quien desplegó a los hombres en lugar y fue quien dio la orden de ingresar a los apartamentos de vecinos y de las víctimas, que terminaron con el resultado de muerte de éstas”, se expresa en la sentencia. Al analizar la eventual culpabilidad, señalaron que “el grado del dolo que recayó en el accionar por parte de Rebollo es el dolo eventual, en la mejor de las hipótesis”.

Además, los ministros rechazaron otros argumentos esgrimidos por Gavazzo y Mikolic, como la eventual prescripción del delito, señalando la vigencia de la Ley 18.831, que en su artículo segundo establece que no se computará el plazo de prescripción desde diciembre de 1986, cuando entró en vigencia la Ley de Caducidad, para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado.

También descartaron que en primera instancia no se haya respetado el principio de in dubio pro reo: “Hay muchos elementos indiciarios que conforman la prueba necesaria para arribar al enjuiciamiento de Rebollo, que ciertamente alcanzan para decretar el procesamiento [...] era él uno de los militares que estaba a cargo del operativo conforme al informe detallado que éste mismo efectuó a la Justicia militar y por eso estaba en el lugar; y fue su dependencia militar la encargada de ubicar la dirección del verdaderamente buscado Washington Barrios, que resultó ser en la casa que terminó siendo acribillada y donde perdieron la vida las mujeres, un policía y un oficial del Ejército. Por tanto, como dijimos al principio no se trataba de cualquier militar, sino de uno directamente implicado en los hechos”.

La investigación penal llevada adelante por el fiscal Ricardo Perciballe logró determinar que las jóvenes, de entre 19 y 22 años, fueron acribilladas durante el operativo militar y quedó descartada la versión de que había ocurrido un intercambio de disparos.

“En ese momento entran varios militares en mi apartamento, algunos entran con revólver, me sacan hacia afuera, donde me ponen contra la ventana, y mientras me revisan me preguntan cómo me llamo. Alguien grita 'Ahí no es, es al lado', ahí comienzan a efectuar disparos hacia el apartamento N° 3 sin haber golpeado. No sé quien era que efectuaba los disparos porque no tenía visibilidad [...] las balas siguen, alrededor de cinco a siete, o diez minutos -no sé exactamente- hasta que cesan los disparos y ahí comienzan los gritos de los militares y de las muchachas que gritaban que no dispararan, que no las mataran, y luego de eso se siente una ráfaga de metralleta que sacudía la pared”, declaró en la causa uno de los vecinos de las víctimas.

La investigación penal también dio cuenta de que al día siguiente de acribillar la casa y asesinar a las mujeres, los militares se llevaron las pertenencias de Barrios y Reyes. “Yo vi que se llevaban del apartamento de mi hijo todo lo que había, los muebles, ropas, loza, equipo de música, radio, heladera, cocina, comedor, dormitorio, calefón, cristalería y lo cargaron en los camiones militares...”, expresó la madre de Washington Barrios, lo que fue confirmado por varios vecinos que vieron ingresar las pertenencias a dos camiones del Ejército.

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