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Centro clandestino de detención de Punta Gorda (archivo, mayo de 2023).

Foto: Martín Varela Umpiérrez

El militar retirado José Luis Parisi, procesado por delitos de lesa humanidad, se encuentra prófugo de la Justicia

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Parisi fue procesado por la Justicia en la causa que investiga la muerte del trabajador portuario Julio Correa.

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Leído por Andrés Alba.
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El militar retirado José Luis Parisi se encuentra prófugo de la Justicia, luego de haber sido procesado por el asesinato del trabajador portuario Julio Correa Rodríguez en diciembre de 1975. Parisi también está sujeto a proceso por la desaparición forzada del militante comunista Juan Manuel Brieba, ocurrida en octubre de 1975.

Fuentes judiciales explicaron a la diaria que la razón por la que logró fugarse, aun estando procesado con prisión por el homicidio de Correa Rodríguez, es que la sentencia que lo procesó provino de un fallo de segunda instancia que revocó la absolución dictada en primera instancia, por lo que el fallo del tribunal llegó cuando estaba en libertad y no pudo ser detenido.

En marzo de 2023, la jueza en lo penal de 27° turno, Silvia Urioste, rechazó el pedido de procesamiento con prisión de Parisi en la causa que investiga el homicidio de Correa. La decisión, que también alcanzó a los represores Omar Lacasa Antelo, Rudyard Sciosia, Antranig Ohannessian y Rubely Pereyra, fue apelada por el fiscal especializado en Delitos de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, y en noviembre de 2023 el Tribunal de Apelaciones revocó la decisión al valorar que existía suficiente prueba para proceder al procesamiento con prisión de los militares investigados.

Sin embargo, Parisi no pudo ser hallado, debido a que salió del país luego de la absolución. Según supo la diaria, la Policía tiene constancia de que entre marzo y noviembre de 2023 el militar salió del país, pero también hay registros posteriores que lo ubican en Uruguay, por lo que podría haber reingresado en forma ilegal.

Según supo la diaria, este no es el primer caso de crímenes de lesa humanidad en el que el procesado logra evadir la Justicia, pese a que Uruguay no habilita el procesamiento en ausencia del imputado. El artículo 126 del Código del Proceso Penal de 1980, por el que se rige la amplia mayoría de las causas vinculadas a crímenes de lesa humanidad cometidos en la dictadura, prevé que “en ningún caso podrá decretarse el procesamiento sin previo interrogatorio del indagado o sin que conste formalmente su negativa a declarar”.

En la práctica, una vez que la Fiscalía pide el procesamiento con prisión de una persona que está siendo investigada, se convoca a una audiencia con el imputado, que en la jerga judicial se conoce como “la audiencia del 126”. De los dos juzgados que operan con ese código de proceso, en uno se suele dictar sentencia inmediatamente después de esa audiencia con la presencia del imputado, que queda detenido, mientras que otro toma la definición luego de cumplida la audiencia. Otra ventana de evasión es la situación ocurrida en este caso, en el que en primera instancia el imputado fue absuelto y su procesamiento con prisión llegó en las siguientes instancias del proceso, sin la presencia del imputado.

Días atrás, la Suprema Corte de Justicia emitió un comunicado interno que advertía que si Parisi se presentaba como abogado en un juzgado, debía ser detenido, según informó El Observador y confirmó la diaria con fuentes judiciales.

Julio Correa, quien era dirigente del Sindicato Único del Transporte Marítimo (Sutma) y militante del Partido Comunista de Uruguay (PCU), fue secuestrado en su casa, la medianoche del 16 de diciembre de 1975, por un grupo de hombres armados, vestidos de civil.

Los tres militares, que se identificaron como integrantes de las Fuerzas Conjuntas, llegaron al domicilio de Correa en una Volkswagen Kombi blanca, según el testimonio de su esposa, que presenció, junto a la hija de ambos, el momento del allanamiento y el secuestro.

El hombre, de 56 años, fue trasladado al centro de torturas 300 Carlos, que pertenecía al Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas y funcionaba en el predio del Batallón de Infantería 13. Según el informe de la Comisión para la Paz, Correa falleció bajo tortura en el 300 Carlos el 18 de diciembre de 1975.

Juan Manuel Brieba era un carpintero de 38 años, militante del PCU. Fue secuestrado en su casa a las dos de la tarde del 30 de octubre de 1975 y trasladado primero a la casona de Punta Gorda, ubicada en la rambla República de México y luego al centro clandestino 300 Carlos, donde murió bajo tortura. El fiscal Perciballe pidió el procesamiento con prisión de Parisi por este caso.

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