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Romina Celeste, en el juzgado de Ciudad de la Costa.

Foto: Alessandro Maradei

Romina Celeste no podrá acceder a un acuerdo reparatorio porque el delito que cometió no contempla esta forma de resolución

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La calumnia y simulación de delito es un delito contra la administración de justicia y no contra el honor que denuncian, por ende, el acuerdo reparatorio no tiene andamiaje legal.

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Yamandú Orsi presentó una denuncia por simulación de delito y difamación tras la emisión del programa Santo y Seña de este domingo en el que Romina Celeste Papasso y Paula Díaz reconocieron haber presentado una denuncia penal falsa por una presunta agresión contra el precandidato del Frente Amplio.

Presentar una denuncia falsa tiene consecuencias penales. La calumnia y simulación de delito se tipifica según el Código Penal en el artículo 179. Este es un delito contra la administración de justicia y no contra el honor. Se tipifica cuando alguien “a sabiendas” denuncia “ante la Policía o la Fiscalía [...] un delito que no se ha cometido, o que simule los indicios de un delito, en forma que proceda la iniciación de un procedimiento penal para su averiguación”. Prevé una pena de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría.

La Fiscalía de Ciudad de la Costa de 2º Turno, a cargo de la fiscal Sandra Fleitas, lleva adelante esta investigación, lo cual no le da “garantías” al equipo de defensa de Orsi. Tras declarar en Fiscalía, Papasso habló en rueda de prensa y le propuso un acuerdo abreviado a Orsi, pero no podrá acceder a un acuerdo reparatorio porque el delito que cometió no contempla legalmente esta forma de resolución, según informaron varios abogados penalistas a la diaria.

En el mismo sentido se expresó Francisco Legnani, coordinador de la campaña de Orsi, que dijo a la diaria que “los que admite un acuerdo reparatorio son los delitos contra el honor, como es el caso de las difamaciones y las injurias”. Pero “este es un delito contra la administración de justicia” y “el delito de calumnia y simulación de delito, que está consagrado en el artículo 179 del Código Penal, no admite reparación por ser un delito contra la administración de justicia”. “No admite reparación”, remarcó.

Por lo tanto, “esto sigue para adelante”, señaló Legnani, quien explicó que “ayer se solicitó además el archivo de la causa iniciada en Ciudad de la Costa”, que es la que investigaba a Orsi por esta denuncia falsa.

Además, Legnani cuestionó que una persona que está detenida pueda hablar ante la prensa y solicitar por esta vía una resolución del conflicto penal. Lo calificó como una “situación inusitada”. “Esta solicitud de un acuerdo reparatorio no tiene cabida en este caso”, subrayó para concluir.

Por su parte, Jorge Díaz también se refirió al respecto en Doble click. Dijo que “no existe la posibilidad jurídica de hacer ningún tipo de acuerdo reparatorio”. “No hemos considerado esa posibilidad porque legalmente es imposible”, reafirmó.

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