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Memorial de los Detenidos Desaparecidos, ubicado en el parque Vaz Ferreira, en el Cerro (archivo, 2020).

Foto: Ernesto Ryan

Condenaron a 22 años de cárcel al militar retirado Alexis Grajales por el homicidio del militante del MLN Hugo de los Santos

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De los Santos murió bajo tortura en el Regimiento de Caballería 6, el 3 de setiembre de 1973.

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La jueza en lo penal de 23er turno, Isaura Tórtora, condenó a 22 años al militar retirado Alexis Grajales, en la causa que investiga el asesinato de Hugo de los Santos, ocurrido en setiembre de 1973 en el Regimiento de Caballería 6.

La investigación judicial determinó que en el momento del asesinato de De los Santos, Grajales se encontraba en esa unidad militar junto con Lawrie Rodríguez y Ariel Ubillos, quienes eran los S2 y S3 del regimiento, por lo que eran responsables de los interrogatorios a los detenidos.

En sus declaraciones ante la Justicia, Grajales dijo ser “la única persona autorizada para hablar con el detenido” y señaló que los interrogatorios se hacían con la capucha puesta. Al ser consultado sobre si podía asegurar que no se torturaba a los detenidos, respondió: “No lo puedo asegurar. Puedo asegurar que nadie dio la orden”.

En cuanto al asesinato de De los Santos, Grajales dijo que “estaba por salir de la unidad” cuando un oficial le informó del fallecimiento. Ante el informe de la autopsia y las fotografías del cuerpo del joven, Grajales expresó: “Las fotos que se me exhiben presentan una persona con síntomas de haber recibido lesiones de carácter inhumano”.

La participación de Alexis Grajales en el homicidio de De los Santos en el 6º de Caballería

De “ese hecho concreto, por versiones de camaradas militares, puedo decir que intervinieron por lo menos dos elementos, que son el segundo jefe de la unidad Mayor, Victorino Vázquez, y un capitán de nombre Lauri [sic] Rodríguez”, señaló ante Amnesty International y el Grupo de Apoyo al Secretariado Internacional de Juristas de Suecia el militar retirado Julio César Cooper, quien integró el Regimiento de Caballería 6.

Otros testimonios militares relevados en la causa ubican a Grajales, Rodríguez y Ubilla como los responsables de la lucha antisubversiva en la unidad. La participación de Grajales en calidad de coautor fue determinada por la Justicia al establecer que “ha ejecutado actos que coadyuvaron a la consumación del delito”.

“En el delito de homicidio, autor es quien da muerte y coautor, el que coopera directamente durante el período de consumación”, señala la sentencia, a la que accedió la diaria, en la que Tórtora coincide con la Fiscalía en cuanto a la participación de Grajales como coautor “a título de dolo eventual”.

“La acción del encausado constituye, sin lugar a dudas, el elemento desencadenante de la muerte de la víctima Hugo de los Santos Mendoza, de 21 años de edad, teniendo presente que el mismo fue detenido ilegalmente y sometido a interrogatorio –en el que participó el encausado– mediante apremios físicos de tal entidad que ocasionaron su deceso dos días después de su detención”, señaló la jueza.

Además, sostiene que “no existe atisbo de duda en cuanto a que surge acreditado en los presentes obrados la detención y sometimiento a fuertes apremios físicos, evidenciados en tratos crueles inhumanos y degradantes” a otras tres víctimas del terrorismo de Estado: Milton Antonio Ramírez, Rodolfo Hugo Sarniguet y Héctor Piñeiro Leis.

La sentencia señaló que Grajales “formaba parte de un plan sistemático y coordinado con el objeto de la persecución de los opositores al régimen de facto” y ubica a Grajales entre quienes interrogaron a De los Santos, y “le aplicaron extremos apremios físicos y ocasionaron el deceso del joven De Los Santos que había sido detenido y mantenido en cautiverio e incomunicado en forma ilegal, sin que mediare orden de juez competente, interrogado y sometido a intensos apremios físicos con el resultado letal señalado”.

De los Santos, que pertenecía al Movimiento de Liberación Nacional, fue detenido el 1º de setiembre en las inmediaciones de la Facultad de Agronomía y trasladado al Regimiento de Caballería 6, que funcionaba en Domingo Arena y Arturo Scarone, en la zona de Piedras Blancas.

El certificado de defunción firmado por el médico militar José Mautone sostiene que falleció a consecuencia de un “edema agudo de pulmón”. El cuerpo fue entregado a sus familiares, quienes, sabiendo que había sido víctima de torturas, presentaron una denuncia penal. La Justicia dispuso una nueva autopsia, que concluyó que había muerto a causa de los golpes que le infligieron. En esta etapa del juicio, los abogados denunciantes fueron Pablo Chargoñia, Leonardo Di Cesare y Agustina Rodríguez Onandi.

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