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Foto: Camilo dos Santos

Suprema Corte de Justicia confirmó la condena contra dos militares por desaparición forzada de Óscar Tassino

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Es la primera vez que la SCJ reconoce el delito de desaparición forzada en un crimen de lesa humanidad.

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Leído por Andrés Alba.
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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó la condena a 25 años de penitenciaría contra los militares en situación de reforma Jorge Pajarito Silveira y Ernesto Ramas por seis delitos de privación de libertad, cuatro delitos de abuso de autoridad contra detenidos, cuatro delitos de lesiones graves y un delito de desaparición forzada en calidad de autores en el caso Óscar Tassino.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, los ministros coinciden con lo planteado en agosto de 2023 por el Tribunal de Apelaciones de segundo turno y desestimaron el recurso interpuesto por la defensa de los militares que pretendían revocar la condena de segunda instancia.

“La desaparición forzada se ha configurado, aun cuando no se hallen los restos de Tassino, y además la permanencia del delito es indiscutible, justamente porque, al no aparecer estos, el delito se perpetúa hasta el presente”, cita la sentencia de la SCJ, emitida el 30 de agosto.

Esta es la primera vez que la SCJ admite la tipificación del delito de desaparición forzada, integrada al marco jurídico interno en 2006, a través del artículo 21 de la Ley 18.026, algo que había sido rechazado por diferentes tribunales que entendían que correspondía tipificar el delito de homicidio, por el principio de irretroactividad. Sin embargo, la continuidad del delito anula el argumento de que fue creado posteriormente al hecho.

“En tanto es un delito permanente, se mantiene hasta el día de hoy, no es posible invocar que no estaba tipificado al momento de su comisión. El delito se sigue cometiendo hasta que no se recuperen los restos o se conozca su destino”, señala el fallo de la corte, citando a la ministra Beatriz Larrieu.

La condena de primera instancia estuvo a cargo de la jueza penal de 27° turno, Sol Bellomo, quien en setiembre de 2022 planteó que los hechos investigados “no se ajustan típicamente a la figura delictiva del homicidio, en razón de que la singularidad de tal imputación no considera la multiplicidad de bienes jurídicos lesionados, que no se limitan a la privación de libertad del detenido y a su ejecución clandestina, al vulnerarse los derechos de los familiares de las víctimas, a la convivencia civilizada en sociedad, a la seguridad jurídica y a las bases esenciales del Estado de derecho”.

Por esta causa, también fue condenado el militar en situación de reforma Eduardo Ferro. La jueza Silvia Urioste dispuso en setiembre de 2023 una condena a 21 años de penitenciaría por el delito de desaparición forzada.

La primera vez que la Justicia intentó una condena por desaparición forzada fue en el caso del dictador Gregorio Álvarez, en diciembre de 2007, cuando el juez Luis Charles, a pedido de la fiscal Mirtha Guianze, lo procesó con prisión como coautor de reiterados delitos de desaparición forzada. Sin embargo, esa sentencia fue revocada en octubre de 2009 y la tipificación fue modificada por la de homicidio especialmente agravado, por considerar que se incurría en una aplicación retroactiva de la ley.

Tassino fue detenido el 19 de julio de 1977 en un operativo realizado por Eduardo Ferro, que en ese momento era capitán, Ernesto Ramas y Jorge Pajarito Silveira. Los tres llegaron vestidos de particular a la casa de Ana María Regnier y Hermes Luis Fulle, en la calle Máximo Tajes, donde se realizaría una reunión de militantes del Partido Comunista del Uruguay (PCU).

Al llegar a la casa, sobre las 9.00, fueron detenidos Óscar Tassino y Martín Casco y llevados al centro de detención y torturas La Tablada, mientras que la pareja dueña de casa fue retenida unos días y luego obligada a salir del país. La causa recoge unos 15 testimonios de víctimas de terrorismo de Estado, algunos de ellos coincidieron con Tassino en La Tablada y fueron testigos de su muerte bajo tortura. En los informes de la Comisión para la Paz (2003) y los informes entregados por las FFAA por orden del presidente Tabaré Vázquez hay versiones contradictorias en cuanto al lugar de enterramiento; mientras que el informe de la Comisión para la Paz señala que sus restos fueron enterrados en el Batallón 14, el informe de las FFAA de 2005 señala que fueron enterrados en el Batallón 13.

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