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Vecinos reunidos en defensa del humedal del arroyo Maldonado (archivo, 2 de febrero 2025).

Foto: Natalia Ayala

Agrupación Vecinal presentó acción para que el Estado cumpla con normas de ordenamiento territorial en humedal del arroyo Maldonado

2 minutos de lectura
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Por su parte, la Dinacea ratificó una multa a la Intendencia de Maldonado por los vertidos irregulares en un padrón del humedal, y la Dinabise planteó desestimar el parque propuesto por la comuna.

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La Agrupación Vecinal del Arroyo Maldonado presentó una demanda preparatoria de una acción ciudadana para que el Poder Judicial exija al gobierno nacional y al departamental el cumplimiento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. La demanda, que en el mismo escrito se anuncia, surge de las diversas afectaciones al área del humedal del arroyo Maldonado, en particular, por el relleno con escombros y basura proveniente del exasentamiento Kennedy.

El procedimiento procesal, planteado por el abogado Álvaro Xavier de Mello, se enmarca en la acción ciudadana prevista en el artículo 6 literal c de la ley citada. “Establece la posibilidad de que ciudadanos puedan accionar ante la Justicia cuando no se cumplen con los instrumentos de ordenamiento territorial y las disposiciones de esta ley”, explicó el docente del Centro Universitario Regional del Este (CURE), José Sciandro, a la diaria.

Mediante la diligencia preparatoria reclaman el cumplimiento de la normativa de ordenamiento territorial y solicitan una serie de informes al Ministerio de Ambiente (MA), Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT) y la Intendencia de Maldonado (IDM), respecto de las afectaciones del humedal por el relleno irregular de las antiguas piletas y otras problemáticas anteriores.

La acción iniciada permite adelantar pruebas para “tener conocimiento fidedigno de cómo actuó el Estado, respecto de esta reserva ambiental de Maldonado”. Además, a través de ella, se pretende que el Poder Judicial ejerza su función de contralor último para que el Estado dé cumplimiento a la ley.

Los vecinos plantearon el procedimiento ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de segundo turno. Sin embargo, el titular de ese juzgado resolvió remitirlo al Juzgado Letrado en lo Civil de séptimo turno en Montevideo, en función de que “la demanda no tiene ninguna pretensión económica o indemnizatoria contra el Estado, sino que refiere a la obligación que tiene el gobierno nacional y subnacional de cumplir las normas que protegen al humedal del arroyo Maldonado”, informó Sciandro.

La Dinacea ratificó multa a la IDM

Este viernes, en tanto, el semanario Brecha informó que el titular de la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea), Alejandro Nario, firmó la ratificación de la multa impuesta a la IDM por 40.000 dólares debido a los vertidos irregulares.

La sanción fue definida en abril pasado, pero la directora general de Urbanismo, Soledad Laguarda, la negó en varias entrevistas y aseguró que la IDM cumplió con todas las exigencias establecidas en el último informe técnico del MA. No obstante, Brecha informó que Nario “ratificó” la multa esta semana y que, además, firmó el aval de recomposición presentado por la IDM, “aunque con algunas observaciones”.

Ocurre que la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (Dinabise) planteó “desestimar” el proyecto de parque de la comuna. La dirección, a cargo de Estela Delgado, entiende que “su diseño no se encuentra alineado con las acciones de restauración del ecosistema solicitadas” y podría generar impactos no deseados, como la introducción de especies exóticas.

El semanario indicó que al expediente le resta todavía la firma del ministro de Ambiente, Edgardo Ortuño, que avalaría la decisión de las direcciones.

La IDM “violentó” un área protegida departamental

En cuanto a la pista de picadas de vehículos que la IDM pretendía construir en el humedal del arroyo Maldonado, la vocera de la Agrupación Vecinal del Arroyo Maldonado, Victoria D’Onofrio, enfatizó que no es un lugar para tales fines porque “es un ecoparque metropolitano”.

D’Onofrio aseguró que “no se respetó la normativa vigente” y que “ese lugar fue violentado”, y es un área protegida departamental. No se cumplieron los decretos departamentales 3911/2012 (establece la protección del humedal), 3931/2015 (creación del ecoparque), la Ley 17.283 de Protección del Medio Ambiente y el artículo 47 de la Constitución de la República, que indica que “las personas deberán abstenerse de cualquier acto que cause depredación, destrucción o contaminación graves del medio ambiente”.

Por eso los vecinos exhortan a que se cumpla la normativa y sea mejorada. También creen que es importante que la ciudadanía se informe sobre cómo actuar ante estas problemáticas, con el fin de “proteger el ambiente en que vivimos, cuando el Estado no cumple el rol que debería”.

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