Un grupo de exempleados de Marcelo Balcedo y Paola Fiege en la chacra El Gran Chaparral, ubicada en el Cerro de los Burros, apeló la medida judicial de suspender el remate del padrón principal de la propiedad, que estaba previsto para este jueves 8, con el que esperaban cobrar al menos una parte de los casi 2.000.000 de dólares que reclaman por créditos laborales adeudados desde la detención de la pareja, en 2018, e incluso de antes.
El remate había sido dispuesto por la jueza laboral de 7° turno de Maldonado, Ecatherina Cardozo, quien luego ordenó suspenderlo de forma “urgente” a siete días hábiles de que se concretara. Esto ocurrió tras un exhorto planteado por el juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, a instancias de los fiscales que llevan una causa contra Balcedo por asociación ilícita, lavado de dinero y administración fraudulenta en Argentina. El magistrado alegó que el remate desconocía “medidas cautelares vigentes” que implican “preservar los activos” del exsindicalista.
El documento de la apelación presentado por los abogados de los extrabajadores, Guillermo Ahlers y María Eugenia Nocetti, plantea que la decisión adoptada por Cardozo a tan pocos días de fijada la fecha del remante “es inoportuna”, porque ya se habían realizado las publicaciones legales y se había cumplido con la publicidad por parte del rematador, quien solventó esos gastos.
Además, los abogados argumentaron que la resolución de la jueza “no explica en forma suficiente las razones por las cuales se remitió al pedido que recibió de Argentina mediante la autoridad central”. Consideran que, en Uruguay, solo un juez penal debió recibir ese pedido, como ya se había pedido en otras ocasiones por el Juzgado de Crimen Organizado. “El juez penal es el natural para recibir ese tipo de cooperación y no un juez laboral”, remarcaron.
También expresaron que “lo más grave” es la falta de efectividad de los derechos laborales. “A ocho años de un periplo judicial, se les suspende el remate, que solo beneficia a Balcedo y Fiege, quienes no perderán su residencia en El Gran Chaparral mientras se sigue discutiendo el tema en Argentina, congelando la discusión hasta que se resuelva la situación allí, y más aún cuando continuamente están pidiendo asilo en Uruguay”, resumió Ahlers a la diaria.
En el escrito, de 30 páginas, los abogados enfatizaron que la Justicia uruguaya “no debe paralizar un remate por el pedido de un juez argentino cuando ni siquiera hay sentencia en ese país”, a diferencia de los trabajadores que sí tienen sentencias a su favor. Además, entienden que, si Argentina pretende el dinero que se podía obtener en la subasta, “podría comparecer en el juzgado a hacer el planteo, pero eso no debió determinar la paralización del remate”.
Una medida “muy perjudicial” para los derechos laborales
Apoyan también esa posición en una sentencia de la Suprema Corte de Justicia que decidió una contienda de competencia entre el Juzgado Laboral y el Juzgado Penal de Ejecución y Vigilancia de Maldonado, cuando la propia jueza Cardozo decidió seguir adelante con los embargos contra los bienes de Balcedo, mientras la jueza penal sostenía que no podía afectar esos bienes por el pedido de Argentina. Ahora Cardozo “dio marcha atrás”, señalan.
Ahlers recordó que la posición de Argentina sobre el reclamo de los bienes de Balcedo “no es nueva”: “En esta oportunidad ya se insistió por el remate publicado, pero el problema ya había sido decidido años atrás”, insistió.
Por otra parte, los trabajadores consideran que son los preferentes para rematar porque son los acreedores embargantes en el registro en primer lugar. “En Argentina no hay una deuda determinada por un juez, sino que es un embargo preventivo de un juicio que no se sabrá cuándo terminará”, puntualizaron los abogados.
En línea con lo indicado semanas atrás a la diaria, Ahlers insistió en que la decisión “contradice la tutela jurisdiccional efectiva y los compromisos internacionales de derechos humanos en protección de los trabajadores”.
La intención es revertir la situación, bajo el entendido de que “sería generar un precedente muy perjudicial para los trabajadores que logran tener sentencias que no se cumplen en Uruguay si aparece un pedido de un juez extranjero que paralice los fallos dictados en la República”. Además, todos los tratados de cooperación siempre dejan a salvo a los terceros de buena fe, como ocurre con los trabajadores, enfatizó el abogado.