Mundo Ingresá
Mundo

Manifestantes contrarios a la modificación de la Ley de los Glaciares, próximo al Congreso Argentino, el 8 de abril, en Buenos Aires.

Foto: Tomás Cuesta, AFP

Organizaciones sociales intentan revertir los cambios a la Ley de Glaciares impulsados por Milei

3 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

El Congreso aprobó la modificación de la norma, de modo que excluye el análisis por parte de científicos y deja en manos de cada provincia la decisión de proteger o no un glaciar y su entorno.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Podrán escuchar este artículo quienes estén registrados.
Escuchá este artículo

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Leído por Mathías Buela
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

En Argentina el Congreso dio su aval el 9 de abril para modificar la Ley 26.639 de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, sancionada en 2010, que reconocía al ambiente glaciar y periglaciar (que son las zonas protegidas cercanas) por su importancia estratégica como fuente invaluable de agua dulce y por su capacidad para mitigar los efectos del cambio climático. De esa manera, los distintos tipos de glaciares del país quedaban al resguardo de la actividad minera en áreas que son clave para la conservación y provisión de agua dulce.

Frente al avance en la modificación de la ley, diversas organizaciones socioambientales, científicas y jurídicas se opusieron, tras advertir que el objetivo de fondo perseguía una apertura al mayor desarrollo de proyectos mineros en zonas que hasta el momento eran restringidas. Sin embargo, 137 diputados votaron a favor (frente a 111 votos en contra) y lograron flexibilizar la protección inicial. Entre los cambios más importantes se buscó limitar la protección de glaciares y geoformas periglaciares, restringiéndola solo a aquellos identificados con “funciones hídricas específicas”.

¿Cómo y quién determina que cumplen esas funciones? Hasta antes de la reforma, esa decisión estaba a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), dependiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet), que es el único organismo científico nacional encargado de hacer el inventario de geoformas glaciares (las reservas de agua dulce). “Éramos el único instrumento válido que tenía el país para determinar cuándo se podía intervenir un ambiente glaciar y periglaciar y cuándo no. Pero ahora cada provincia está habilitada para intervenir ese inventario, independientemente de lo que se indica el Ianiglia, con posibilidad de modificarlo, ajustarlo y adecuarlo en función de sus necesidades o intereses”, dijo a la diaria Andrés Lo Veccio, doctor en Geografía e investigador del Ianiglia.

En el país hay 16.968 glaciares distribuidos entre la cordillera de los Andes y las islas del Atlántico Sur, que equivalen a una superficie de 8.484 kilómetros cuadrados, según se indica en el Inventario Nacional de Glaciares perteneciente al Ianiglia.

La insistencia por modificar la Ley de Glaciares

Desde que Javier Milei asumió la presidencia en diciembre de 2023, insiste con esta modificación para flexibilizar las restricciones a la actividad económica, especialmente en el área de la minería. Finalmente, en diciembre del año pasado, y fuera del período ordinario, el proyecto de modificación ingresó al Senado para ser tratado “con urgencia”. El Ejecutivo habilitó sesiones extraordinarias y buscó darle un “tratamiento exprés” bajo el argumento de “remover obstáculos para el desarrollo”, indicando que la norma actual limitaba actividades económicas en la zona. Para avanzar, propuso un cambio fundamental: que cada provincia decida qué glaciares proteger y cuáles no, en contraposición al actual sistema de evaluación científico.

Al respecto, Gonzalo Vergez, coordinador legal de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, dijo a la diaria que el tratamiento en sesiones extraordinarias “fue totalmente innecesario, ya que no hay nada que científica ni jurídicamente apure la modificación de esta norma de manera urgente”, y que se trata de una nueva ley “anticonstitucional y regresiva”.

Asimismo, en marzo, antes del tratamiento de la norma en Diputados, se convocó a una audiencia pública con dos jornadas que superaron ampliamente la capacidad para recibirlas: “Fueron 102.016 personas, aunque solo llegaron a participar unas 300. Nos cambiaron totalmente las reglas de juego y vulneraron principios legislativos y otros que fueron marcados por el Acuerdo de Escazú, enviando a más de 100.000 personas a que realizaran una ponencia por mail o subieran un video a Youtube para manifestar su posición, vulnerando así su participación. Por otro lado, desde el Ejecutivo no se presentó ni una sola argumentación jurídica, académica ni dogmática que justifique la causa urgente de esta modificación”, manifestó Vergez.

En términos técnicos, el abogado ambiental agregó que la ley desnaturaliza el sistema de leyes de presupuestos mínimos de marco uniforme al dejar al criterio de cada provincia la relevancia hídrica de los glaciares: “Se trata de una mirada totalmente sesgada, ya que supone que la minería realizada sobre una determinada zona glaciar afectaría exclusivamente a ese territorio, y omite que los glaciares son los que abastecen a la mayoría de los ríos cordilleranos, que, a su vez, abastecen a las 32 cuencas hídricas que proveen el recurso para distintas actividades del país vinculadas al turismo, la agricultura y la pesca, entre otras. A su vez, señaló que no se puede considerar al agua como un elemento “divisible”. “El agua alimenta cuencas, ríos y tiene incidencia interjurisdiccional; considerarla divisible es un error técnico y jurídico gravísimo”, destacó.

“Ahora se inicia una nueva instancia penal, en la que las principales organizaciones socioambientales convocan a toda la ciudadanía a redactar una demanda colectiva que frene este proceso viciado de irregularidades y graves errores técnicos”, agregó Vergez.

Ya que más de 100.000 personas que se anotaron a la audiencia pública no pudieron participar y expresar su rechazo de manera adecuada, desde las organizaciones sociales se está llamando a redactar la denominada “demanda colectiva más grande de la historia”. “La respuesta está en manos de todas las personas: la ciudadanía será la protagonista de la lucha por recuperar la ley. Si no quisieron escuchar en el Congreso, van a escuchar en la Justicia”, concluye Vergez.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa el acontecer internacional?
None
Suscribite
¿Te interesa el acontecer internacional?
Recibí la newsletter Mundo en tu email todos los domingos.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura