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El caso De León

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Algo de bueno tiene la sucesión de denuncias de corrupción contra políticos en los últimos tiempos: nos dan la oportunidad de profundizar y afinar nuestra comprensión de relaciones complejas entre la ética, las leyes y la política. El pronunciamiento del fiscal Luis Pacheco acerca de las acusaciones contra el senador Leonardo de León aporta mucho en este sentido.

De León fue denunciado por su manejo de tarjetas corporativas de Alcoholes del Uruguay (Alur) cuando integraba el directorio de esa empresa. Pacheco reconoce que “hizo un uso discrecional de las tarjetas, en el país y en el exterior, por sumas significativas, y sin rendir cuentas”, pero decidió que no corresponde iniciarle un proceso penal.

Alur es una sociedad anónima, regida por las normas del derecho privado, aunque 90,79% de sus acciones pertenezcan a ANCAP. Por lo tanto, sostiene Pacheco, sus directores no pueden ser considerados funcionarios públicos a los efectos del derecho penal. Además, no había normas en Alur para el uso de las tarjetas corporativas o de los viáticos, ni se controlaba el uso de unas u otros, de modo que De León no infringió ningún reglamento interno.

La Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), que es un organismo, evaluó las mismas conductas de De León y concluyó en que este violó normas en materia de probidad, rectitud, legalidad, implicancias, buena administración financiera, rendición de cuentas y prohibición de uso indebido de fondos. El fiscal no halló ninguna infracción de normas penales que determine el inicio de un proceso. La opinión de la Jutep no obliga a Pacheco ni al Poder Judicial (que no puede procesar contra la opinión de la fiscalía).

Muchas conductas que cualquier ciudadano tiene derecho a considerar inmorales no violan ninguna norma; y muchas otras violan normas pero no son delitos penales.

Los partidos pueden –y obviamente deberían– impulsar leyes que regulen en forma más estricta la actividad de numerosas empresas que, como Alur, son subsidiarias de organismos públicos pero actúan en el marco del derecho privado. Su proliferación se ha defendido con el argumento de que, para la actividad comercial competitiva, conviene prescindir de trabas burocráticas; ahora está muy claro que esto tiene sus riesgos.

Por otro lado, el Tribunal de Conducta Política (TCP) del Frente Amplio está considerando el caso De León, y transmitirá sus conclusiones al Plenario Nacional de esa fuerza política. El TCP no es un organismo judicial ni un “tribunal de ética”, sino (como su nombre lo indica) uno encargado de determinar si alguien que integra el FA violó normas internas, incluyendo los “Lineamientos de conducta para la función pública” aprobados en abril de 2004. Su actuación en el caso de Raúl Sendic fue decisiva para que el oficialismo saliera de una situación complicadísima, que no era responsabilidad exclusiva del entonces vicepresidente de la República. Una vez más, el TCP tiene en sus manos una brasa: ojalá que su informe, y lo que se resuelva a partir de este, contribuyan a que la ciudadanía valore mejor que no sólo lo ilegal puede ser inaceptable.

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