Opinión Ingresá
Opinión

Los límites de la legítima defensa

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

Un chiquilín de 15 años murió, el sábado de la semana pasada, en la seccional 5ª de Dolores, Soriano. Lo electrocutó un alambrado conectado a un tomacorriente, con el que el propietario de una chacra quiso proteger a sus animales, a las papas que produce y a las semillas de que dispone.

Cuando las cercas electrificadas se instalan como es debido, de acuerdo con las normas vigentes en la materia, no pueden causarle la muerte a nadie. Tienen un efecto doloroso disuasorio para los animales (que, obviamente, su propietario no quiere perder) y para los intrusos humanos. En este caso, el dispositivo fue obra del dueño del predio, sin la intervención técnica requerida, y –por ignorancia o con mala intención– era inevitablemente letal.

La legislación penal reconoce, de modo inequívoco, que la vida humana tiene un valor muy superior al de una bolsa de papas. El derecho de cualquier persona a defender sus propiedades no habilita a cometer un homicidio que, según considera la fiscal actuante, se cometió “con dolo eventual”. Esto significa que el imputado tuvo que haber imaginado que su instalación podía matar a alguien, pero que de todos modos la realizó.

Ese homicidio tuvo repercusiones lamentables. Por ejemplo, en algunos medios de comunicación se destacó la indagatoria sobre los motivos del joven para tocar el alambrado, casi postulando que, si quería cometer un hurto, la responsabilidad de quien causó la muerte podía considerarse menor. Pero más graves fueron los comentarios de Carlos María Uriarte, designado de antemano por Luis Lacalle Pou para el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Uriarte haría bien en darse cuenta de que, si bien decir barbaridades nunca es adecuado, como futuro ministro de Estado tiene responsabilidades mucho mayores que como dirigente ruralista.

Uriarte lamentó lo sucedido, pero añadió que “ante la falta de protección del Estado, la gente está recurriendo a defenderse por sí sola” para afrontar la inseguridad en el medio rural. En otras palabras, dio a entender –en abierto conflicto con el Código Penal– que la presunta omisión estatal en la defensa de la propiedad explica, o tal vez atenúa, la conducta homicida.

Uriarte haría bien en darse cuenta de que, si bien decir barbaridades nunca es adecuado, como futuro ministro de Estado tiene responsabilidades mucho mayores que como dirigente ruralista. Pero no se trata sólo de la opinión de Uriarte: el artículo 1 del borrador del proyecto de ley de urgente consideración se refiere a la misma cuestión, y es aun más preocupante.

Actualmente el Código Penal establece, entre los requisitos para la exención de responsabilidad por “legítima defensa”, que debe existir una “necesidad racional del medio empleado” para repeler una agresión ilegítima o impedir un daño. El artículo 1 del anteproyecto propone agregar que “se considerará racional la convicción objetivamente fundada de quien se defiende, respecto del medio empleado”. La redacción es torpe, pero la intención es clara. Cuando las personas están o se consideran en peligro, sus convicciones subjetivas sobre lo que deben hacer para defenderse pueden ser muy poco racionales, y si los jueces quedaran obligados a tenerlas en cuenta, se le abriría paso a la justificación de cualquier exceso.

¿Te interesan las opiniones?
None
Suscribite
¿Te interesan las opiniones?
Recibí el newsletter de Opinión en tu email.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura