Opinión Ingresá
Opinión

Efectos de la reforma de la seguridad social (III): más AFAP

7 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

En columnas anteriores publicadas en este medio1 me referí a la disminución del monto de las jubilaciones y pensiones y al aumento de la edad jubilatoria que se dará de prosperar la reforma a estudio de la Cámara de Diputados. En este artículo nos centraremos en las razones y estudios que muestran cómo se extienden las AFAP a todas las personas trabajadoras obligatoriamente: para todas las cajas y cualquiera sea el salario.

El proyecto establece que se incorporan a este sistema todos los nuevos trabajadores/as luego de seis meses de vigencia de la ley, de todas las cajas y cualquiera sea su salario, así como personas que por cambio de trabajo pasan de una caja a otra. Por ejemplo, quienes estuvieron trabajando afiliados a las cajas bancaria, militar, policial, profesional, notarial y pasan a trabajar a una actividad amparada por el Banco de Previsión Social (BPS). Al mismo tiempo, se derogan las posibilidades de desafiliación de las AFAP establecidas por ley durante el gobierno del Frente Amplio.

Cuando se habla de sistema mixto, en muchos casos se confunde o se cree que se trata de un sistema que únicamente tiene AFAP. Pero hay otras formas de sistemas mixtos en el mundo. En aproximadamente 200 países que existen, sólo en una veintena de ellos existen AFAP o similares. Y en estos últimos años se aprecia un proceso de reversión total o parcial de estos sistemas y de fortalecimiento de sistemas solidarios.2 Entre 1981 y 2014, 30 países habían implementado procesos de privatización de las jubilaciones y pensiones (14 en América Latina, otros 14 en Europa del Este-Eurasia y dos en África). Recientemente, 18 de ellos han desarrollado procesos de reversión parcial o total.

Estamos de acuerdo con la existencia de sistemas mixtos, pero ello puede hacerse de diversas formas.

El sistema mixto en Uruguay

Recordemos algo acerca del sistema mixto en Uruguay. Las AFAP se crearon en 1995 por la Ley 16.713 y hoy funcionan cuatro: República AFAP, con capitales del Estado (Banco República, BPS, Banco de Seguros del Estado) y otras tres de capitales de bancos internacionales (Sura, Unión Capital e Integración). Tienen aproximadamente 1.500.000 personas afiliadas (de las cuales cotizan regularmente entre 55% y 60% del total) y administran un fondo de cerca de 20.000 millones de dólares, que equivale a la tercera parte de la economía nacional (producto interno bruto, PIB). Reciben unos 1.200 millones anuales de transferencias desde el BPS por los aportes correspondientes de trabajadores/as.3

Cuando una persona se afilia a este sistema, hoy aporta obligatoriamente 15% de su salario. Más o menos la mitad va al BPS y la otra mitad a una cuenta individual en la AFAP. Cuando esa persona se jubila con AFAP, recibe una parte mayoritaria de su jubilación del BPS y otra parte, minoritaria, generada en la AFAP, del BSE. Esta parte de la jubilación se llama renta vitalicia. El BSE actúa como aseguradora. Inicialmente había también aseguradoras privadas que cumplían esta función, pero como era un negocio no rentable, se retiraron y queda hoy sólo el Estado, el BSE.4

En la gran mayoría de los casos, como las personas no estaban ni están obligadas a afiliarse a una AFAP por ser sus ingresos inferiores a 78.770 pesos (de hoy, eran los 5.000 pesos de aquellos tiempos), la Ley 16.713 de 1995 que creó el actual sistema estableció (para ampliar el negocio de las AFAP), que el BPS pagara hasta 50% más de su parte de jubilación para estas personas no obligadas (artículos 8 y 28 de la ley). Obviamente, a costo importante para el BPS, que se suma al denominado “déficit”. Sin duda, también, se trata de un beneficio para las personas, ya que sin ello estarían peor. Y recordemos: este beneficio con la reforma, a futuro, desaparece...5

El monto promedio mensual de jubilación/renta vitalicia que paga en general el BSE es de 7.599 pesos en promedio (2021). De un total de 19.000 rentas vitalicias generadas más recientemente y, por lo tanto, las que tienen más años de aportes, unas 13.000 (68%) son por un monto inferior a 5.000 pesos, y con un promedio entre ellas de sólo 1.800 pesos.6 Esto no es lo que se había pronosticado por los promotores de la reforma desde 1995.7

Hasta ahora, el sistema es jurídicamente voluntario para 80-85% de las personas, y sólo es obligatorio para quienes están en el BPS (no en otras cajas) y tienen salario superior a 78.770 pesos.

La reforma a estudio del Parlamento propone la afiliación a las AFAP de todas las personas. Ahora con la reforma, se pasa a un sistema jurídicamente obligatorio y universal, con aportes personales obligatorios, y además, otros voluntarios y complementarios, que irán a cuentas en AFAP. La libertad (tan pregonada por esta coalición en el gobierno) se sustituye por la obligatoriedad universal.

Para nuevos trabajadores y trabajadoras, ya luego de seis meses de vigencia de la ley, el aporte obligatorio será de 10% al BPS y 5% a la AFAP. Para los que ya están afiliados seguirá siendo de aproximadamente 7,5% y 7,5%.

Y con más aportes de trabajadores y trabajadoras. Asimismo, irán a cuentas individuales en AFAP otros aportes, además de los obligatorios: los denominados voluntarios y complementarios, entre ellos algunos voluntarios que pasarán a ser obligatorios si así lo decide el Poder Ejecutivo entre las muchísimas facultades que esta reforma le asigna.8 Por ejemplo, los descuentos de 2 y 9 puntos del IVA por pago con tarjeta (artículos 132 y 134 de la reforma). Ya lo decíamos en el informe al Frente Amplio el 29 de agosto de 2022: “Se trata de un aumento encubierto de la imposición que recae sobre los trabajadores, un aumento encubierto de los aportes personales que los trabajadores realizan a la seguridad social”.

Pero también van los aportes de actividad en los casos de continuar haciéndolo luego de estar jubilado/a por la compatibilidad de trabajo y jubilación (artículo 233). Y también si se generan por convenios los aportes complementarios. Recordemos que las cámaras empresariales han reiterado que no están dispuestas a poner un peso más...

Otras razones, entonces, para afirmar que esta reforma la pagan los trabajadores y trabajadoras.

Ventajas para las AFAP privadas

Asimismo, observemos las ventajas legales que logran las AFAP propiedad de capital privado con la reforma: lo que no lograron en 27 años de la promocionada competencia en “la cancha”, ahora lo logran “en la liga”, con la reforma. Por ejemplo, hasta ahora se prioriza la AFAP de menor comisión cobrada por administrar la plata de trabajadores y trabajadoras (y siempre fue República AFAP), pero eso se flexibiliza en caso de aprobarse la reforma, para dar oportunidad a las otras tres de propiedad privada. Además, se facilita que las AFAP puedan captar una mayor proporción del negocio, donde ingresan trabajadores y trabajadoras con ingresos más seguros y formales y mayores al promedio del BPS en general (de los sectores bancarios, militares, policías, profesionales, notariales). Con mayores incertidumbres, inseguridades, riesgos para los trabajadores con la reforma y menor protección del Estado.

La reforma a estudio del Parlamento propone la afiliación a las AFAP de todas las personas. La libertad (tan pregonada por esta coalición en el gobierno) se sustituye por la obligatoriedad universal.

Dos ejemplos: a) las mayores posibilidades de inversiones de las AFAP en el exterior según el artículo 117 de la reforma (sube de 15% a 35%), aspecto que debe ser especialmente analizado y más aún en estos días de crisis en importantes bancos europeos y de Estados Unidos; b) la creación de un tercer fondo para trabajadores/as más jóvenes con inversiones que generan más riesgo para las personas.9

República AFAP es propiedad del Estado, tiene aproximadamente 45% de los afiliados y 55% de los fondos, es la que cobra menos comisión (se vienen rebajando desde 2005 por decisiones de República AFAP y por la Ley 19.590, de 2018, en el gobierno del Frente Amplio) y ha tenido rentabilidades similares a las demás; sus afiliados tienen la mejor densidad de cotización y formalidad; dentro del sistema vigente, es la que más ha invertido en proyectos en el país y es la única que tiene atención en capitales de todos los departamentos. Eso se hizo por decisiones tomadas en estos años y en particular en los gobiernos del Frente Amplio desde 2005, y más allá de las diversas opiniones que se tengan en general sobre este sistema.

Las altas comisiones que cobran las AFAP privadas por administrar la plata de los trabajadores se mantienen entre 19% y 22% del aporte mensual. Pese a las rebajas que se aplicaron en los períodos de gobierno del Frente Amplio, siguen siendo altas y además se propone que puedan ser cobradas también sobre el fondo acumulado en la cuenta individual de cada trabajador (artículo 109, numerales 3 y 5.A). Esto puede significar que una persona que está desocupada, sin trabajo, igualmente esté pagando comisión a la AFAP.

Las ganancias de las AFAP como empresas, como sociedades anónimas, resultado de las comisiones que cobran a los afiliados, hasta 2017, eran de las más altas en América Latina. Según los años, entre 30% y 60% sobre patrimonio y comisiones,10 muy por encima de la rentabilidad de todas las actividades de la economía. Por ejemplo, en 2017 las ganancias de las tres AFAP de capital privado alcanzaron los 37 millones de dólares. Por la ley de tope de comisiones, bajaron a 12 millones en 2021.11

El alto y largo costo de la transición al régimen con AFAP

Repasemos este otro resultado: 27 años después de creado el actual régimen con AFAP, el BPS paga unas 800.000 pasividades (entre ellas unas 480.000 jubilaciones y 230.000 pensiones) y las aseguradoras por AFAP, sólo unas 70.000 (unas 36.000 jubilaciones comunes, 18.000 por incapacidad y unas 24.000 pensiones). Esta es una enseñanza importante: la transición demora y cuesta. Aun en la concepción de los impulsores de este sistema, suponiendo que funciona como lo pronosticaron, no es de un día para otro. Porque se repartan los aportes de la gente entre el BPS y las AFAP, no se reparten inmediatamente los gastos del pago de jubilaciones... No es así. Demora y cuesta mucho. Con base en datos del propio gobierno, este costo de transición sólo para las tres cajas paraestatales (Bancaria, Profesional y Notarial) es de unos 5.000 millones de dólares en las próximas décadas.12 Hay que agregar el costo para las cajas Militar y Policial. Costos que deberá pagar toda la población.

Trataremos de seguir ayudando a conocer esta reforma. Ahora el gobierno anuncia algunos cambios que no modifican la sustancia de la reforma, y el plazo para aprobarse. Hasta la próxima, si les parece, donde trataremos la pérdida de garantías para la gente debido a las excesivas facultades que la reforma otorga al gobierno de turno y la Agencia Reguladora que se crea.

Ernesto Murro fue ministro de Trabajo y Seguridad Social y presidente del BPS. Este es el tercero de una serie de artículos sobre la reforma de jubilaciones y pensiones que se están publicando en la diaria.


  1. Ver https://ladiaria.com.uy/opinion/articulo/2023/3/efectos-de-la-reforma-de-la-seguridad-social-i-menos-plata-para-jubilados-y-pensionistas/ y https://ladiaria.com.uy/opinion/articulo/2023/3/efectos-de-la-reforma-de-la-seguridad-social-ii-mas-anos-para-acceder-a-derechos/ 

  2. Reversión de la privatización de las pensiones: reconstruyendo los sistemas públicos de pensiones en Europa del Este y América Latina. Isabel Ortiz, Fabio Durán-Valverde, Stefan Urban, Veronika Wodsak y Zhiming Yu, OIT, 2018. 

  3. Por más datos estadísticos sobre el régimen de ahorro individual (AFAP) puede verse el Boletín Estadístico BPS 2022, 31 de agosto de 2022, págs.. 201 y siguientes. 

  4. Tema sustancial que también deberemos encarar y que la reforma tampoco aborda. El BSE se ha transformado en un organismo muy importante en el sistema previsional y debe administrar un fondo de alto impacto en la economía nacional. 

  5. Ver https://ladiaria.com.uy/opinion/articulo/2023/3/efectos-de-la-reforma-de-la-seguridad-social-i-menos-plata-para-jubilados-y-pensionistas/. Se deroga este beneficio por el artículo 17, literal D del proyecto de reforma. 

  6. Otras 3.500 rentas son de entre 5.000 y 10.000 pesos, en promedio de 6.700 pesos, y sólo unas 2.500 superan los 10.000 pesos (Fuente: BSE, actualizado a diciembre de 2020). 

  7. Por ampliación de esta visión histórica, puede verse La seguridad social en el Uruguay hoy. Una visión social, de julio de 1997, libro producido por el Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS, editado por La República con apoyo de Comisiones Obreras de España. 160 págs., varios autores. 

  8. Tema que trataremos de desarrollar en la próxima columna que se publicará en la diaria

  9. Reconocido por el propio gobierno actual en comparecencia en la comisión de Diputados que analiza la reforma. Ver acta del 22 de marzo de 2023, pág. 40: “Bien sabemos que el riesgo y el retorno van en sentidos opuestos, por lo cual compete al gobierno dar un umbral total de riesgo dentro del cual cada administradora va a manejar su portafolio de inversiones de manera de maximizar el rendimiento”. 

  10. Ver boletines de AIOS, Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones, a la que por Uruguay informa el Banco Central, BCU. Ejemplo: Boletín estadístico de diciembre de 2021. 

  11. Por ampliación, ver Informe del Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS, ERT-PIT-CNT, 7/2022. 

  12. Presentación del gobierno en la comisión de la Cámara de Diputados, 7/2/2023. 

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesan las opiniones?
None
Suscribite
¿Te interesan las opiniones?
Recibí la newsletter de Opinión en tu email todos los sábados.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura