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Joselo López y Martín Pereira, durante conferencia de prensa (archivo, mayo de 2020).

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COFE rechaza “completamente” nuevo proyecto sobre certificaciones médicas

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El sindicato advierte que en caso de que existan dos empleos se dará prioridad a la percepción del subsidio en el empleo público, lo que terminará perjudicando a los trabajadores de la salud.

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Leído por Andrés Alba.
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El cambio en el régimen de las certificaciones médicas de los funcionarios dividió las aguas en el Parlamento. En el presupuesto de 2020 se establecieron modificaciones en los pagos por licencias médicas, pero ante la falta de consenso los senadores del oficialismo acordaron crear una comisión para presentar una nueva propuesta.

La comisión estaba encomendada a diseñar un “único sistema” de subsidio por enfermedad y accidentes, que tuviera en cuenta las “excepciones y particularidades de los diferentes grupos de funcionarios”. La integró la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Salud Pública (MSP), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Banco de Previsión Social (BPS), el Banco de Seguros del Estado, la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE) y el Colegio Médico.

Tras siete sesiones de la comisión, la ONSC redactó un proyecto de ley que mantiene los aspectos centrales de lo aprobado en la ley de presupuesto. El texto está a estudio de Presidencia y podrá sufrir cambios, dijeron fuentes del gobierno a la diaria. El representante de COFE, José Lorenzo López, dijo a la diaria que “la comisión no funcionó como debía funcionar” y tan sólo participaron dos veces. “El gobierno ahora presenta unilateralmente un proyecto de ley, que nosotros rechazamos completamente”, adelantó.

El artículo aprobado en el presupuesto establece que los trabajadores no tendrán derecho a percibir retribución alguna por los primeros tres días desde el comienzo de cada licencia por enfermedad o accidente. A partir del cuarto día, recibirán un subsidio de 75% de su salario, sin contar los beneficios sociales y la antigüedad. También se determinó que tendrán la posibilidad de percibir 100% de su salario por enfermedad o accidente por cinco días de licencia el primer año, que se acumulan por tres días por año, con la posibilidad de llegar a un máximo de 15 días.

En la exposición de motivos del proyecto de ley elaborado por la ONSC, que adelantó El Observador y al que accedió la diaria, se señala que la ONSC, cumpliendo con el artículo del presupuesto, elaboró un diagnóstico de la situación de cantidad de funcionarios que han solicitado licencia por enfermedad o accidente laboral en los últimos cinco años –que muestra un aumento en la cantidad de certificaciones– y procesó información de los distintos sistemas de certificación del Estado –en la que se constató una “fuerte dispersión” en los sistemas, que dificulta un “control centralizado”–.

En el proyecto se argumenta que para los trabajadores afiliados al BPS rige el Decreto Ley 14.407, aprobado en 1975, que determina que en caso de certificación médica se le otorgará un subsidio de 70% del salario del trabajador. La iniciativa del gobierno apunta, justamente, a equiparar el mecanismo de certificación de los trabajadores privados y los públicos.

Entre los agregados al régimen establecido por el presupuesto, se incluyen instrumentos que “armonizan la cobertura en caso de pluriactividad, con el subsidio de enfermedad para los trabajadores privados afiliados al BPS. En este sentido, se da prioridad a la percepción del subsidio por enfermedad por el empleo público”. En el proyecto se establece que si sumados ambos ingresos no se supera el tope vigente para el subsidio por enfermedad, el BPS o la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias “abonará el subsidio por enfermedad por las actividades amparadas por dicha norma”.

Este punto es uno de los más cuestionados por COFE, ya que entiende que se trata de un “castigo” para los trabajadores con doble empleo. “Los más perjudicados van a ser los trabajadores de la salud, aquellos que se planteaba que había que aplaudirlos por la pandemia, porque la mayoría de estos trabajadores trabajan en la actividad pública y privada”, señaló López.

A modo de ejemplo señaló que en el caso de que un trabajador se tenga que realizar una intervención quirúrgica y tenga licencia médica por un mes, no cobrará uno de los dos sueldos porque el subsidio tiene un tope. “En el momento en que más necesita su sueldo, se lo van a quitar. Es muy jodido”, agregó. Según explicó López, el tope es de aproximadamente 60.000 pesos, por lo tanto, “si vos tenés un salario de 80.000 pesos nominales en el Estado, te pagan 75% y eso significa que vas a cobrar 60.000 pesos y ya el otro salario no lo cobrás”.

El proyecto también contempla dos situaciones para la certificación prolongada –accidente de trabajo durante la actividad y embarazo–, en que el funcionario recibirá 100% de su salario. En caso de hospitalización, también se prevé un subsidio por enfermedad de 100% del salario mientras se mantenga la internación y durante siete días si se debe hacer reposo domiciliario por indicación médica.

Se determina, además, que los trabajadores que estaban en funciones antes del 1º de enero de este año podrán contar con cinco días de licencia médica y cada año se acumularán tres días hasta un máximo de 15 días. En tanto, los funcionarios que ingresen luego de esa fecha “computarán por el año de ingreso los días resultantes a proporción del tiempo trabajado en el año civil”.

Para evitar la “dispersión en materia de certificaciones”, se dispone que el certificador de salud debe informar al BPS, que luego procederá a informar a la ONSC, el organismo encargado de la supervisión y el control del nuevo régimen: “Se establece la posibilidad de auditar las certificaciones por el servicio médico del organismo, se trate de certificaciones prolongadas o por visita en el domicilio fijado para la convalecencia. Se regulan expresamente las situaciones que darían lugar a la pérdida de acceso al subsidio por enfermedad”, se indica en la exposición de motivos.

La iniciativa prevé que en caso de que el organismo constate que un funcionario hizo uso de su licencia por enfermedad sin cumplir con “las disposiciones reglamentarias”, el MSP podrá multar a la prestadora de salud con desde 5.000 unidades indexadas hasta 15.000. Asimismo, el trabajador podrá perder el derecho al subsidio.

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