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Jefatura de la Zona Operacional 5 de la Jefatura de Montevideo. Foto: s/d de autor

Senador frenteamplista envió pedido de informe al MI por frase “Hay orden de no aflojar” en sedes policiales

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Charles Carrera afirma que es “político-partidaria” por lo que los responsables incurrieron “en clara violación” de la Constitución y la Ley Orgánica Policial.

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El senador del Frente Amplio Charles Carrera envió este lunes un pedido de informe al Ministerio del Interior (MI) en el que solicita información sobre la estampa de la frase “Hay orden de no aflojar” en la fachada de la Jefatura de la Zona Operacional 5 de Montevideo con las iniciales “JWLF”, en homenaje al fallecido exministro del Interior Jorge Larrañaga. El dirigente blanco había adoptado esa frase asociada al líder histórico del Partido Nacional, Aparicio Saravia. La frase también se pintó en el interior de la Escuela Policial de Escala Básica de la Jefatura de Canelones.

En el pedido de informe, Carrera señala que se tratan de “frases político-partidarias”, por lo que los responsables incurrieron “en clara violación” del artículo 77 numeral 4 de la Constitución de la República y del literal O del artículo 36 de la Ley Orgánica Policial (19.315), “que establecen la abstención de manifestaciones políticas por parte de la Policía”.

Por tanto, solicita que se informe “si quienes realizaron la frase tenían conocimiento de que es una frase política y está prohibida por la Constitución de la República y la Ley Orgánica Policial” y “si ante tal fragrante violación a las normas jurídicas, se tomaron medidas administrativas en general (incluyendo información de urgencia, investigación administrativa o sumario administrativo)”.

El numeral 4 del artículo 77 de la Constitución establece que los funcionarios policiales deberán abstenerse “de formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”. En tanto, el literal O del artículo 36 de la Ley 19.315 señala que es un deber inherente del funcionario policial “abstenerse de toda actividad política, pública o privada, salvo el voto”.

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