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Intendencia de Salto prohibió el uso y la comercialización de la pirotecnia sonora

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Lo recaudado por las multas se destinará en parte a instituciones que trabajen con personas autistas y protectoras de animales.

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La Intendencia de Salto se sumó a los departamentos que por decreto municipal prohíben la venta y el uso de pirotecnia sonora. La iniciativa surgió de la Junta Departamental de Salto y se aprobó con los votos de todos los ediles del Frente Amplio, el Partido Nacional y el Partido Colorado, las tres fuerzas con representación en el legislativo comunal.

En un video difundido en redes sociales este lunes, el intendente de Salto, Andrés Lima, destaca que la prohibición de uso y comercialización comprende “tanto el uso doméstico como los espectáculos públicos, las actividades privadas y cualquier otro destino que se le pueda dar, establece la prohibición de comercializar cualquier articulo de pirotecnia sonora”.

En caso de constatarse un incumplimiento de la normativa, la intendencia sancionará con un multa económica en unidades reajustables. Lima detalló que el monto se fijará “en función de la gravedad del hecho y la reiteración en el uso de la pirotecnia sonora”.

Asimismo, el intendente explicó que “lo recaudado por el concepto de multas va a tener triple destino”. Por un lado se destinará a la creación y difusión de campañas de concientización, para que los salteños tengan presente esta nueva prohibición. Además, parte de lo recaudado se destinará a “las instituciones que trabajan con personas autistas” y el tercer destino “son las instituciones protectoras de animales”.

Otros gobiernos departamentales también han limitado el uso de la pirotecnia sonora: Paysandú, Flores, Colonia, Río Negro, Lavalleja y Durazno tienen distintas normativas que en mayor o menor medida prohíben la comercialización y el uso.

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