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Foto: Ernesto Ryan

Oficinas públicas no requerirán partida de nacimiento para trámites si ya se presentó la cédula de identidad

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La medida comenzará a regir a partir del 1° de enero de 2024.

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El ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, informó este martes 26 a través de su cuenta de X que ya no será necesario presentar la partida de nacimiento para trámites realizados en oficinas públicas. El ministro señaló que para expedir la cédula de identidad “hubo que presentar la partida”, por lo tanto, al presentar la cédula es suficiente.

No obstante, será necesario presentar la partida de nacimiento cuando la persona tenga que constatar de quién es hijo o hija.

La iniciativa, que provino del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), se incluyó en el artículo 312 de la Ley 20.212 de la Rendición de Cuentas, que comienza a regir el 1° de enero de 2024.

A su vez, el MEC informó que estas medidas se suman a las ya adoptadas en 2021 “como parte del proceso de digitalización y descentralización”, llevado a cabo por la Dirección General de Registro Civil, que “por primera vez extendió un sistema informático accesible en tiempo real para todo el país”.

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