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Guido Manini Ríos, durante una sesión de la Cámara de Senadores (archivo, julio de 2021).

Foto: Federico Gutiérrez

Las condiciones que Manini le transmitió a Arbeleche para votar la reforma de la seguridad social

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El senador y líder de CA propuso modificaciones en los “años considerados en el cálculo del haber jubilatorio”; la “previsión de la paulatina eliminación del IASS” y cambios en las bonificaciones del personal militar y de bomberos.

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Luego de una jornada de intensas negociaciones en la coalición, el senador Guido Manini Ríos envió este miércoles de noche a la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche, una carta con los puntos de la iniciativa que busca modificar para que su partido acompañe finalmente la aprobación.

En la misiva, a la que tuvo acceso la diaria, Manini sostiene que “de acuerdo a lo conversado”, Cabildo Abierto (CA) votará el proyecto de ley “si se incluyen” cuatro puntos referidos a los “años considerados en el cálculo del haber jubilatorio”; la “previsión de la paulatina eliminación del IASS; “precisar en el artículo 328 que no es facultad sino obligación de la bonificación que se dispone” y la “bonificación especial al subescalafón ejecutivo de la Dirección Nacional de Bomberos”.

En un siguiente nivel, el líder de CA sostiene que además se “deberá desglosar del proyecto de ley, para ser considerados en proyecto aparte, lo referente” a las “inversiones de las AFAPs en el exterior”; los “regímenes voluntarios y complementarios” y la “agencia reguladora”.

Si se cumplen todas esas condiciones, el senador asegura que estarán los votos para que se apruebe el proyecto este viernes en la comisión especial o el lunes 10 de abril para que “pueda ser tratado en el plenario de la Cámara de Representantes el martes 11, como estaba previsto inicialmente”.

El promedio de los mejores 20 años

Manini propone en primer lugar “establecer la base de cálculo sobre la que se aplica la tasa de adquisición en los mejores 20 años de asignaciones computables”. Se señala que a diferencia de lo que se propone en el proyecto, que es considerar los mejores 25 años, CA “inicialmente propuso los mejores 15 años”.

Sin embargo, ahora aceptan “establecer el promedio de los mejores 20 años, con lo que se establece una disminución de un 5% en el salario básico jubilatorio en aquellos casos en los que hoy el promedio de los últimos 10 superan los mejores 20 años”.

De esta forma, solicitan modificar el artículo 44 aprobado en el Senado y que se establezca que el sueldo básico jubilatorio se determinará del “promedio mensual de las asignaciones computables actualizadas de los veinte años de mayores asignaciones computables correspondientes al régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional, en la proporción que corresponda al aporte realizado a dicho régimen, sin incluir el aporte personal complementario previsto en el numeral 3) del artículo 22 de la presente ley”.

Asimismo, se detalla que el Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición para asegurar que “el sueldo básico jubilatorio incluya, siempre que existan, asignaciones computables correspondientes a 240 meses”.

La eliminación paulatina del IASS

Para establecer una “disposición programática que refleje el compromiso de campaña de la eliminación paulatina del IASS”, CA propone modificar el artículo 241, que refiere a los recursos del Banco de Previsión Social.

En el quinto inciso, que refiere al IASS, Manini propone aclarar que el “referido impuesto deberá tender a su eliminación en forma paulatina”.

La bonificación del personal militar y de los bomberos

Por otra parte, CA señala que el artículo 328 faculta al Poder Ejecutivo a establecer una bonificación para el personal militar combatiente de siete años por cada cinco de servicio. En este caso, para el partido liderado por Manini Ríos “se entiende pertinente que no quede solamente como una facultad, sino que la misma sea establecida por ley”.

Así, el artículo propuesto detalla que “el Poder Ejecutivo dispondrá para el personal comprendido en el literal A) del artículo 43 de la Ley Nº 19.775, de 26 de julio de 2019, una bonificación equivalente a la aplicable al subescalafón ejecutivo comprendido por la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a la Comisión Técnica Permanente de Servicios Bonificados prevista en la presente ley”.

El último punto apunta a “establecer para el personal del subescalafón ejecutivo” de la Dirección Nacional de Bomberos “una bonificación que contemple adecuadamente la naturaleza de sus tareas y el desgaste producido por el desempeño de sus tareas”.

El argumento es que con el incremento de la edad jubilatoria, que pasaría de 60 a 65 años, se debe realizar una “adecuación que permita retirarse a este personal a una edad razonable y compatible con las tareas a desempeñar”. En ese sentido, se detalla que este personal cuenta con una bonificación de siete años por cinco, “lo que les permite retirarse habiendo ingresado con 25 años de edad a los 50 años pero muchas veces el ingreso de este personal es con edades superiores”, por lo tanto “con el aumento de edad pasan a retirarse a los 54 o más años de edad real”. En definitiva, se “propone aumentar la bonificación a tres años por dos”.

Proyectos aparte

Asimismo, CA propone “desglosar una serie de disposiciones que se merecen un estudio más profundo y no son esenciales para la reforma que trata este proyecto, por lo que deberían ser tratados en un proyecto aparte”.

En este punto entran “todas las disposiciones” que cambien el régimen de las inversiones de las AFAP, y de la mano de esto se propone discutir el capítulo de “regímenes voluntarios y complementarios” de la seguridad social, ya que no se presentó ningún “informe” ni se “ha ha establecido los motivos para su modificación”, así como “tampoco fue analizado en profundidad oportunamente por la Comisión de Expertos”.

También se propone quitar el capítulo X, vinculado a las hipotecas inversas, que refieren “al derecho real sobre un bien inmueble de propiedad del deudor o deudores que garantiza un préstamo o crédito cuya restitución solo podrá ser exigida al fallecimiento de la parte deudora o de los eventuales beneficiarios”.

Para CA, en este caso se “establece un nuevo instituto financiero”, sin ningún informe “respecto a la conveniencia y pertinencia de la creación, así como no se han escuchado la opinión respecto a este Instituto que en gran medida puede considerarse como ‘no previsional’”.

Por último, sobre la agencia reguladora que prevé el proyecto de ley, CA señala que “no se discute la conveniencia de su creación”, pero opina que se debe realizar “un estudio profundo de la forma jurídica, competencias, posible colisión con normas constitucionales”, entre otros.

Ayer, el Ejecutivo envió al Parlamento las modificaciones a 51 artículos de la reforma, ninguno de los cuales respondía a los planteos que CA había hecho en el transcurso de la discusión.

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