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Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS (archivo, febrero de 2017).

Proyecto de Rendición de Cuentas confirma extensión de licencias de radio por dos años

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El Ministerio de Industria había fundamentado la necesidad de este cambio a la ley de medios en que, de otra forma, las renovaciones de los permisos caerían en una fecha cercana a las elecciones y, por lo tanto, serían ilegítimas.

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El Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) incorporó un cambio a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para extender el plazo de usufructo de las licencias de radiodifusión de diez a 12 años. La modificación está incluida en el articulado referido a la cartera contenido en el proyecto de ley de Rendición de Cuentas enviado en la tarde de este viernes al Parlamento.

Semanas atrás, el MIEM había alertado sobre la necesidad de este cambio para que las licencias de radiodifusión no se vieran “afectadas de ilegitimidad por ser otorgadas en el entorno del período de cambio de gobierno”. La llamada “ley de medios” preveía un plazo de diez años para la renovación y establecía que la solicitud debía presentarse “al menos 12 meses antes del vencimiento del plazo”, esto es, el 1° de febrero de 2025. El vencimiento de las licencias coincide con el período en el que la ley de medios establece limitaciones a la renovación: los 12 meses anteriores y los seis meses posteriores a la fecha de las elecciones nacionales.

Por tanto, el objetivo del artículo incluido en el proyecto de ley, según argumentó el MIEM en su momento, es “que el procedimiento de renovación se cumpla en tiempo y forma, con licencias otorgadas sin objeciones y permitiendo a las radiodifusoras comerciales con licencia vigente no quedar sin autorización vigente para transmitir”.

Asimismo, en la Rendición se otorga un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigencia de la ley para que los titulares de los Servicios de Radiodifusión Comunitaria que no hayan cumplido con la solicitud de prórroga para la renovación de los servicios se pongan al día.

Además, el articulado referido al MIEM en el proyecto establece una serie de cambios al Código de Minería, fundamentalmente vinculados a las sanciones, y crea un Registro de Software en el ámbito de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial. La inscripción en este registro será opcional y el Poder Ejecutivo deberá reglamentar su funcionamiento en un plazo de seis meses desde la promulgación de la ley.

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