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Gustavo Olmos (archivo, diciembre de 2023).

Foto: Rodrigo Viera Amaral

FA respaldó informe del Tribunal de Conducta Política sobre Olmos, pero podrá revisar el caso según lo que dictamine la Justicia

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En un plenario dividido, la resolución se alcanzó con la mediación de las bases y fue en el sentido de acompañar el trabajo del TCP pero esperar las actuaciones del Poder Judicial, como habían sugerido expertas en género.

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Leído por Andrés Alba.
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A punto de cumplirse cuatro meses de conocida la denuncia contra el diputado Gustavo Olmos por acoso sexual y laboral por parte de su suplente, Martina Casás, ya con las conclusiones del Tribunal de Conducta Política (TCP) arriba de la mesa, el Frente Amplio (FA) aprobó una resolución al respecto en su Plenario Nacional del sábado.

Por un lado, según reconstruyó la diaria, Fuerza Renovadora, que engloba a varios sectores, incluido Marea Frenteamplista –al que pertenecen Olmos y Casás–, junto con Asamblea Uruguay, la Vertiente Artiguista y el Movimiento de Participación Popular, proponían una moción que respaldaba completamente lo actuado por el TCP y daba por cerrado el asunto. Por otro, el Partido Comunista, el Partido Socialista, Casa Grande, el Partido por la Victoria del Pueblo y otros sectores afines proponían dejar abiertas las actuaciones hasta que actúe la Justicia, órbita en la que se investiga el caso.

Ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo entre estas dos mociones, porque ninguna de las dos alcanzaba las mayorías necesarias –cuatro quintos de los votos–, las bases del FA propusieron una nueva moción que incorporó un poco de ambas: se tomaron las conclusiones del TCP y se adjuntaron otras consideraciones para que la resolución final del Plenario fuera un punto medio entre las dos posturas; es decir, por un lado, avalar el trabajo del TCP y, por otro, dejar abierta la puerta para que pueda ser revisada luego de que la Justicia se pronuncie.

La resolución del Plenario

La conclusión original del informe del TCP, al que accedió la diaria, indica que “los elementos probatorios reunidos por el TCP no conducen a la comprobación de una situación de acoso laboral o sexual” por parte de Olmos, sin embargo, para la resolución del Plenario se acordó cambiar el término “comprobación” por “conclusión”. Que el TCP no haya podido “concluir” es distinto a decir que no haya podido “comprobar”, subrayó una fuente al respecto.

En esta misma línea, la resolución del Plenario toma otro punto que está en las consideraciones hechas por el TCP y lo incluye en la resolución. En síntesis, se considera que “las potestades y los instrumentos” con los que cuenta el TCP son “limitados” y se tiene en cuenta la existencia de denuncias en otros ámbitos, como la Fiscalía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que podrían “eventualmente reconsiderar las opiniones aquí expresadas”.

Por último, en la resolución se mantuvo la segunda conclusión del TCP, según la cual durante el proceso se “ha infringido el deber de reserva que debe guardarse en este tipo de asuntos”, por lo que se exhorta “a compañeros y compañeras a no expresarse públicamente cuando una denuncia se encuentra a consideración del TCP, en uno u otro sentido”.

Esta resolución, de todas formas, abre la posibilidad de que haya distintas interpretaciones. Si bien deja claro que la resolución de la Justicia puede hacer rever la resolución del FA, el hecho de avalar las conclusiones del tribunal, entienden desde Fuerza Renovadora, deja sin impedimentos a Olmos para volver a ocupar su banca. Hasta donde pudo saber la diaria, Marea Frenteamplista aún no ha definido si volverá a ocupar su banca, pero tomará la decisión en estos días.

El informe del TCP

En el informe, puntualmente sobre la denuncia de acoso laboral, el TCP comprende que la denuncia que llegó a su ámbito “no describe los actos que constituirían acoso laboral como conducta distinguible del acoso sexual” y que, en su declaración ante el tribunal, Casás “aclaró que no existieron hechos que configuraran acoso laboral como conducta distinta de su denuncia de acoso sexual, sino que se trató de ‘acoso sexual en el trabajo’”, aunque en los descargos que presentó tras la vista previa que tuvieron ambas partes “vuelve a referir al ‘acoso laboral’, sin señalar qué conductas entiende que podrían encuadrar en esta figura”.

El tribunal también se refiere a “los testimonios de las secretarias del despacho” de Olmos, que “excluyen la existencia de indicios de acoso laboral y afirman la existencia de un clima de trabajo respetuoso y afectuoso”, y marcan “la apertura de oportunidades de representación y actividad política para la denunciante” como un punto en contra a la teoría del acoso laboral, tales como “la presentación de proyectos de ley, la frecuente participación en las sesiones y comisiones, y participación en eventos internacionales”.

En cuanto a la denuncia por acoso sexual, Olmos reconoció ante el tribunal “la existencia de muestras físicas de afecto, en particular abrazos y algún beso, pero sostiene que esas manifestaciones fueron recíprocas, ‘bidireccionales’”. El TCP dice en su informe haber reunido “pruebas indiciarias que permiten concluir en la verosimilitud de esa relación de afecto recíproco” y vuelve a citar al personal de secretaría del despacho, que describe este tipo de gestos como “normales” en ese ambiente.

En tanto, “las impresiones de los mensajes de Whatsapp” presentadas por Olmos “dan cuenta de fuertes expresiones de afecto, incluso en fechas próximas a la denuncia”, señala el TCP, que indica que le fueron solicitados a Casás, “quien se amparó en su derecho a no presentarlos”.

Según el TCP, Casás declaró “no haberse opuesto, ni con palabras ni con gestos, a esas expresiones de afecto”, y expresó “no haber podido hacerlo”. El tribunal dice no haber encontrado “indicios suficientes de una situación de sujeción o disminución de libertad” y “no surge acreditado el ‘rechazo’ que exige la norma vigente para configurar acoso sexual”.

No obstante, antes de recorrer todos estos puntos, el TCP reconoce que también cuenta con el informe de dos expertas en violencia de género, según lo solicita el protocolo de actuación en estas situaciones. De acuerdo con el informe, las expertas indicaron “no poder establecer un dictamen determinante por falta de herramientas de investigación” y sugirieron “esperar las actuaciones del Poder Judicial”, elemento que tuvo peso a la hora de llegar a la resolución que finalmente se aprobó en el Plenario.

Alcalde de Los Cerrillos renunció tras inhabilitación

Entre los demás informes del TCP que trató el Plenario estaba el referido a la situación del alcalde de Los Cerrillos, Rodrigo Roncio, acusado de acosar sexualmente a militantes frenteamplistas. El FA avaló el informe e inhabilitó a Roncio por cinco años a participar en la fuerza política, y este mismo sábado Roncio decidió renunciar al cargo. En un video difundido por el medio canario La Gaceta, Roncio comunicó su decisión de renunciar al FA alegando que no recibió “las mínimas garantías” para defenderse.

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